Ord. 2321/15 Modificación Presupuesto Concejo Deliberante 2015
Expte.5612/2015
VISTO:
La Ordenanza 2.242/2014.
La necesidad de modificar el presupuesto vigente para el año en curso a fin de adecuar las partidas presupuestarias, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario incrementar las partidas presupuestarias debido a que resultan insuficientes para el presente ejercicio.
Que de acuerdo con el aumento aprobado por la Festram para el presente ejercicio, las partidas correspondientes deben ser modificadas.
Que de acuerdo con la incorporación de un nuevo edil a partir del próximo diez de diciembre, como así también su correspondiente auxiliar, debe ser contemplada tal situación.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.321/2015.
ART.1º) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2.242/2014 que quedará redactado de la siguiente manera: “Fíjese en $ 15.145.000.- (Pesos Quince Millones Ciento Cuarenta y Cinco Mil) el monto correspondiente al presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez para el Año 2.015, que forma parte integrante del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez”
ART. 2º) Modifíquese el Art. 2º de la Ordenanza 2.242/2014, que quedará redactado de la siguiente manera: El monto establecido en el Art. 1º se discrimina en los siguientes rubros:
Dietas $ 2.300.000.-
Gastos de Representación $ 1.610.000.-
Gastos de Funcionamiento $ 1.250.000.-
Sueldos Personal y Gabinete $ 7.100.000.-
Aportes Previsionales y Sociales $ 2.450.000.-
Gastos Difusión $ 120.000.-
Seguros $ 195.000.-
Subsidios y Colaboraciones $ 120.000.-
-------------------
$15.145.000.-
Texto según Ordenanza 2341/15
Texto anterior
ART.3º) Modifíquese el Art. 3º de la Ordenanza 2.242/2014, que quedará redactado de la siguiente manera: El total de cargos presupuestados para el 2.015 asciende a 46, de acuerdo al cuadro anexo que es parte integrante de la presente.
Texto según Ordenanza 2341/15
Texto anterior
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 8 de octubre de 2015
Ord. 2312/15 Afectación automática de fondos para el Concejo Deliberante
Expte. Nº 5.514/15.
VISTO:
La Ley Nº 2756 Artículo 46º y Concordantes.
La Ordenanza Municipal Nº 2242/14, sancionada el 25/09/2014,
La necesidad de garantizar su cumplimiento, habida cuenta de reiterados y sistemáticos incumplimientos por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, que constituyen una grave afectación para el funcionamiento y el equilibrio de poderes dentro del Estado Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que por las normas citadas en los vistos se establece el presupuesto de gastos del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez para el año 2015, que forma parte integrante del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez para dicho año.
Que a tal efecto, este cuerpo ha evaluado la oportunidad de dictar las medidas reglamentarias necesarias a fin de garantizar el mandato legal contenido en las mencionadas ut supra, en los específicamente relacionados a la forma de hacer efectivas las erogaciones que deben ser imputadas a la partida presupuestaria asignada al Concejo Deliberante.
Que en el esquema institucional de las Municipalidades, se atribuye al Concejo Deliberante la facultad de dictar su propio presupuesto, como garantía de independencia y separación de funciones entre los órganos del Estado Municipal (Art. 46 y Concordantes de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº2756).
Que la prescripción establecida en las ordenanzas citadas ha sido incumplida en forma reiterada y constante por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, a pesar de las solicitudes que oportunamente fueron realizadas para obtener su regularización.
Que la Mesa Directiva de este Concejo Deliberante ha remitido en otras ocasiones de incumplimientos, notas con sendos pedidos de audiencia al Sr. Intendente Municipal los días 30 de Diciembre de 2013 y 7 de Febrero de 2014.
Que habiendo transcurrido un plazo razonable sin que se haya puesto fin al estado de incumplimiento, y al verse afectado seriamente el funcionamiento del Cuerpo al no poder hacer frente al pago de las remuneraciones de sus integrantes en tiempo y forma, como tampoco cumplir con las obligaciones nacidas de la atención de sus gastos de funcionamiento, se torna necesario adoptar los mecanismos institucionales que el ordenamiento atribuye al Cuerpo Legislativo, a fin de asegurar el Régimen Municipal y evitar un grave perjuicio al funcionamiento de este Cuerpo.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.312/2015.
