08 Junio 2025
Sábado, 17 Diciembre 2011 22:26

Ord. 1998/11 Deroga la Ordenanza 1900/10

Expte. Nº  4.249/11.

VISTO:

La Ley provincial Nº 12.385, sus modificaciones y decreto reglamentario y Ley 2756.

La Ordenanza Nº 1.900/10 , y

 

CONSIDERANDO:

Que este Concejo Deliberante entiende que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndole correspondido en la distribución para el año 2010 un fondo total no reintegrable de $ 4.631.010,95.- en concepto de “Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamientos y rodados” Ley 12.385 .

Que en razón de los múltiples Servicios Públicos que presta el Municipio y el volumen de los mismos, los que son ejecutados por la Administración Municipal, resulta necesario ampliar y renovar el equipamiento y los rodados para tales fines.

Que el Concejo Deliberante, a  requerimiento del Departamento Ejecutivo Municipal entiende necesario solicitar la restitución y/o reasignación de una partida de $ 1.518.200.- (Pesos Un Millón Quinientos Dieciocho Mil Doscientos) para la adquisición de tres (3) chasis de camiones y tres (3) cajas compactadoras para recolección de residuos domiciliarios.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1998/2011

 

ART. 1º) Deróguese la Ordenanza Nº 1.900/10 en todos sus términos.

ART.2º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificaciones y Decreto Reglamentario, restituya o reasigne a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, el aporte no reintegrable correspondiente a parte del “Fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados” asignados oportunamente para el año 2010 que serán destinados a la adquisición de tres (3) chasis de camión y tres (3) cajas compactadoras para la recolección de residuos domiciliarios.          

ART.3º) Facúltese al Intendente Municipal a gestionar la restitución o reasignación de la suma de $ 1.518,200.- (Pesos Un Millón Quinientos Dieciocho Mil Doscientos) para las adquisiciones referidas en el  Art. 2º de la presente ordenanza.

ART.4º) Autorízase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

ART.5º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe y Secretaría de Municipios, Comunas y regiones.

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  15 de diciembre de 2.011.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Publicado en 2011

VISTO:

El Expediente Nº 3.759/2010.

La Ley provincial Nº 12.385 , sus modificatorias y decreto reglamentario, y

 

CONSIDERANDO:

            Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndole correspondido en la distribución para el año 2.010 un fondo total no reintegrable de $ 4.631.010,95.

 

            Que en razón de la totalidad de los servicios que presta el municipio a los contribuyentes los que son ejecutados por administración municipal, resulta necesario ampliar y renovar el equipamiento y los rodados para tales fines.

 

            Que el Concejo Deliberante, a requerimiento del Departamento Ejecutivo Municipal, entiende necesario solicitar la asignación de una partida de $ 1.518.200.- para la adquisición de dos Pick Up doble cabina, un tractor 4x2, un tractor desmalezador de 1,80 mts de corte, una desmalezadora de arrastre, dos chasis de camión, dos utilitarios medianos, dos utilitarios tipo trafic, dos cajas volcadoras, un tanque regador de 10.000 litros y cinco motocicletas destinadas al Cuerpo de Inspectores de Tránsito.

 

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1.900/2010

ART. 1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385 , sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2.010 y que serán destinados a la adquisición de dos Pick Up doble cabina, un tractor 4x2, un tractor desmalezador de 1.80 m de corte, una desmalezadora de arrastre, dos chasis de camión, dos utilitarios medianos, dos utilitarios tipo trafic, dos cajas volcadoras, un tanque regador de 10.000 litros y cinco motocicletas para destinar al Cuerpo de Inspectores de Tránsito.

 

ART. 2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 1.518.200.-  para el financiamiento de las adquisiciones referidas en el Art. 1º de la presente Ordenanza.

ART. 3º) Autorízase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 29 de abril de 2.010.

 

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

Derogada por Ordenanza 1998/11

 

Publicado en 2010