08 Junio 2025
Sábado, 06 Mayo 2017 16:23

Ord. 2450/17 Aumento tarifa de remis

Expte. Nº 6.125/17.

VISTO:

La Ordenanza Nº 2.297/15.

La Ordenanzas Nº 2.303/15 y 2.326/15 y 2.364/16.

El pedido de las Agencias de Remisses, licenciatarios y choferes, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes establecidos a la realidad económica.

Que los titulares de chapas (licencias) de remisse de Villa Gobernador Gálvez, se dirigieron a este Concejo Deliberante, solicitando incrementar las tarifas, debido a los incrementos de precios de los combustibles, repuestos automotriz y canasta familiar.

Que es indispensable incrementar los salarios de los peones de remisse anualmente, teniendo en cuenta el estado inflacionario.

Que choferes y titulares de licencias de remis manifestaron que las agencias de remis cobran excedentes o adicionales sobre la frecuencia semanal que violan la Ordenanza vigente.

Que el incremento resultante  de esta Ordenanza, surge del estudio de costos enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.450/2017.

ART.1º) Modificase la Ordenanza Nº 2.364/16, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

Tarifa  Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.

Bajada de bandera………………$  22,80.-

Por cada 100 m………………… $    1,24.-

Por cada minuto de espera………$   3,00.-

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos, antes de comenzar a contar el primer minuto de espera.

Tarifa 2: Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 hs del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs hasta Lunes 0:00 hs, Feriados las 24 hs.

Bajada de bandera………………. $  26,40.-

Por cada 100 m…………………...$    1,43.-

Por cada minuto de espera……… $    3,60.-

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos,  antes de comenzar a contar el primer minuto de espera.

ART.2º) Impleméntese a partir del 5  de mayo de 2017 desde las 00:00 hs.

ART. 3°)  Cláusula transitoria: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 1.954/10 en lo que dispone sobre el servicio semanal de frecuencia.

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  4 de mayo de 2017

 

 

Publicado en 2017

Expte.  Nº  5.347/14.

VISTO:

La Ordenanza Nº 2.204/14.

El pedido de las Agencias de Remisses, licenciatarios y choferes, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes establecidos a la realidad económica.

Que los titulares de chapas (licencias) de remisse de Villa Gobernador Gálvez, se dirigieron a este Concejo Deliberante, solicitando incrementar las tarifas, debido a los incrementos de precios de los combustibles, repuestos automotriz y canasta familiar.

Que es indispensable incrementar los salarios de los peones de remisse anualmente, teniendo en cuenta un estado inflacionario.

Que el incremento del 15%, fue el resultado de esta Ordenanza, surge de varias reuniones realizadas entre los dueños de remiserias, titulares de licencias y choferes de remisses.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.250/2014

ART.1º) Modifícase la Ordenanza Nº 2.204/14, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

Tarifa  Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.

Bajada de bandera………………$  12,65.-

Por cada 100 m………………… $    0,64.-

Por cada minuto de espera………$   1,86.-

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

Tarifa 2: Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 hs del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs hasta Lunes 0:00 hs, Feriados las 24 hs.

Bajada de bandera………………. $  13,90.-

Por cada 100 m…………………...$    0,72.-

Por cada minuto de espera……… $    2,05.-

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

Texto según Ordenanza 2297/15

 


Texto anterior

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   9 de octubre  de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014
Martes, 27 Mayo 2014 18:00

Ord. 2204/14 Aumento tarifa de remiss

Expte. Nº 5.146/14.

VISTO:

La Ordenanza Nº 2.174/13.

El pedido de las Agencias de Remisses, licenciatarios y choferes, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes establecidos a la realidad económica.

Que los titulares de chapas (licencias) de remisse de Villa Gobernador Gálvez, se dirigieron a este Concejo Deliberante, solicitando incrementar las tarifas, debido a los incrementos de precios de los combustibles, repuestos automotriz y canasta familiar.

Que es indispensable incrementar los salarios de los peones de remisse anualmente, teniendo en cuenta un estado inflacionario.

