08 Junio 2025

Expte.  Nº 5.255/14.

VISTO:

El Decreto Municipal Nº 4.691/14 referido al veto de la Ordenanza Nº 2218/14.

La Ley 2756 Art. 39º Inc. 12, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva a este Cuerpo Deliberativo Decreto Nº 4691/14 referido al veto de la Ordenanza Nº 2218/14.

Que en la Ordenanza de referencia se procede a derogar la Ordenanza Nº 2109/13 (Derechos de Publicidad y Propaganda) sancionada por este Concejo en fecha 25 de abril de 2013,  luego de analizar las consecuencias negativas de dicha normativa, que perjudicaba a los comerciantes locales.

Que tal lo expresado oportunamente en los Considerandos de las Ordenanzas Nº 2210/14 y 2218/14, la implementación de la Ordenanza Nº 2109/13 puede ocasionar graves perjuicios económicos al municipio al ser condenados al pago de posibles sentencias judiciales, ya que obran antecedentes administrativos y jurisprudenciales contrarios a la tributación del mismo.

Que este Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones establecidas en el Art. 39º Inc. 12 de la Ley 2756, considera que es necesario rechazar el veto impulsado a la Ordenanza Nº 2218/14.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.230/2014

ART.1º) Rechácese  el veto en forma total, establecido por Decreto  Nº 4.691/14 del Departamento Ejecutivo Municipal de la Ordenanza Nº 2218/14 sancionada por este Concejo Deliberante con fecha 3 de julio de 2014.

ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  21 de  agosto  de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014

Expte. 5.186/14.

VISTO:

La Ley 2756.

Las Ordenanzas Nº 2.109/13 y 2.210/14.

Nota de la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza Nº 2.109 del año 2013, se aprobó modificaciones en la Ordenanza Tributaria y Código Tributario, sobre Derechos de Publicidad y Propaganda.

Que en fecha 5 de junio de 2014, por Ordenanza Nº 2.210/14, este Cuerpo procede a aprobar la suspensión por el plazo de 20 días de la Ordenanza primeramente mencionada.

Que este Concejo Deliberante luego de analizar las consecuencias negativas de dicha normativa, que perjudicaba a los comerciantes locales considera que es necesario derogar la misma.

Que la implementación de la Ordenanza Nº 2109/13, que se pretende derogar, puede ocasionar graves perjuicios económicos al municipio y que los vecinos deberán afrontar con sus impuestos el pago de posibles sentencias judiciales.

Que obran antecedentes administrativos y jurisprudenciales contrarios a la potestad del municipio en el cobro de dicho impuesto.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.218/2014

 

ART. 1º) Derógase la Ordenanza Nº 2.109/13 en todos sus términos, sancionada por este Concejo Deliberante en fecha 25/04/13.

 

ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de julio de 2014

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Publicado en 2014