Ord. 2468/17 Modificación Ordenanza Nº 2161/13 FOM 2014 y aprobación rendición de cuentas
Expte. Nº 6.202/17.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385 sus modificatorias y Decreto reglamentario.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ordenanza Nº 2.161/13.
El informe elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal Expte. Nº 6.046/16.
La ejecución de obra proyectada para calle Pellegrini, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 2.161/13 se estableció que …”Solicitase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2014 y que serán destinados a la readecuación de base y ejecución de carpeta asfaltico de 6 cm de espesor en las siguientes localizaciones; Pellegrini desde Caferatta hasta Magallanes, Caferatta desde Temporelli hasta Ing. Mosconi, Buenos Aires desde Soldado Aguirre hasta Levalle y Levalle desde Buenos Aires hasta San Nicolás”
Al momento de la ejecución de obra en el año 2014 debe detallarse que hubo una modificación de traza debido a la ejecución de la calle Marcos Paz cual mejoro el proyecto debiéndose optar en vez de por el tramo “Buenos Aires hasta Magallanes” por el tramo “Caferatta a Marcos Paz”.
Que debe acotarse que el momento de la inversión ejecutada es la que estaba prevista, y para los sectores que tenían aprobación del Concejo Deliberante, a excepción de los dos sectores detallados precedentemente, pero que sin lugar a dudas, ejecutada ya la obra, requiere la correcta derivación al Concejo para dar conocimiento de lo realizado y conseguir su conformidad.
Que por el deber de informar, la rendición correcta de las cuentas y el principio de buena fe que debe regir a toda la función pública, es que elevamos el siguiente informe sobre ejecución de obras menores. Debemos tener presente en todo momento que la trasparencia en los actos públicos y en la funciona del mismo, el control republicano por parte de los tres poderes, el dialogo y la información al ciudadano, son aristas complementarias para la mejora de la calidad institucional.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.468/2017.
ART.1º) Modifíquese el Art. 1º de la Ordenanza Nº 2.161/13 la que quedará redactada de la siguiente manera: ART.1º) Solicitase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa fe, en el marco de la Ley 12385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2014 y que serán destinados a la readecuación de base y ejecución de carpeta asfáltica de 6 cm de espesor en las siguientes localizaciones: Pellegrini desde Marcos Paz hasta Buenos Aires, Caferatta desde Temporelli hasta Ing. Mosconi, Buenos Aires desde Soldado Aguirre hasta Levalle y Levalle desde Buenos Aires hasta San Nicolás.
ART.2º) Apruébese la rendición de cuenta por la utilización de los fondos solicitados para la ejecución de las obras correspondientes a la Ordenanza Nº 2.161/13.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de julio de 2017
Decr. 970/17 Trabajos de bacheo y mejorado en calle Buenos Aires desde Pellegrini hasta calle Temporelli
Expte. Nº 6.132/17.
VISTO:
La Ley Nº 2756
Reclamos de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Buenos Aires desde Av. C. Pellegrini hasta Temporelli, en la zona catastral 12 de nuestra ciudad, se ha hecho imposible circular con normalidad por la cantidad de baches y el pésimo estado de dicha calle.
Que en el lugar se produjeron baches de gran tamaño impidiendo prácticamente el paso vehícular, generando maniobras en los conductores potenciando el riesgo de accidentes de tránsito.
Que en los días post tormenta los baches quedan tapados y dificultan su visibilidad, sumado al foco infeccioso que genera el agua estancada.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, la limpieza, reparación y mantenimiento de las calles de nuestra ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 970/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de Obras Públicas realice los trabajos de bacheo y mejora en calle Buenos Aires, desde Av. C. Pellegrini hasta calle Temporelli.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de mayo de 2017
Decr. 706/14 Reparación de calzada en calle Buenos Aires entre Av. Soldado Aguirre y Temporelli
Expte. Nº 5.371/14.
