08 Junio 2025

 Expte. Nº 5.671/15.

VISTO:

La Ordenanza Nº 2.241/14, modificada por Ordenanza Nº 2.321/2015.

La necesidad de modificar el presupuesto vigente para el año en curso a fin de adecuar las partidas presupuestarias, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el Art. 4º de la Ordenanza Nº 2.242/14, resulta necesario compensar las partidas del presupuesto 2015, a fin de adecuar  las necesidades del presente ejercicio.

Que de acuerdo con la incorporación de un nuevo edil y la conformación de los distintos bloques a partir del diez de diciembre, resulta necesario modificar el Cuadro de Personal de este Concejo Deliberante adecuándolo a tal situación.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.341/2015.

ART.1º) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza 2.321/2015, que quedará redactado de la siguiente manera: “El monto establecido en el Art. 1º  se discrimina en los siguientes rubros:

                              Dietas                                                      $  2.300.000.-

                              Gastos de Representación                       $  1.610.000.-

                              Gastos de Funcionamiento                     $  1.250.000.-

                              Sueldos Personal y Gabinete                  $  7.100.000.-

                              Aportes Previsionales y Sociales             $  2.450.000.-

                              Gastos Difusión                                      $     120.000.-

                              Seguros                                                   $     195.000.-

                              Subsidios y Colaboraciones                    $     120.000.-

                                                                                             -------------------

                                                                                              $15.145.000.-

 

ART.2º)  Modifíquese el Art. 3º de la Ordenanza 2.321/2015, que quedará redactado de la siguiente manera: “El total de cargos presupuestados para el 2.015 asciende a 46, de acuerdo al cuadro anexo que es parte integrante de la presente.”

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   17 de diciembre  de 2015 

 

 

 

Publicado en 2015

Expte.  Nº  5.630/15.

VISTO:

Ley Nº 2756.

El Código Tributario Municipal, Ord. Nº 1415/99 y Ordenanzas Complementarias

La Ordenanza Nº 2094/12

Ordenanza Nº 2104/13, 2130/12 y Ordenanza 2241/14,  y

CONSIDERANDO:

Que existen en la actualidad mejoras edilicias no declaradas en terrenos de la ciudad, las cuales en la mayoría corresponden a viviendas familiares, locales comerciales y talleres de pequeña y mediana dimensión.

Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad respecto a regularizar su situación ante el municipio.

Que debido a la cantidad de pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que por diferentes razones no han podido cumplimentar la presentación de planos, según lo establecido por la Ordenanza Nº 2094/12 y su prórroga Nº2130/13 y Ordenanza Nº2241/14, resulta necesario establecer la vigencia del Régimen de Presentación espontánea de planos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.330/2015.

ART. 1°) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza 2241/14 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establézcase la vigencia del régimen de presentación espontánea de planos en un todo de acuerdo con la Ordenanza Nº 2094/12 desde la Fecha de Promulgación de la presente Ordenanza hasta el 31 de diciembre de 2016, dicho plazo será improrrogable y los contribuyentes que no hallan regularizado su situación ante el municipio no gozarán de descuentos extraordinarios una vez producida la finalización del mismo, quedando derogada toda disposición que se contraponga con la presente”. Texto según Ordenanza 2414/16

Texto anterior

ART. 2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   5 de noviembre  de 2015  

 

 

Publicado en 2015

Expte. Nº 5.328/14.

VISTO:

La Ley 2756.

El Código Tributario Municipal, Ord. Nº1.415/99y Ordenanzas complementarias.

La Ordenanza Nº2094/12.

La Ordenanza Nº2.104/13prórroga Ord.2094/12, y 2130/13, y

CONSIDERANDO:

Que existen en la actualidad mejoras edilicias no declaradas en terrenos de la ciudad, las cuales en su mayoría corresponden a viviendas familiares, locales comerciales y talleres de pequeña y mediana dimensión.

Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad respecto a regularizar su situación ante el municipio.

Que debido a la cantidad de pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que  por diferentes razones no han podido cumplimentar la presentación de planos, según lo establecido por la Ordenanza Nº2.094/12 y su prórroga, Ordenanza 2.130/13, resulta necesario establecer la vigencia del Régimen de presentación espontanea de planos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.241/2014

ART.1º) Modifíquese el Art.3º de la  Ordenanza 2130/13 el  que quedará redactado de la siguiente manera: Establézcase la vigencia del régimen de presentación espontánea de planos” en un todo de acuerdo con la Ordenanza Nº 2094/12 desde la Fecha de Promulgación de la presente Ordenanza hasta el 30 de Octubre de 2016. Texto según Ordenanzas 2330/15


Texto anterior

 

ART.2º) Modificase el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2094/12, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Establézcase el régimen de presentación espontánea para regularizar y declarar mejoras terminadas por medio del expediente de planos de edificación que no se encuentren iniciados”.

ART.3º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de septiembre de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014