Expte.
Nº 1.579/98.
VISTO:
Las actuaciones diligenciadas con referencia
específica a la solicitud presentada por las Autoridades
del Programa Materno Infantil
Nutricional (PROMIN), respecto
a la desafectación del Dominio Público de los espacios verdes propuestos para la construcción de un Centro de Salud
y Desarrollo Infantil, y
CONSIDERANDO:
Que los Señores propietarios han efectuado las correspondientes donaciones de los espacios
verdes a
Que mediante
Ordenanza Nº 890/93, el Concejo
Deliberante aprobó la urbanización, aceptó la donación de una fracción
de terreno ubicada en
Que
mediante
Que a los
efectos de reforzar y jerarquizar las
Instituciones de Salud, Jardines de Infantes y Comedores Comunitarios para el mejoramiento de
Por
todo lo expuesto, se
estima justificado conceder favorablemente lo peticionado y por ende proceder a instrumentar
la desafectación del Dominio Público
de una fracción de las parcelas
descriptas anteriormente.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus
atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Nº 1352/98
ART.1º) Desaféctese del
Dominio Público y transfiérase al uso privado una fracción de terreno de
ART.2º) Desaféctase
del Dominio Público y
transfiérase al uso privado una fracción de terreno de
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de Noviembre
de 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli A/C Secretaria: Mario Correale