08 Junio 2025
Martes, 27 Mayo 2014 18:00

Ord. 2204/14 Aumento tarifa de remiss

Expte. Nº 5.146/14.

VISTO:

La Ordenanza Nº 2.174/13.

El pedido de las Agencias de Remisses, licenciatarios y choferes, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes establecidos a la realidad económica.

Que los titulares de chapas (licencias) de remisse de Villa Gobernador Gálvez, se dirigieron a este Concejo Deliberante, solicitando incrementar las tarifas, debido a los incrementos de precios de los combustibles, repuestos automotriz y canasta familiar.

Que es indispensable incrementar los salarios de los peones de remisse anualmente, teniendo en cuenta un estado inflacionario.

Que el incremento del 11%, fue el resultado de esta Ordenanza, surge de varias reuniones realizadas entre los dueños de remiserias, titulares de licencias y choferes de remisses.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.204/2014

 

 

ART.1º) Modifícase la Ordenanza Nº 2.204/14, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

 

Tarifa  Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.

 

Bajada de bandera………………$ 11,50.-

 

Por cada 100 m………………… $   0,56.-

 

Por cada minuto de espera………$   1,69.-

 

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

 

Tarifa 2: Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 hs del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs hasta Lunes 0:00 hs, Feriados las 24 hs.

 

Bajada de bandera………………. $ 12,60.-

 

Por cada 100 m…………………...$   0,63.-

 

Por cada minuto de espera……… $   1,86.-

 

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

Texto segun Ordenanza 2250/14

Texto anterior 

 

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   22  de mayo de 2014

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Publicado en 2014

Expte. Nº 4.998/13.

VISTO:

El Expte. Nº 4.998/12,

La Ordenanza Nº 2070/12,

Los reiterados pedidos de las Agencias de Remisses, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes establecidos a la realidad económica.

Que el último incremento de la tarifa data de fecha 25 de octubre 2012.

Que se ha generado un desfasaje entre el aumento realizado por los Taxis y el Servicio de remisses.

Que el resultado de esta Ordenanza surge de una reunión realizada entre los dueños de remiserías, titulares de autos y choferes de remisses.

Que resulta indispensable fijar una nueva tarifa que permita a los propietarios continuar brindando un servicio acorde a lo que la sociedad requiere.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.174/2013

 

ART.1º)  Modifícase la Ordenanza Nº 2070/12, la cuál quedará redactada de la siguiente manera:

 

Tarifa 1. Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.

Bajada de bandera……………......…...$  9.-

Por cada 100 m………………………..$  0,44.-

Por cada minuto de espera……………...$  1,32.-. Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

Tarifa 2. Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs  hasta Lunes 0:00, Feriados las 24 horas.

Bajada de bandera……………....…....$  10.-

Por cada 100 m…………………....….$   0,48.-

Por cada minuto de espera……..............$    1,44.- Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  19 de diciembre  de 2013.

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Nota: Modificada por Ordenanza 2204/14

Publicado en 2013