07 Junio 2025

Expte. 4.847/13.

VISTO:

La Ley 2756.

Las Ordenanzas Nº 2095/12; 2.105/13 y 2.121/13.

El Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 1.415/99 y Ordenanzas complementarias, y

 

CONSIDERANDO:

Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad, respecto a regularizar su situación tributaria ante el municipio, formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios.

Que debido al éxito obtenido a los pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que al 15/07/2013, por diferentes razones, no han podido regularizar su situación tributaria, acogiéndose a los beneficios establecidos por el Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección establecidos por Ordenanza Nº 2095/12-PRORROGADA POR Ordenanza Nº 2.105/13 y 2.121/13- resulta necesario prorrogar la vigencia de la misma al 30/08/13 inclusive.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.134/2013

 

ART. lº) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección, fijado por Ordenanza Nº 2095/12-prorrogada por  Ordenanzas Nº 2.105/13 y 2121/13, modificándose el Art. 1º, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Establécese un Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasa y Derecho de Cementerio y Derecho de Registro e  Inspección, establecidos en los Arts. 1º, 10º y 21º de  la Ordenanza Nº 1.608/04, régimen al que podrán acogerse todos los contribuyentes y responsables que adeuden hasta el período 12/2012 inclusive y se encuentren vencidos y exigibles a la fecha de formalización  del mencionado régimen de regularización y facilidades de pago. Podrán acogerse también todos aquellos contribuyentes y responsables de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección que hayan formalizado convenios de pago, tanto en gestión administrativa como en gestión de apremio, cuyas cuotas se encuentren impagas a la fecha de celebración de un nuevo acuerdo, estén o no vencidas o sean o no exigibles”.

Respecto a las condiciones establecidas en los Arts. 2º al 7º, se aplicarán las vigentes al mes de marzo de 2013, en lo que se refiere a:

 - Tratamiento de los Intereses Resarcitorios, por pago fuera de término de los períodos adeudados anteriores al 1 de enero de 2007.

-Descuentos por pago contado, desde el día 16 de julio de 2013 hasta el 30 de agosto de 2013 inclusive.

 

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  25 de julio de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

 

Publicado en 2013

Expte. Nº 4.811/13.

VISTO:

La Ordenanza Nº 2095/12.

La Ordenanza Nº 2105/13.

El Código Tributario Municipal, Ordenanza Nº 1.415/99 y Ordenanzas complementarias, y

 

CONSIDERANDO:

Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad, respecto a regularizar su situación tributaria ante el municipio, formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios.

Que debido al éxito obtenido y a los pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que al 31/05/13, por diferentes razones, no han podido regularizar su situación tributaria, acogiéndose a los beneficios establecidos  por el Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección establecidos por Ordenanza Nº 2095/12 prorrogada por Ordenanza Nº 2105/13 resulta necesario prorrogar la vigencia de la misma al 30/06/13 inclusive.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.121/2013

 

ART.1º) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección, fijado por Ordenanza Nº 2095/12-prorrogada por Ordenanza Nº 2105/13-en sus Arts. 1º y 8º, con las mismas condiciones establecidas para el mes de marzo de 2013, en lo que respecta al tratamiento de los Intereses Resarcitorios, por pago fuera de término de los períodos adeudados anteriores al 1 de enero de 2007 y a los descuentos por pago contado, desde el día 1 de junio de 2013 hasta el día 15 de julio de 2013 inclusive.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de junio de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Publicado en 2013

Expte. Nº 4.706/13.

VISTO:

La Ordenanza N° 2095/2012.

El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1415/1999 y Ordenanzas complementarias.

La Ley 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad, respecto a regularizar su situación tributaria ante el municipio, formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios-

Que debido al éxito obtenido y a los pedidos efectuados por aquellos que a la fecha del vencimiento no han podido regularizar su situación tributaria, acogiéndose a los beneficios de la Ordenanza mencionada en Vistos.-

Que se hace necesario prorrogar la vigencia de la Ordenanza N°  2095/2012.-

 Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2105/2013

           

ART.1º) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección, fijado por Ordenanza N°  2095/2012, en sus Art. Io a 8o, con las mismas condiciones establecidas para el mes de Marzo de 2013, en lo que respecta al tratamiento de los Intereses Resarcitorios, por pago fuera de término de los períodos adeudados anteriores al 01 de Enero de 2007 y a los Descuentos por pago contado, desde el día 01 de Abril de 2013 hasta el día 31 de Mayo de 2013 inclusive.-

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  21 de marzo de 2013.

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Publicado en 2013