ART. 1°) A fin de hacer efectivo lo preceptuado en las Ordenanzas presupuestarias, se afectarán en forma automática los fondos de la coparticipación provincial y/o nacional. Una vez ingresados los conceptos de coparticipación a las arcas municipales, del 1º al 5º día hábil de cada mes, se tranferirá, previa deducción de los aportes y contribuciones que correspondan a los sueldos y dietas abonados por el Concejo Deliberante, el importe equivalente a la doceava parte del Presupuesto Anual asignado por Ordenanza General de Presupuesto Nº2242/14 al Concejo Deliberante a la cuenta bancaria Nº037/03 del Nuevo Banco de Santa Fe, Sucursal Villa Gobernador Gálvez. En caso de resultar insuficientes los fondos se afectará desde la cuenta de Rentas Generales.
ART. 2°) La suma adeudada hasta la fecha, para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1º, será remitida en 4 cuotas iguales en el transcurso de los próximos 90 días, a partir de la sanción de la presente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de agosto de 2015
Ord. 2278/14 Presupuesto General de Gastos y Cálculo de recursos 2015
Expte. Nº 5447/2014.
VISTO:
Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé la Ley 2756, Orgánica de Municipalidades, la Ordenanza del Concejo Deliberante Nº 2242/2014 de fecha 25/09/2014;
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar a la Administración Municipal del correspondiente Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2015.
Que la Ordenanza 2099/2013 autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal el endeudamiento por un Monto de Pesos Nueve Millones Trescientos Sesenta y Tres mil ($9.363.000), que se recibió durante el presupuesto 2014 la suma de Pesos Dos millones trece mil doscientos quince con 48/100 ($ 2.013.215,48) quedando pendiente la suma de Pesos Siete millones trescientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y cuatro con 52/100 ($ 7.349.784,52).-
Que a tal efecto se han finalizado los estudios pertinentes por parte de las distintas Secretarias.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.278/2014.
ART. 1º) Fijase en la suma de $ 302.512.514,27 (Pesos trescientos dos millones quinientos doce mil quinientos catorce con 27/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de la Administración Municipal para el año 2015, conforme al siguiente resumen:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
EROGACIONES CORRIENTES | 243.528.577,80 | 9.324.488,23 | 252.853.066,03 |
OPERACIÓN | 223.220.465,07 | 9.324.488,23 | 232.544.953,30 |
Personal | 170.191.440,00 | 6.018.448,23 | 176.209.888,23 |
Bs. Y Serv. No Pers. | 53.029.025,07 | 3.306.040,00 | 56.335.065,07 |
INTERESES DE LA DEUDA | 902.988,63 | - | 902.988,63 |
TRANSFERENCIAS | 6.920.324,10 | - | 6.920.324,10 |
A CLASIFICAR | 50.000,00 | - | 50.000,00 |
CONCEJO DELIBERANTE | 12.434.800,00 | - | 12.434.800,00 |
EROGACIONES DE CAPITAL | 47.186.474,04 | 2.472.974,20 | 49.659.448,24 |
INVERSION REAL | 47.186.474,04 | 2.472.974,20 | 49.659.448,24 |
Bienes de Capital | 4.280.000,00 | - | 4.280.000,00 |
Trabajos Públicos | 42.906.474,04 | 2.472.974,20 | 45.379.448,24 |
BIENES PRE-EXISTENTES | - | - | - |
INVERSION FINANCIERA | - | - | - |
Aportes de Capital | - | - | - |
Préstamos | - | - | - |
TOTALES | 290.715.051,84 | 11.797.462,43 | 302.512.514,27 |
ART.2º) Estímase en la suma de $ 251.460.097,65 (Pesos doscientos cincuenta y un millones cuatrocientos sesenta mil noventa y siete con 65/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo N° 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
RECURSOS CORRIENTES | 239.162.635,22 | 11.797.462,43 | 250.960.097,65 |
JURISDICCION PROPIA | 125.162.097,67 | 11.797.462,43 | 136.959.560,10 |
- | |||
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO | 85.185.524,65 | 11.797.462,43 | 96.982.987,08 |
Tasas y Derechos | 85.129.024,65 | 11.797.462,43 | 96.926.487,08 |
Contribución de Mejoras | 56.500,00 | - | 56.500,00 |
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. | 14.307.073,02 | - | 14.307.073,02 |
TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | 24.809.500,00 | - | 24.809.500,00 |
NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. | 860.000,00 | - | 860.000,00 |
DE OTRAS JURISDICCIONES | 114.000.537,55 | - | 114.000.537,55 |
- | |||
COPARTICIPACION DEL EJERCICIO | 105.350.537,55 | - | 105.350.537,55 |
COPART.EJERC. ANTERIOR | 8.650.000,00 | - | 8.650.000,00 |
