08 Junio 2025

Expte. Nº 5.394/14.

VISTO:

La Ley Nº 12.385

La Ley 2756 Art.41º.

El Decreto Nº 712/14.

La solicitud de los vecinos del Sector Catastral Nº 15 de nuestra ciudad, y

CONSIDERANDO:

Que los vecinos de Pasaje Nº 4 (Malargüe) entre calle Richieri y Av. Pte. Raúl Alfonsín (Ruta Pcial Nº 225- S) y calle Jorge Newbery entre calle Bordabehere y Av. Soldado Aguirre, han elevado una nota a este Cuerpo poniendo de manifiesto el mal estado de las citadas arterias.

Que en dicha nota alegan la intransitabilidad total tanto peatonal como vehicular en los días de lluvia, llegando tal inconveniente al extremo de que en caso de producirse una emergencia médica que amerite la presencia de una ambulancia, ésta no pueda entrar al barrio, por  la magnitud del barrial y lagunas que se forman.

Que dichos inconvenientes se trasladaban al normal desenvolvimiento de la vida diaria de las numerosas personas que habitan el barrio, llegando a entorpecer actividades indispensables como ir al trabajo, al colegio o hacer los mandados.

Que la municipalidad dentro de sus obligaciones primordiales debe atender a la conservación, mantenimiento y mejoramiento de las calles de la ciudad, sobre todo en los sectores de la misma que más carencias evidencian en materia de infraestructura vial urbana.

Que la Ley 12385 prevé en su contenido entre otras cuestiones lo siguiente: ART.4º) El destino del fondo para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados para municipios y comunas deberá ser asignado a los siguiente proyectos: a) concreción de proyectos sociales destinados a sectores con necesidades básicas insatisfechas y población en general…..y g) mejoramiento y estabilizado de suelo en caminos rurales y urbanos“

Que el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2015 todavía no ha sido tratado y aprobado por este Concejo Deliberante, por lo que podría incluirse una obra de vital importancia como esta, para mejorar sustancialmente la calidad de vida de los vecinos de la zona.

Que el Decreto Nº 712/14 sancionado por este Concejo Deliberante en fecha 30 de octubre próximo pasado, disponer que el Departamento EjecutivoMunicipal realice diversas tareas y obras en la calle Bordabehere entre Monte Caseros y Jorge Newbery.

Que la localización mencionada en el párrafo anterior está próxima a la descripta en el párrafo inicial de este Considerando.

Que ambos puntos geográficos adolecen de inconvenientes similares y que hacen al grave deterioro actual del espacio público de la ciudad.

Que para una mejor planificación global y administración de los recursos públicos se considera conveniente unificar los contenidos de la presente y el Decreto Nº 712/14, ya que se trata de la misma sección catastral, el mismo barrio, prácticamente las mismas calle s y las mismas necesidades.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 721/2014

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para solicitar que incluya dentro del plan de obras a realizarse dentro del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2015, la construcción de cordón cuneta y estabilizado del sector delimitado por las calles Bordabehere al Norte,  Av. Pte. Raúl Alfonsín (Ruta Pcial Nº 225-S) al Oeste,  Av. Soldado Aguirre al Sur y calle Monte Caseros al Este, incluyendo también las calles interiores. Como así también las tareas de zanjeo, desmalezamiento y desratización de la zona y limpieza y mantenimiento del canal de desagüe situado al Norte de la calle Bordabehere.

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, que realice las actuaciones y/o gestiones pertinentes ante el Gobierno Provincial conducentes a financiar el costo de las obras requeridas por el presente Decreto, a través del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados, para Municipios de Segunda Categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe (Ley 12.385)

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  20 de noviembre de 2014

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Iván Sarria

 

Publicado en 2014

Expte. Nº 5.381/14.

VISTO:

La Ley 2.756,

El reclamo de vecinos/as de la calle Bordabehere en el tramo comprendido entre calles Jorge Newbery y Monte Caseros, y

CONSIDERANDO QUE:

En el tramo de la calle Bordabehere definido en los vistos, la zanjas se encuentran sin desmalezamiento y completamente obstruidas con basura. Por ello es que el agua no es conducida quedando estancada y acumulándose, generando que en días de lluvia las cunetas se desborden con todo el riesgo de salud y molestias a los vecinos y vecinas que esto conlleva.

Además, el estancamiento del agua genera malos olores, aparición de vectores que hacen peligrar la salud principalmente de las personas mayores y los niños. La principal preocupación que declaran tener los vecinos es la aparición de roedores de gran tamaño y mosquitos.

En la ochava sudoeste de la intersección de las calles Bordabehere y Ricchieri existe un microbasural que se genera por la falta de contenedores en el barrio.

El tramo de la calle Bordabehere anteriormente citado se encuentra prácticamente intransitable, con pronunciadas e irregulares depresiones y siendo de tierra, el camino es evitado por los motociclistas que utilizan las veredas para movilizarse con el consiguiente deterioro de las mismas. En días de lluvia, la zona queda anegada, imposibilitando que los vecinos y vecinas realicen sus actividades normales diarias, además de no poder asistir al trabajo o a la escuela.

Los vecinos también expresan que el canal de desagüe que se encuentra detrás de la última línea de casas hacia el norte de calle Bordabehere tampoco recibe mantenimiento, por lo que no está en condiciones de cumplir con su finalidad, que es dirigir el agua hacia el Arroyo Saladillo. También se encuentra infestado de roedores que invaden las casas aledañas y constituyen un riesgo más para la salud de las personas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 712/2014

ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice las siguientes tareas en un plazo no mayor a 15 días hábiles a partir de la aprobación del presente:

a)                 Zanjeo y desmalezamiento en ambas manos de la calle Bordabehere entre calles Monte Caseros y Jorge Newbery y erradicación de microbasural ubicado enla ochava sudoeste de la intersección de las calles Bordabehere y Ricchieri.

b)                Limpieza, mantenimiento del canal ubicado al norte de calle Bordabehere y control de plagas de la zona que lo rodea,

c)                 Compactado y mejorado de la calle Bordabehere en el tramo que va desde calle Monte Caseros hasta Jorge Newbery.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  30  de octubre de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Sarria

Publicado en 2014