Que el incremento del 11%, fue el resultado de esta Ordenanza, surge de varias reuniones realizadas entre los dueños de remiserias, titulares de licencias y choferes de remisses.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.204/2014

 

 

ART.1º) Modifícase la Ordenanza Nº 2.204/14, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

 

Tarifa  Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.

 

Bajada de bandera………………$ 11,50.-

 

Por cada 100 m………………… $   0,56.-

 

Por cada minuto de espera………$   1,69.-

 

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

 

Tarifa 2: Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 hs del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs hasta Lunes 0:00 hs, Feriados las 24 hs.

 

Bajada de bandera………………. $ 12,60.-

 

Por cada 100 m…………………...$   0,63.-

 

Por cada minuto de espera……… $   1,86.-

 

Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

Texto segun Ordenanza 2250/14

Texto anterior 

 

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   22  de mayo de 2014

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Publicado en 2014

Expte. Nº 4.998/13.

VISTO:

El Expte. Nº 4.998/12,

La Ordenanza Nº 2070/12,

Los reiterados pedidos de las Agencias de Remisses, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes establecidos a la realidad económica.

Que el último incremento de la tarifa data de fecha 25 de octubre 2012.

Que se ha generado un desfasaje entre el aumento realizado por los Taxis y el Servicio de remisses.

Que el resultado de esta Ordenanza surge de una reunión realizada entre los dueños de remiserías, titulares de autos y choferes de remisses.

Que resulta indispensable fijar una nueva tarifa que permita a los propietarios continuar brindando un servicio acorde a lo que la sociedad requiere.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº  2.174/2013

 

ART.1º)  Modifícase la Ordenanza Nº 2070/12, la cuál quedará redactada de la siguiente manera:

 

Tarifa 1. Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.

Bajada de bandera……………......…...$  9.-

Por cada 100 m………………………..$  0,44.-

Por cada minuto de espera……………...$  1,32.-. Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

Tarifa 2. Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs  hasta Lunes 0:00, Feriados las 24 horas.

Bajada de bandera……………....…....$  10.-

Por cada 100 m…………………....….$   0,48.-

Por cada minuto de espera……..............$    1,44.- Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

 

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  19 de diciembre  de 2013.

 

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

 

Nota: Modificada por Ordenanza 2204/14

Publicado en 2013

Exptes. 4584/12 y 4.537/12.

VISTO:

El Expte. Nº 4537/12,

La Ordenanza Nº 2029/12,

Los reiterados pedidos de las Agencias de Remisses, y

 

CONSIDERANDO:

Que es necesario adecuar los importes establecidos a la realidad económica.

Que el último incremento de la tarifa data de fecha 3 de mayo 2012.

Que se ha generado un desfasaje entre el aumento realizado por los Taxis y el Servicio de remisses.

Que el resultado de esta Ordenanza surge de una reunión realizada entre los dueños de remiseorías, titulares de autos y choferes de remisses.

Que resulta indispensable fijar una nueva tarifa que permita a los propietarios continuar brindando un servicio acorde a lo que la sociedad requiere.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2070/2012

 

ART.1º)  Modifícase la Ordenanza Nº 2029/12, la cuál quedará redactada de la siguiente manera:

 

 

Tarifa 1. Normal: Lunes 0:00 hs a Viernes 22:00 hs, Sábados: 06:00 hs a Sábado 22:00 hs.

 

Bajada de bandera……………......…...$  9.-

 

Por cada 100 m………………………..$  0,44.-

 

Por cada minuto de espera……………...$  1,32.-. Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

 

Tarifa 2. Diferencial: Viernes: desde las 22:00 hs a 06:00 del Sábado, Sábados desde las 22:00 hs  hasta Lunes 0:00, Feriados las 24 horas.

 

Bajada de bandera……………....…....$  10.-

 

Por cada 100 m…………………....….$   0,48.-

 

Por cada minuto de espera……..............$    1,44.- Debiendo ajustarse los mecanismos de los relojes con una tolerancia de 5 (cinco) minutos.

Texto según Ordenanza 2174/13

 

 

Texto anterior

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  25 de octubre de 2012.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Publicado en 2012