RECURSOS DE CAPITAL | 500.000,00 | - | 500.000,00 |
REEMBOLSO DE PRESTAMOS | - | - | - |
VENTA ACTIVO FIJO | 500.000,00 | - | 500.000,00 |
OTROS RECURSOS DE CAPITAL | - | - | - |
- | |||
TOTALES | 239.662.635,22 | 11.797.462,43 | 251.460.097,65 |
ART.3º) Fijase en la suma de $ 2.800.601,48 (Pesos dos millones ochocientos mil seiscientos uno con 48/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a Continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
OTRAS EROGACIONES | |||
EROGACIONES PARA ATENDER LA AMORTIZACION DE DEUDA | 2.800.601,48 | - | 2.800.601,48 |
Amortizacion Deuda Pública | - | - | - |
Amortizacion Ajuste Deuda Pública | - | - | - |
Amortizacion Otras Deudas | 2.800.601,48 | - | 2.800.601,48 |
Amortizacion Ajuste Otras Deudas | - | - | - |
EROGACIONES PARA ATENDER ADELANTOS A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS | - | - | - |
TOTAL OTRAS EROGACIONES | 2.800.601,48 | - | 2.800.601,48 |
ART. 4°) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estimase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I - TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 1° Y 3° 305.313.115,75
II - TOTAL DE RE CURSOS S/ART.2° 251.460.097,65
III - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 53.853.018,10
ART. 5°) Estímase en la suma de $ 53.853.018,10 (Pesos cincuenta y tres millones ochocientos cincuenta y tres mil dieciocho con 10/100) el Financiamiento de la Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica a continuación:
RENTAS GENERALES | RENTAS ESPECIALES | TOTAL | |
FINANCIAMIENTO | |||
1-APORTES NO REINTEGRABLES | 46.503.233,58 | - | 46.503.233,58 |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Provincial | - | - | - |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Nacional | 9.638.152,87 | - | 9.638.152,87 |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo Federal Solidario | 6.700.000,00 | - | 6.700.000,00 |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados | 18.563.933,73 | - | 18.563.933,73 |
Aportes no reintegrables Ejercicios Anteriores provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados | 11.601.146,98 | 11.601.146,98 | |
2-USO DEL CREDITO | 7.349.784,52 | - | 7.349.784,52 |
Aportes reintegrables provenientes del Estado Provincial o Nacional | - | - | - |
Préstamos Bancarios | - | ||
Préstamos Gobierno Provincial | 7.349.784,52 | 7.349.784,52 | |
Préstamos Gobierno Nacional | - | - | - |
3-ADELANTOS OTORGADOS A PROVEEDORES EN EJERCICIOS ANTERIORES | - | - | |
4-REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES | - | - | - |
5-ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUC. | - | - | |
TOTAL DE FINANCIAMIENTO | 53.853.018,10 | - | 53.853.018,10 |
I - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 53.853.018,10
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 53.853.018,10
RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
========================
ART. 6º) Fíjase en 857 (ochocientos cincuenta y siete) el número de cargos presupuestados de la Planta de Personal Total (Ocupados y Vacantes) que se detalla en Cuadro Anexo y que forma parte de la presente Ordenanza.-
ART.7º) El Departamento Ejecutivo Municipal podrá disponer las reestructuraciones y movimientos que considere necesarios de las partidas parciales, sin alterar el total de la partida principal de las erogaciones aprobadas en la presente Ordenanza.-
ART. 8º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a modificar el Presupuesto General incorporando las Partidas Específicas necesarias o incrementando las ya previstas cuando deba realizar Erogaciones originadas por la adhesión a Leyes o Decretos Nacionales o Provinciales de vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional o Provincial, no pudiendo ser modificado el Balance Financiero Preventivo.-
ART. 9º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de diciembre de 2014
Resol. 1857/15 Autorización reducción dietas y gastos de representación 2015
VISTO:
La Ordenanza 2.242/2014, modificadas por Ordenanzas 2.231/2015 y 2.241/2015 que aprueba el Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante para el año 2015, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario modificar el monto de Dietas y Gastos de Representación a abonar a cada Edil, para el mes de diciembre de 2015, debido a que el saldo de las partidas del presente ejercicio resulta insuficiente.