Visto
Ley 2.756 artículo 39º;
La Ordenanza Nº 1.476/01Mantenimiento periódico y permanente del camino al cementerio;
El Decreto Nº 595/14Tareas de bacheo en Barrio Coronel Aguirre y reparación Pasos a Nivel de Av. Filippini y Soldado Aguirre; y el de Mosconi casi Buenos Aires;
La Minuta de Comunicación Nº 1.933/12Bacheo en calle Buenos Aires entre Soldado Aguirre y Temporelli;
La Minuta de Comunicación Nº 1.728/10Limpieza y reparación en calles Buenos Aires y García González;
La Minuta de Comunicación Nº 1.808/10Tareas de bacheo en calle Buenos Aires y pavimentación Simón Bolivar;
El estado de intransitabilidad de calle Buenos Aires y;
Considerando
Que calle Buenos Aires entre Av. Soldado Aguirre y Temporelli se encuentra en pésimas condiciones de transitabilidad.
Que los numerosos baches que presenta la mencionada arteria dificultan y ponen en riesgo a los usuarios de la misma.
Que esto se debe al hundimiento del pavimento, lo que dificulta la transitabilidad en dicha arteria.
Que en días de lluvia, en dicho bache se acumula abundante agua, lo cual obstruye el paso, impidiendo a los usuarios de esta arteria calcular la profundidad del mismo.
Que por dicha arteria circula gran cantidad de personas por la proximidad de la Escuela Nº 1281 “Dra. Cecilia Grierson”, el Club Coronel Aguirre y negocios de variados rubros.
Que esta situación puede provocar siniestros de importancia dado que los conductores que intentan utilizar la calle, dado que el barro y el agua acumulada en los baches dificulta la maniobrabilidad de los vehículos.
Que los transeúntes que intentan atravesar la mencionada calle deben hacerlo sobre la calzada resbaladiza, con el riesgo de caerse y sufrir daños físicos importantes.
Que en la Ordenanza Nº 1.476/2001 establecía en su artículo 1º:
“ART.1º) Establézcase, a través del Área Municipal correspondiente, un cronograma de mantenimiento periódico y permanente de la cinta asfáltica, en el llamado "Camino al Cementerio", el cuál comprende los siguientes tramos: - calle Buenos Aires desde Av. Soldado Aguirre a calle Granaderos a Caballo; - Calle Granaderos a Caballo desde Buenos Aires a Temporelli y calle Temporelli desde su inicio hasta la Ruta Provincial 22 S.”
Que en el Decreto Nº 595 del corriente año establecía en uno de sus artículos la reparación de distintas arterias del barrio Coronel Aguirre, entre ellas, Calle Buenos Aires, entre Temporelli y Av. Soldado Aguirre.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal la reparación y mantenimiento de las arterias de la ciudad, como así también debe velar por una segura y fluida circulación vehicular a fin de evitar que se produzcan daños sobre las personas y las cosas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 706/2014
ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de Secretaría que corresponda, proceda a la reparación de la calzada en calle Buenos Aires entre Av. Soldado Aguirre y Temporelli.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de octubre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Sarria
Decr. 703/14 Obras de nivelado y estabilizado en Buenos Aires entre Soldado Aguirre y Mosconi
Expte. Nº 5.362/14.
Visto:
Ley 2.756 Artículo 39º;
Estado de la calzada Buenos Aires entre Av. Soldado Aguirre y Mosconi y;
Considerando:
Que calle Buenos Aires entre Av. Soldado Aguirre hasta Mosconi se encuentra en condiciones de intransitabilidad por los numerosos pozos de importante profundidad, siendo aún más peor el panorama durante los días de lluvia por la acumulación de agua y porque la misma es de tierra.
Que por dicha arteria circula gran cantidad de personas por la proximidad de la Escuela Nº 1281 “Dra. Cecilia Grierson”, el Club Coronel Aguirre y negocios de variados rubros.
Que a los vecinos necesitan la pronta ejecución de las obras para poder vivir dignamente, ya que en días de lluvia o posteriores a ellas, los vehículos no pueden ingresar a ella.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 703/2014
ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a ejecutar obras de nivelado y estabilizado, en calle Buenos Aires entre Av. Soldado Aguirre y Mosconi.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de octubre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Sarria
Decr. 667/14 Señalización parada de colectivos en Av. Soldado Aguirre y Buenos Aires
Expte. Nº 5.282/14.
