08 Junio 2025

Expte. Nº 5.210/14.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;

El Decreto Nº 604/ 2014,

El Decreto Nº 584/2014;

Expediente Nº 5136/14, y

 

CONSIDERANDO:

            Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización tributaria de los comercios en todo el éjido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a cambio de servicios.-

            Que el pasado 8 de Mayo del corriente año se aprobó por unanimidad  el decreto Nº604/2014, que corresponde a un pedido de informe solicitando los comprobantes de liquidación del DREI,desde el año 1991 hasta el mes de Marzo del año 2014 que realizó el titular de dicho comercio que se encuentra en la calle Av. General Juan D. Perón Nº 2096, sección 8, manzana 31, perteneciente al Estado Nacional Argentino y cedido en el año 1975 a la Unión Ferroviaria, catastro Nº16925, plano Nº 85197 al municipio de Villa Gobernador Gálvez.-

            Que cualquier violación comprobada a la cláusula establecida por el Código Tributario Municipal en referencia a todo establecimiento comercial o industrial, dispone y fija que el  incumplimiento de leyes, ordenanzas y normas reglamentarias de aplicación en la esfera municipal, dará lugar a penalidades variables entre cinco a cincuenta mil pesos, de acuerdo a la importancia de la causa determinante de la medida, sin perjuicio de que la misma recobre, de inmediato, su plena efectividad con el concurso de la fuerza pública.-

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 633/2014

 

ART. 1º) Remítase al Concejo Deliberante, en el plazo perentorio e improrrogable de 5 (cinco) dias hábiles a partir de la aprobación de este decreto, la información solicitada en el decreto Nº 604/14 y 584/14.-

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2014

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Publicado en 2014

Expte. Nº 5136/14.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

El Decreto Municipal 584/2014,

La contestación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal del pedido de informe decreto 584/2014,

El reclamo de los vecinos y;

 

CONSIDERANDO:

            Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización de comercios ubicados en el ejido urbano, que intensifiquen  la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a cambio de servicios.-

            Que la Provincia de Santa Fe en su Art. 107º de su Constitución otorga a los municipios las atribuciones necesarias para la eficaz gestión de los intereses locales, a cuyo efecto la ley los proveerá de recursos financieros suficiente; a este último fin, pueden crear, recaudar y disponer libremente de recursos propios provenientes de las tasas y demás contribuciones que establezcan en su jurisdicción.-

            Que el Gobierno Municipal es responsable de ejercer determinadas acciones vinculadas al registro, inspección y control de los locales comerciales, industriales y de servicios de la ciudad. A los fines de financiar tales servicios, percibe el DReI, tributo del cual resultan responsables los titulares de locales en el territorio del municipio.-

            Que el pedido de informe elevado a este cuerpo legislativo por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, expresa que dicho local comercial cuenta con una solicitud de habilitación como verdulería sito en calle Juan Domingo Perón Nº 2096, perteneciente dicha propiedad a la Unión Ferroviaria, con fecha el 16 de agosto del año 1991, solicitud afectada según expediente municipal Nª 9998/91.-

            Que el mencionado local comercial tiene como titular al SR. Rivas Carlos, que expresó públicamente a ver ocupado dicha propiedad ya hace más de dos décadas.-

            Que dentro del informe elevado a este honorable cuerpo legislativo, el Departamento Ejecutivo Municipal afirma que dicho comercio tributa mensualmente el Derecho de Registro e Inspección.-

            Que es de principal interés conocer, cuando sea necesario, la situación tributaria y catastral de todos los comercios enmarcados dentro del territorio municipal, por parte de este Concejo Deliberante.-

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 604/2014

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante de la ciudad se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a remitir a este cuerpo legislativo, los comprobantes liquidados del  DREI desde el año 1991 hasta  el mes de Marzo del corriente año, que realizó el titular del  local comercial ubicado sobre Av. General Juan D. Perón Nº 2096, dedicado a la manipulación, comercialización y almacenaje de frutas y verduras.

 

 ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  8 de mayo de 2014

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Publicado en 2014