Decr. 978/17 Trabajos de reparación y bacheo en Barrio "Cancha de Remo"
Expte. Nº 6.145/17.
VISTO:
Ley Nº 2.756 Artículo 39;
Reclamos de Vecinos y.
CONSIDERANDO:
Que las calles que forman parte del barrio “Cancha de Remo” ubicado en la Sección Catastral N° 15, se encuentran en deplorables condiciones, dificultando así el tránsito vehicular.
Que el pésimo estado de las calles, generan una problemática a la hora del ingreso y egreso de las familias que habitan en la zona, dificultando sus tareas cotidianas.
Que ante una posible emergencia en el barrio los vecinos se ven afectados con demoras en el ingreso de móviles policiales y ambulancias, hasta inclusive en algunos casos directamente no entran por el pésimo estado de las calles, sobre todo en días de lluvia o posteriores a la misma.
Que sería una solución, para mejorar la circulación, que se realicen trabajos de reparación y bacheo.
Que es deber del municipio el cuidado, la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 978/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria de Obras Públicas, realice los trabajos de reparación y bacheo correspondientes en las calles del barrio “Cancha de Remo”, Sección Catastral N° 15 de nuestra ciudad.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de mayo de 2017
Decr. 925/16 Desmalezamiento control de plagas, vectores y fumigación de roedores en Barrio Ghiglione, cancha de Remo y zonas aledañas
Expte. Nº 5.986/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que se conoce desde la antigüedad la importancia de los roedores como reservorios de agentes
causales de patologías de diferente grado de importancia para la Salud Pública. En contadas excepciones el
roedor se halla afectado por el patógeno. Que diversos microorganismos (bacterias, virus y parásitos) tienen en los roedores sus reservorios naturales. Los agentes patógenos son eliminados por los mismos a través de
secreciones y/o excreciones al ambiente. Las vías de Infección pueden ser: aerosoles, contacto
directo a través de piel y mucosas o bien por mordedura. Ectoparásitos, el agua y los alimentos
son importantes vehículos de muchos de estos patógenos.
Que es indispensable que el Municipio aborde de manera preventiva el control de vectores y plagas en toda la ciudad con el fin de garantizar la salud pública como bien público.
Que el control de los roedores es esencial para la prevención y control de las enfermedades y otros prejuicios que ocasionan, siendo la educación la principal herramienta para ello. Un cambio de conducta frente a los roedores se expresará en el acompañamiento por parte de los vecinos con acciones correctivas convenientes. En esta tarea los agentes de salud, enfermeras, médicos, agentes sanitarios, al igual que los maestros deben cumplir un rol importante junto a las ONGs.
Que es necesario disponer y ofrecer información detallada y vívida, sobre los roedores, que tenga que ver con las realidades locales, con lugares y condiciones concretas. También debe lograrse que la gente acompañe con acciones concretas de ordenamiento ambiental como manejo de la basura, manejo de malezas y roedores, limpieza de domicilio y peri domicilio, hermetización de bajo costo de la casa a los roedores.
Que a su vez se requiere la desratización, fumigación y desinsectación teniendo en cuenta las especies involucradas y las condiciones ambientales que permiten el desarrollo de las especies en cuestión. Estas acciones inmediatas y directas permitirán mitigar la presencia de estos roedores manifestada por los vecinos, particularmente de los barrios Ghiglione, Cancha de Remo y zonas aledañas.
Que en nuestra ciudad y específicamente la zona indicada por los vecinos, la creciente y preocupante presencia de roedores, plagas y vectores coincide con el área cercana donde se construye el complejo de Gestión Integral de Residuos Sólidos (GIRSU).
Que el desarrollo de tal obra implicó en sus primeras etapas el movimiento de suelo y reordenamiento de residuos, micro basurales y áreas de disposición final de basura que se desarrollaba informalmente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 925/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de desratización, fumigación, desinsectación y control de plagas y vectores en los barrios Ghiglione, Cancha de Remo y zonas aledañas.
ART.2º) Las tareas solicitadas en el artículo anterior deberán ser complementadas con trabajos de limpieza, desmalezamiento, concientización y difusión en toda el área de influencia.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de noviembre de 2016.
Decr. 636/14 Trabajos de Obras Publicas en la Sección Catastral Nº 15
Expte. Nº 5208/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
El reclamo de vecinos de la Sección Catastral Nº 15, Barrio Cancha de Remo, y
CONSIDERANDO:
Que en la Sección Catastral Nº 15, puntualmente en la intersección de Av. Pellegrini y calle J. Newbery, los vecinos reclaman obras y limpieza.
Que en dicha intersección, sobre calle J.Newbery en ambas veredas, los cruces de caños pluviales se encuentran obstruidos y/o rotos.
Que en días de lluvia sobre la calle J.Newbery, entre Av. Pellegrini y Pasaje 7, el agua se estanca por varios días, haciendo así imposible el paso de cualquier tipo de vehículo e incluso de los vecinos.
Que se encuentra imposibilitado el flujo del agua por Av. Pellegrini hacia Av. Raúl Alfonsín, donde se encuentran los zanjones que desembocan en el Arroyo Saladillo.
Que los vecinos de la zona además reclaman tareas de zanjeo, ya que las cunetas de Av. Pellegrini sobre ambas veredas, están tapadas y en algunos tramos no existen.
Que es función de este Concejo Deliberante velar por la salud, seguridad y necesidades básicas de los ciudadanos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 636/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda, realice las siguientes tareas en la Sección Catastral Nº 15:
a) Desobstrucción y/o recambio de los cruces de caños pluviales de calle J. Newbery entre Av. Pellegrini y Pasaje 7.
b) Tareas de zanjeo en ambas veredas de Av. Pellegrini entre calle J. Newbery y Av. Raúl Alfonsín.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva