Exptes. Nº 5.357 y 5.373/14.
VISTO:
La necesidad de adecuar el sitio actual de disposición final de los residuos propiedad de la localidad de Villa Gobernador Gálvez en consonancia con lo establecido por la normativa vigente, según resolución Provincial Nº 266.
La Ley 2756, y
CONSIDERANDO:
La vigencia de la Ley Provincial Nº 13.055, que tiene como objetivo fundamental la erradicación de los basurales a cielo abierto, y el trabajo mancomunado entre localidades con el objeto de articular propuestas comunes a fin de garantizar la sustentabilidad económica, social, sanitaria de las acciones implementadas en cada jurisdicción.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra trabajando junto al Gobierno de la Provincia de Santa Fe y otras municipalidades en el Plan de Intervención Integral en Barrios ABRE, uno de cuyos ejes de trabajo está dado por el mejoramiento de la infraestructura urbana aportando calidad a los servicios, entre los cuales se encuentra la gestión de residuos.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra trabajando regionalmente tal cual establece la Ley Nº 13.055, en el Ente de Coordinación Metropolitana (ECOM), habiéndose ratificado el Convenio de Creación mediante Ordenanza Nº 1.941/10.
Que el objetivo de este Ente es promover el desarrollo urbano y territorial armónico e integral sobre la base de consensos.
La necesidad de una intervención integral en todo el sector del distrito donde se emplaza el sitio de disposición final de residuos de Villa Gobernador Gálvez para mejorar las condiciones ambientales generales, contemplando el cierre de basurales a cielo abierto satélite, la recomposición de terraplenes, el acondicionamiento de caminos de acceso y el mejoramiento de drenajes.
La factibilidad de desarrollar en hectáreas remanentes y a recuperar el sitio de disposición final de un “Proyecto Centro Ambiental GIRSU VGG” de acuerdo al proyecto propuesto por la Secretaria de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe.
Que se ha propuesto desarrollar esta iniciativa en dos etapas, la primera de las cuales de ocho meses de duración, está constituida por el cierre ambiental y clausura de sectores con recepción de residuos sólidos urbanos de la localidad tal cual se ha presentado a este Concejo Deliberante.
La posibilidad de que, tal cual está pensando este Centro Ambiental GIRSU constituya una posibilidad cierta de inclusión social de quienes actualmente desarrollan actividades recuperando materiales de emprendimientos relacionados con la gestión de residuos, al brindarles posibilidades favorables de emplazamiento.
La vigencia de la Ley de Obras Públicas de la Provincia de Santa Fe Nº 5188/60, que en su Art. 5º establece: “Las obras públicas deberán realizarse en bienes que sean propiedad de la Provincia o en los que ésta tenga posesión o disponga del uso”.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.254/2014
ART.1º) Cédase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe la posesión de los predios propiedad de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez donde funciona el sitio de disposición final partida API: 160800-344344/0001-4 y 160800-344344/0002-3 temporalmente por el término de veinticuatro (24) meses a partir de la promulgación de la presente, en caso de que resulte necesario extender o renovar los plazos establecidos por este artículo, ello deberá ser solicitado indefectiblemente a este Concejo Deliberante. La cesión de los mencionados predios tendrá como finalidad de parte del Superior Gobierno de la Provincia la implementación del proyecto “Centro Ambiental GIRSU VGG” cuya etapa 1 es la que a continuación se detalla:
Sector 1: (cierre ambiental definitivo y clausura), incluye compactación de residuos, perfilado, cobertura con materiales disponibles, drenajes, etc.
Sector 2: (recuperación del terreno natural), este sector de aproximadamente 4,6 hectáreas cuenta con gran cantidad de montículos de residuos inertes como tierra y escombros dispersos. La tarea fundamental a realizar en este sector es el retiro de estos montículos a fin de liberar el terreno natural hasta su cota original.
Sector 3: (operativo) en este sector se efectuará la recepción, distribución y compactación de los residuos de la localidad durante todo el plazo del contrato (8meses)
Sector 4: (Recuperación de terreno natural) Este sector de aproximadamente 3 hectáreas cuenta con gran cantidad de residuos domiciliarios dispersos. La tarea fundamental a realizar en este sector es el retiro de estos residuos a fin de liberar el terreno natural hasta su cota original.
Además se contempla como parte del proyecto de saneamiento de los dos grandes basurales satélites de la zona, la recomposición de la zona de reserva de inundación del saladillo ubicada al Este de la autopista, el acondicionamiento de caminos y drenajes, cartelería, instalaciones básicas para el personal, etc.
ART.2º) Reconocese en todos sus términos la Resolución Nº 266 del 18 de septiembre de 2014, de la Secretaría de Medio Ambiente en la cual la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez forma parte del Consorcio Regional de GIRSU ECOM.
ART.3º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a colaborar con todos los medios a su alcance con la Provincia de Santa Fe o quien ésta designe para ejecutar trabajos, a los fines del mejoramiento integral del sector en cuanto a limpieza de basurales externos, saneamiento de drenajes, acondicionamiento de caminos y recomposición de terraplenes.
ART.4º) Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal desarrolle las gestiones correspondientes para el desarrollo y financiamiento de la segunda etapa del “Proyecto Centro Ambiental GIRSU VGG”, informando a este Concejo Deliberante de los avances y resultados obtenidos. Dicha etapa se transcribe a continuación:
Descripción básica de obras a desarrollar. Plazo de obra estimado 16 meses completando 24 meses de posesión de predio por parte de la gestión provincial. El proyecto propuesto contempla la ejecución de la infraestructura para las siguientes unidades operativas.
-Recepción, pesaje y sitios comunes. Incluye: control de ingresos, sala de espera de recolectores y balanza de pesaje, salón de usos múltiples (SUM), sanitarios, vestuarios, comedor; obrador; cerco olímpico perimetral, iluminación, caminos de circulación permanente etc.; servicio al predio: se proveerá de energía eléctrica hoy inexistente y agua de pozo.
- Clasificación, separación y enfardado.
- Tratamiento de fracción orgánica.
- Módulos de relleno sanitario para la recepción de residuos compactados/encapsulados.
- Eco parque para la instalación de empresas que desarrollen actividades relacionadas con la gestión de residuos.
- Tratamiento de efluentes.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de octubre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Sarria