Expte. Nº 5.986/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que se conoce desde la antigüedad la importancia de los roedores como reservorios de agentes
causales de patologías de diferente grado de importancia para la Salud Pública. En contadas excepciones el
roedor se halla afectado por el patógeno. Que diversos microorganismos (bacterias, virus y parásitos) tienen en los roedores sus reservorios naturales. Los agentes patógenos son eliminados por los mismos a través de
secreciones y/o excreciones al ambiente. Las vías de Infección pueden ser: aerosoles, contacto
directo a través de piel y mucosas o bien por mordedura. Ectoparásitos, el agua y los alimentos
son importantes vehículos de muchos de estos patógenos.
Que es indispensable que el Municipio aborde de manera preventiva el control de vectores y plagas en toda la ciudad con el fin de garantizar la salud pública como bien público.
Que el control de los roedores es esencial para la prevención y control de las enfermedades y otros prejuicios que ocasionan, siendo la educación la principal herramienta para ello. Un cambio de conducta frente a los roedores se expresará en el acompañamiento por parte de los vecinos con acciones correctivas convenientes. En esta tarea los agentes de salud, enfermeras, médicos, agentes sanitarios, al igual que los maestros deben cumplir un rol importante junto a las ONGs.
Que es necesario disponer y ofrecer información detallada y vívida, sobre los roedores, que tenga que ver con las realidades locales, con lugares y condiciones concretas. También debe lograrse que la gente acompañe con acciones concretas de ordenamiento ambiental como manejo de la basura, manejo de malezas y roedores, limpieza de domicilio y peri domicilio, hermetización de bajo costo de la casa a los roedores.
Que a su vez se requiere la desratización, fumigación y desinsectación teniendo en cuenta las especies involucradas y las condiciones ambientales que permiten el desarrollo de las especies en cuestión. Estas acciones inmediatas y directas permitirán mitigar la presencia de estos roedores manifestada por los vecinos, particularmente de los barrios Ghiglione, Cancha de Remo y zonas aledañas.
Que en nuestra ciudad y específicamente la zona indicada por los vecinos, la creciente y preocupante presencia de roedores, plagas y vectores coincide con el área cercana donde se construye el complejo de Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRSU).
Que el desarrollo de tal obra implicó en sus primeras etapas el movimiento de suelo y reordenamiento de residuos, micro basurales y áreas de disposición final de basura que se desarrollaba informalmente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 925/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de desratización, fumigación, desinsectación y control de plagas y vectores en los barrios Ghiglione, Cancha de Remo y zonas aledañas.
ART.2º) Las tareas solicitadas en el artículo anterior deberán ser complementadas con trabajos de limpieza, desmalezamiento, concientización y difusión en toda el área de influencia.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de noviembre de 2016.