Visto
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º;
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 41º Inciso 14;
Decreto Nº 389/12 Regularización de paradas de las Líneas 35/9 Verde y 103 Negra;
Decreto Nº 525/13 Se cumplimente lo dispuesto en el Decreto Nº 389/12;
El peligro que constituye realizar la parada de colectivos a metros del paso a nivel y;
Considerando
Que a dos años de aprobado el Decreto 389/12 sobre la Regularización de las paradas de las líneas 35/9 verde y 103 negra, aun dichas líneas siguen realizando el ascenso y descenso de pasajeros a metros del Paso a Nivel Av.Soldado Aguirre y Filippini.
Que esta situación resulta sumamente peligrosa ya que obliga a los vehículos que circulan detrás de ellos a detener su marcha sobre las vías del ferrocarril, quedando expuestos a los graves riesgos que representan detenerse sobre las vías o en sus inmediaciones.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal proveer de seguridad a los vecinos de la ciudad.
Que en septiembre de 2013 se solicito un informe al Departamento Ejecutivo Municipal sobre las gestiones realizadas ante la empresa Rosario Bus y el mismo aun no ha sido presentado a este Cuerpo.
Que establecer la parada del transporte en Av. Soldado Aguirre y Buenos Aires prohibiendo realizarla a metros del paso a nivel no tiene que ver con un pedido caprichoso sino es una necesidad de índole vital.
Que no es exagerado expresar que es una cuestión de vida o muerte debido a la exposición innecesaria al peligro a los que se somete a los usuarios de este paso a nivel cuando deben detener su marcha sobre las vías.
Que por ello, este Cuerpo solicita la inmediata colocación de la señal obligatoriaProhibido estacionar y detenersey el cartel de Parada de colectivos en la esquina de Av. Soldado Aguirre y Buenos Airescon los números de las líneas que pasan por allí.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 667/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque la señal obligatoria deProhibido Estacionar y Detenerseaclarando en el mismo que la parada de colectivos es en la esquina de Av. Soldado Aguirre y Buenos Aires. A su vez, en la última intersección mencionada deberá colocarse el cartel de parada de Colectivos con los números de las líneas que pasan por el lugar. Esto deberá realizarse, en un plazo no superior a los 10 (diez) días corridos contados a partir de la aprobación de este decreto.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de agosto de 2014
Presidente: Raúl Avelino Martínez
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 665/14 Reparación sumidero ubicado en Urquiza intersección Mosconi y se dé cumplimiento a los Decretos 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 611/14 y las Minutas Nº 1912/12 y 2013/13
Expte. Nº 5.267/14.
Visto:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º incisos 14, 52 y 53;
Constitución Nacional Art. 41º;
Ordenanza Nº 1312/98Fondo Especial Obras de Aliviadores y Emisarios;
Ordenanza Nº 1591/04 Creación Fondo Especial para financiar obras, emisarios y trabajos de reparaciones
Decreto Nº 434/12 Reponer la tapa del sumidero ubicado en Av. Soldado Aguirre al 2500;
Decreto Nº 499/13 Reposición de rejillas de sumideros en Soldado Aguirre intersección San Nicolás y Buenos Aires y Filippini esquina Pasaje 4;
Decreto Nº 507/13 Reposición tapa de la cámara de desagüe de Soldado Aguirre a la altura del 2200;
Decreto Nº 534/13 Se dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nº 1912/12 reparación sumidero ubicado en Fornieles e Int. Andréu;
Decreto Nº 539/13 Construcción o reposición de las tapas de los sumideros sobre calle San Nicolás desde Soldado Aguirre hasta Temporelli;
Decreto Nº 594/14 Pedido de informe sobre cuentas deFON.DE.PRO, Fondo de Obras de Gas; Fondo Especial Aliviadores y Emisario y F.A.E. y autorización a la Mesa Directiva a formular presentación judicial;
Decreto Nº 611/14 Reparación de sumidero en Filippini y Guido y Spano y se dé cumplimiento de diversos Decretos y Minutas de Comunicación
Minuta de Comunicación Nº 1912/12 Reparación y limpieza sumidero Int. Andréu y Fornieles;
Minuta de Comunicación Nº 2013/13 Colocación Tapas del Emisario de Marcos Paz al 2100 y 2200 y su intersección con Levalle y Pasaje 3;
Reclamos de los vecinos y;
Considerando:
Que en la ciudad existen numerosos sumideros sin su correspondiente tapa.
