08 Junio 2025

Exptes. Nº 5052/14; 5039/14 y 5037/14.

Visto

Ley Nº 2.756 artículo 39.

La Minuta de Comunicación Nº 2.019/13.

Los reclamos de vecinos; y

 

Considerando

Que en Av. Mitre – altura 1.200- en su intersección con Avellaneda, ochava noreste se encuentra un bache de importantes dimensiones que obstruye prácticamente el 25% de la calzada.

Que en calle Rosario en su intersección con Av. Soldado Aguirre se encuentra un bache de importantes dimensiones que obstruye prácticamente la totalidad de la calzada.

Que en calle Juan B. Justo desde calle Pablo Iglesias hasta Av. San Martín se encuentra en pésimas condiciones de transitabilidad por la presencia de numerosos baches de distintas dimensiones.

Que las zonas son de gran afluencia vehicular en cuyas inmediaciones funcionan instituciones públicas, educativas, bancos, clínicas, y el Hospital Anselmo Gamen.

Que sumado a esto, sobre la vereda noreste justo en la esquina de calle Avellaneda y Av. Mitre, intersección de ambas veredas se encuentra un caño cortado de aproximadamente 15 centímetros de altura que al no ser advertido por los usuarios podría provocar daños físicos en aquellos que se topen con él e incluso podría ser fatal para los niños.

Que es necesario que el Departamento Ejecutivo proceda a solucionar, a la brevedad,  las situaciónes planteadas para evitar que los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez sufran algún daño a raíz de lo expuesto en los párrafos precedentes.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 586/2014

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de   los baches ubicados en:

-         Av. Mitre – altura 1.200- en su intersección con Avellaneda, ochava noreste.

-         calle Rosario en su intersección con Av. Soldado Aguirre.

-         calle Juan B. Justo entre Pablo Iglesias y Av. San Martín.

 

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, señalicen los baches hasta tanto sean reparados.

 

ART. 3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, intime al frentista de la esquina noreste ( Av. Mitre intersección Avellaneda) para que retire el caño que se encuentra emplazado en el lugar dentro de los cinco días corridos a partir de la aprobación del presente proyecto. Si así no lo hiciere, el Departamento Ejecutivo Municipal ordenará, a la brevedad, su remoción, sin perjuicio de las sanciones por incumplimiento que le correspondiere al propietario del inmueble ubicado en dicha esquina.

 

ART. 4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de marzo de 2014

 


Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

Publicado en 2014

Expte. Nº 4.800/13.

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39º Inc. 30.

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en calle Juan B. Justo en su intersección con calle Pablo Iglesias se encuentra un bache de importantes dimensiones.

Que en dicha arteria circula diariamente una significativa cantidad de vehículos y personas debido a que se encuentran en la zona la Escuela Nº 124 Isidro Aliau, la Comisaría 29, una cochería y una clínica.

Que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial al intentar esquivarlo e incluso puede provocar daños materiales a los vehículos que lo atraviesen.

Que en los horarios de ingreso y egreso de los alumnos de la mencionada escuela la zona se torna intransitable por la presencia de diversos vehículos-incluyendo los transportes escolares-, incrementando las posibilidades de que ocurran accidentes importantes que incluyan a niños de edad escolar.

Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra Ciudad es responsabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2019/2013

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice obras de bacheo en calle Juan B. Justo en su intersección con calle Pablo Iglesias.

 

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaría que correponda,  proceda a señalizar el bache hasta que se efectúen las reparaciones pertinentes y  así disminuir las posibilidades de riesgo vial en el sector mencionado en el Art. 1º.

 

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Publicado en 2013