Expte. Nº 5.574/15.
VISTO:
Ley 2756 Art. 39º.
Las Minutas de Comunicación Nº 1.568/08; 1.879/11; 1.989/12 y 1.911/12.
Los Decretos Nº 606/14 y 644/14, y
CONSIDERANDO:
Que gracias al aporte y voluntad de los vecinos, se están realizando trabajos de restauración de la plaza ubicada entre las calles La Plata, Nicaragua, Los Andes y Panamá.
Que la misma sufre inundaciones debido a que las zanjas se encuentran obstruidas y el nivel del espacio está por debajo de los demás terrenos.
Que las columnas de alumbrado público están en condiciones deplorables con riesgo de caída ya que se encuentran inclinadas y sólo sostenidas por los cables que conducen energía eléctrica.
Que dicha situación pone en riesgo la integridad física de los vecinos, y principalmente, los niños que utilizan dicho espacio para la recreación.
Que es necesario sustituir las columnas de madera por otras de material que se encuentren correctamente colocadas.
Que se observa la necesidad de realizar trabajos de acondicionamiento, nivelado y mejorado de las calles debido a que las mismas no se encuentra en condiciones de ser transitadas siendo en todo el barrio, la calle Los Andes la única arteria pavimentada, la cual es utilizada por todos los vehículos de la zona y por los camiones de reparto, lo que implica un deterioro importante de la calzada.
Que el resto de las arterias del barrio, debido a la existencia de numerosos baches, desniveles, pastizales, no son utilizadas, obligando a los vecinos a transitar a pie para evitar provocar serios daños materiales en los vehículos.
Que es necesario estabilizar dichas calles para una mejor circulación de los vehículos que transitan por el barrio.
Que en el estado en que se encuentran las calles de tierra, es imposible el acceso de bomberos, ambulancias, policías, taxis, remises y otros.
Que los vecinos del barrio han presentado un pedido de mejora de la calle García González desde Ruta 21 hasta Juan XXIII, manifestando que los días de lluvia no pueden transitar por las veredas y calles ya que se inundan y los desagües se encuentran obstruidos, provocando la acumulación de agua en las zanjas.
Que este Cuerpo aprobó la erradicación de los distintos basurales emplazados en la ciudad y que en la zona se hace necesario realizar dicho trabajo.
Que en distintas arterias de la zona no existen caños cruza calles y por lo tanto, el agua de las zanjas se acumula sin posibilidad de fluir, lo cual provoca el ingreso a las viviendas, lo que obliga a los vecinos a cavar canales que obstruyen las calles.
Que el zanjón que bordea el Parque Industrial sobre calle Montevideo se encuentra totalmente tapado por basura y pasto.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 786/2015
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través del Área que corresponda, proceda a la remoción de las columnas de madera ubicadas en la plaza comprendida por las calles La Plata, Nicaragua, Los Andes y Panamá, e instale columnas de material de alumbrado público.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a rellenar el terreno de la plaza mencionada en el Art. 1º.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la fluidez del agua de las zanjas y evitar su ingreso a las viviendas.
ART.4º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la realización de los trabajos de nivelado y mejorado en las calles del barrio, tomando como prioridad la calle García González entre Av. Pte. Raúl Alfonsín y calle Juan XXIII.
ART.5º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, remueva los micro basurales emplazados en el barrio.
ART.6º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, coloque los caños cruza calles para favorecer la fluidez del agua.
ART.7º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de agosto de 2015