Que este Cuerpo ha aprobado innumerables proyectos destinados a la reposición de las tapas, limpieza y desinfección de los sumideros y que aun dichas obras no se han cumplido.
Que, salvo escasas obras de construcción de las mencionadas tapas, el resto permanecen sin ser tapadas.
Que en la Plazoleta Jorge Omar Lavezzi, ubicada en la intersección de Av. Filippini con vías del ferrocarril, hace aproximadamente dos años que hay un pozo de importante profundidad y que el mismo pone en riesgo a los peatones aumentando la inseguridad del mismo para los niños de corta edad.
Que en calle Urquiza casi intersección con calle Mosconi, más específicamente, en la ochava noreste hay un sumidero sin tapa y señalizado precariamente con ramas.
Que el mismo se encuentra sobre la calzada, en el carril derecho de calle Urquiza –teniendo en cuenta que la mencionada arteria tiene un sentido de circulación sur/norte- paralelo al cordón casi en la línea imaginaria del paso peatonal.
Que esta situación pone en riesgo a los conductores que no logran advertirlo y a los peatones que intentan cruzar calle Urquiza.
Que en el lugar habitan y transitan diariamente importante cantidad de personas ya que en la proximidad de la zona funciona el Hospital Anselmo Gamen, una escuela primaria y negocios de distintos rubros.
Que esta situación pone en riesgo a las personas que transitan por el lugar debido a que podría ocasionar importantes daños materiales y personales e incluso puede provocar víctimas fatales.
Que la zona se torna peligrosa principalmente para los niños, personas de avanzada edad que caminan por el lugar y para los conductores de motocicletas y bicicletas ya que los mismos no se encuentran señalizados aumentando el riesgo de siniestralidad vial al intentar esquivarlos.
Que los vecinos han intentado señalizar precariamente pero dicha solución es transitoria.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal buscar soluciones sólidas y permanentes.
. Que los emisarios al no tener sus correspondientes tapas son fuente de contaminación y proliferación de insectos que pueden afectar la salud de los vecinos.
Que, a su vez, en días de lluvia estos sumideros suelen desbordar siendo imposible advertirlos.
Que la Constitución Nacional en su artículo nro. 41 establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.
Que existe, desde 1998,unFondo Especial Obras de Aliviadores y Emisarioscreado bajo la Ordenanza Nro.1312, el cual recibe unaporte adicional del 20% por cada contribuyente de la Tasa General de Inmuebles, aplicado sobre la tasa de servicios.
Que el Intendente Municipal tiene a su cargo la administración de dicho fondo, para lo cual este cuerpo deliberativo solicita se utilice los recursos del mencionado fondo para adquirir o construir las tapas correspondientes de los emisarios según las exigencias que la función de desagüe requiere.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 665/2014
ART. 1º)El Concejo Deliberante autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal para que utilice parte de las reservas del Fondo Especial Obras de Aliviadores y Emisarios y proceda a la adquisición o construcción de la tapa del emisario ubicado en el carril derecho de calle Urquiza intersección calle Mosconi - sentido de circulación sur – norte, paralelo al cordón casi en la línea imaginaria del paso peatonal.
ART. 2º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento a los Decretos 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 611/14 y a las Minutas de Comunicaciones 1912/12 y 2013/13.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de agosto de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 655/14 Distintos trabajos de obras públicas en la Sección Catastral Nº 12
Expte. Nº 5.254/14.
Visto:
Ley Nº 2.756 Artículo 39;
Decreto Nº 614/14 Situación de los terrenos ubicados en la ochava sudeste de calles Monte Flores y Suipacha;
Minuta de Comunicación Nº 1.721/10 Trabajos de obras públicas en calle Suipacha al 1.700;
Minuta de Comunicación Nº 1.582/08 Vecinal Alto Verde Triángulo solicita iluminación y seguridad para la zona;
Situación de las personas que habitan en la Sección Catastral Nº 12 y;
Considerando:
Que los vecinos de la Sección Catastral Nº 12 reclaman se realicen obras de zanjeo, mejorado y estabilizado de calles, contenedores de residuos, extensión de la red de agua o la instalación de una bomba de agua, luminarias y la posibilidad de contar con medidores comunitarios de energía eléctrica.