Que el monto que se reduce en el presente ejercicio será reintegrado a cada concejal en el mes de enero de 2016, y en cada una de las partidas correspondientes.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCION Nº 1.857/2015
ART.1º) Autorízase el pago de Dietas por un monto de $19.754,03.- (Pesos Diecinueve Mil setecientos cincuenta y cuatro con 03/100.-) y Gastos de Representación en un 65% sobre el monto de las Dietas, por cada edil, y para el mes de Diciembre de 2015 y única vez, de acuerdo con el saldo de las partidas presupuestarias para el presente ejercicio.
ART.2º) Reintégrese la diferencia de las partidas de Dietas y Gastos de Representación no abonadas en el mes de diciembre, en el período enero 2016.
ART.3º) Impútense los montos a las partidas correspondientes.
ART.4º) Comuníquese y archívese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 28 de diciembre de 2.015
Ord. 2242/14 Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante año 2015
Expte. Nº 5.329/14.
VISTO:
El Presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante período 2015,
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
Que los gastos proyectados para el funcionamiento de este Concejo Deliberante deben integrar el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos que elabora el Departamento Ejecutivo Municipal en virtud de lo dispuesto en el Art. 39º, Inc. 17 de la Ley 2756.
Que con motivo de las disposiciones legales mencionadas, corresponde a este Cuerpo remitir el Presupuesto de Gastos correspondiente al año 2.015.
Que este ha sido elaborado considerando los gastos estimados para el próximo año, manteniendo el buen funcionamiento de la institución.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.242/2014
ART.1º) Fíjese en $ 15.145.000.- (Pesos Quince Millones Ciento Cuarenta y Cinco Mil) el monto correspondiente al presupuesto de Gastos del Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez para el Año 2.015, que forma parte integrante del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez. Texto según Ordenanza 2321/15
Texto anterior
ART.2º) El monto establecido en el Art. 1º se discrimina en los siguientes rubros:
Dietas $ 2.300.000.-
Gastos de Representación $ 1.610.000.-
Gastos de Funcionamiento $ 1.250.000.-
Sueldos Personal y Gabinete $ 7.100.000.-
Aportes Previsionales y Sociales $ 2.450.000.-
Gastos Difusión $ 120.000.-
Seguros $ 195.000.-
Subsidios y Colaboraciones $ 120.000.-
-------------------
$15.145.000.-
Texto según Ordenanza 2321/15
Texto anterior
ART.3º) El total de cargos presupuestados para el 2.015 que asciende a 43, de acuerdo al cuadro anexo que es parte integrante de la presente. Texto según Ordenanza 2321/15
Texto anterior
ART.4º) El Concejo Deliberante se reserva la facultad de resolver Compensaciones de Partidas del Presupuesto que se aprueba por la presente Ordenanza, sin alterar el total general.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 25 de septiembre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva