Decl. 395/16 Interés Social y Comunitario la conmemoración del día 25 de noviembre como el Día Internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer
Expte. Nº 6.011/16.
VISTO:
La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, aprobada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas entrada en vigor, como tratado internacional,
La resolución de las Naciones Unidas Nº 54/134 del 17 de diciembre de 1999, declarando el 25 de noviembre como Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer,
La Constitución Nacional art. 75 inc. 22 cual establece con jerarquía constitucional convenciones, pactos, tratados del Derecho Internacional como “La Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.”,
La ordenanza 2.078/2012 “Adhesión a La Ley Nacional N° 26.485 Protección Integral a las mujeres y creación del Área de la Mujer”,
La ordenanza 2.261/2014 “Declaración de emergencia en materia social por violencia de género”,
La declaraciones 335/2015, de Adhesión Ni Una Menos,
La declaración 367/2016 Adhesión Convocatoria Ni Una Menos Vivas las Queremos,
La ley orgánica de Municipalidades Nº 2.756,
La ordenanza 1.947 del 2010, de reglamentación de otorgamiento de reconocimiento, y
CONSIDERANDO:
Que el 25 de noviembre de 1960 fueron asesinadas por la Dictadura de Trujillo en la República Dominicana las hermanas Patria, Minerva y María Teresa Mirabal. Ellas eran tres jóvenes militantes, conocidas popularmente como “las Mariposas” que lucharon por una sociedad plural y por la instauración de un sistema democrático en su país.
Que haciéndose eco de ese injusto acontecimiento, las Naciones Unidas, a través de la resolución 54/134, declara el 25 de noviembre como el “Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer”
Que el flagelo de la violencia de género no se circunscribe al fuero íntimo o a las relaciones de pareja solamente; también la sociedad y el mundo laboral –muchas veces- someten a las mujeres a condiciones de objetivación y de denigración permanente. La humillación, el acoso, son sólo expresiones de tal violencia sobre la mujer.
Que la definición de “violencia contra la mujer” implica un accionar negativo que puede ser realizado tanto por un particular, un privado y/o el propio Estado; y que los actos pueden ser llevados a cabo tanto por acción como por omisión.
Que con lo que respecta a la legislación mundial, la Convención Internacional contra toda forma de discriminación contra la mujer establece conceptos básicos sobre el tema desde su artículo 1º, el cual afirma: “Se entiende todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada.”
Que la resolución 54/134 en su articulado operativo dispone: “1. Decide declarar el 25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; 2. Invita a los gobiernos, los organismos, órganos, fondos y programas del sistema de las Naciones Unidas, y a otras organizaciones internacionales y organizaciones no gubernamentales, según proceda, a que organicen ese día actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto del problema de la violencia contra la mujer.”
Que el llamado que la resolución 54/134 efectúa es dirigido directamente a todos los Estados en sus distintos niveles y alcances, con la pretensión de que a través de actividades diversas pongan de manifiesto el problema de la violencia contra la mujer, y así la ciudadanía tome conciencia de la situación y emprenda un camino de franca transformación.
Que en nuestra ciudad existe una creciente toma de conciencia sobre la violencia de género manifiesta a través de organizaciones sociales, políticas y comunitarias que abordan dicha problemática, con el objeto de revertir la situación. En tal sentido, este Concejo ha sancionado diversas normas que atienden la violencia contra la mujer, como una clara demostración del rumbo que nuestra comunidad debe tomar con respecto a este asunto.
Que declarar de Interés el 25 de Noviembre como día de la no violencia contra la mujer es una muestra más del posicionamiento adoptado, y significa además estar en consonancia con la impronta legal nacional e internacional que pretende la enseñanza, el aprendizaje y la toma de conciencia por una sociedad más justa e igualitaria.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACION Nº 395/2016
ART. 1º) El Concejo Deliberante declara de interés Social y Comunitario la conmemoración del 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, según la resolución 54/134 de las Naciones Unidas.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 24 de noviembre de 2016.