Que en los terrenos ubicados en calle Suipacha entre Buenos Aires e Iriondo se encuentran asentamientos irregulares que carecen de los servicios mínimos habitacionales.
Que las personas que han ocupado dichos terrenos manifiestan su voluntad de adquirir los terrenos.
Que hasta tanto puedan regularizar su situación es necesario que se realicen las obras de zanjeo para permitir el drenaje pluvial y evitar así que las viviendas se inunden.
Que las calles se han abierto en forma precaria, por lo tanto, se hace necesario que se realicen las obras de mejorado y estabilizado.
Que, a su vez, solicitan la extensión de la red de agua o, en su defecto, la instalación de una bomba que suministre este bien.
Que las calles de este barrio en formación carecen de luminarias siendo que las mismas son de gran importancia debido a que la oscuridad aumenta la inseguridad.
Que estos vecinos se comprometen a abonar en tiempo y forma el suministro de energía eléctrica por lo cual solicitan la instalación de medidores comunitarios que les permita salir de la ilegalidad y el riesgo que acarrea las conexiones clandestinas.
Que también requieren se les provea de, al menos, un contenedor de residuos domiciliarios para evitar la proliferación de los microbasurales a cielo abierto y con ello, imposibilitar las probabilidades de contraer enfermedades producto de la falta de higiene, desinfección y propagación de distintas alimañas que se ven favorecidas por las mencionadas condiciones.
Que en la zona viven personas que no tienen las necesidades básicas satisfechas, lo que las obliga a recurrir a distintas instituciones estatales para conseguir alimentos, principalmente, leche para los niños.
Que, en la actualidad, el estado no provee la leche para estos niños argumentando que se han registrado diferentes robos a los proveedores siendo este el motivo por el cual se ha suspendido la provisión.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal debe atender a las necesidades de los ciudadanos villagalvences.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 655/2014
ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, se realicen las siguientes tareas:
- Obras de zanjeo tendientes a evacuar los terrenos y evitar su ingreso a las viviendas, en la Sección Catastral Nº 12.
- Trabajos de nivelado y mejorado en las calles de este barrio en formación.
c) Instalación de un contenedor de residuos domiciliarios.
d) Gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios de la Sección Catastral Nº 12.
e) Gestiones pertinentes para la extensión de la red de agua potable o, en su defecto, la instalación de una bomba comunitaria.
ART. 2º)Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal, un informe sobre la suspensión del abastecimiento de leche a los niños del Barrio Alto Verde Triangulo.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de julio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 640/14 Instalación de señales lumínicas en los semáforos de Av. Soldado Aguirre
Expte. Nº 5.231/14.
Visto
Ley Nº 2.756 Art. 39º;
La situación vial existente en la zona y;
Considerando
Que los semáforos ubicados sobre Av. Soldado Aguirre en las intersecciones con calles Buenos Aires y Rosario tienen la particularidad de funcionar con un sistema de cuatro tiempos pero carecen de las señales con los giros posibles.
Que Av. Soldado Aguirre es muy transitada debido a que es una de las pocas arterias que permiten el paso vehicular hacia los demás sectores de la ciudad.
Que en la zona funcionan distintos negocios, instituciones educativas, clubes de futbol infantiles y el Club Atlético Coronel Aguirre.
Que, al contar con semáforos de cuatro tiempos los conductores deben aguardar al cambio de luces para realizar los giros siendo que algunos giros a la derecha no ponen en peligro la integridad física ni material de los que circular por las mencionadas arterias.
Que sería de suma importancia que se coloquen las señales lumínicas con las flechas correspondientes habilitando los giros a la derecha posibles.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 640/2014
ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad de instalar las señales lumínicas con las flechas correspondientes habilitando los giros a la derecha -en las condiciones estipuladas en el anexo L, capítulo VIISeñalamiento Luminosode la Ley Nacional de Tránsito Nro. 24.449, Decreto Reglamentario Nro. 779/95- en los semáforos dispuestos sobre Av. Soldado Aguirre en las intersecciones con calles Buenos Aires y Rosario.
ART.2º) En caso de ser factible la solicitud del Art. 1º, procédase a la instalación de las mismas.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de julio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva