Decr. 675/14 Mantenimiento y restauración del cartel que se encuentra en el ingreso a nuestra ciudad sobre el puente de Circunvalación y Av. San Martín
Expte. Nº 5.292/14.
VISTO:
La Ley Orgánica Municipal N° 2756
Ordenanza Municipal 0016/73, Y
CONSIDERANDO:
Que en uno de los ingresos y/o accesos de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra emplazado un cartel de bienvenida colocado sobre el puente de la Circunvalación y Av. San Martín.-
Que reviste gran importancia tener un cartel que nos identifique y jerarquice como ciudad.-
Que dicho cartel se encuentra en condiciones verdaderamente deterioradas y resulta un peligro y/o riesgo significativo para los vehículos que ingresan a la ciudad y/o las personas transeúntes que caminan por ese sitio-
Que es deber del municipio velar por la seguridad de todos los habitantes de nuestra ciudad.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 675/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante de la ciudad se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda en un máximo de 20 días de haber aprobado el siguiente decreto, a realizar acciones de reparación, mantenimiento, pintura y restauración del cartel de bienvenida que se encuentra en el acceso y/o ingreso de nuestra ciudad emplazado sobre el puente de Circunvalación y Av. San Martín.-
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de agosto de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Ord. 0016/73 Carteles indicadores de la ciudad en las entradas de la misma
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que este Concejo en Ordenanza Nº 04/73, dispuso que se imponga el nombre propio a esta Ciudad, y que es necesario dotar de carteles indicadores a cada lado de ingreso a esta, para mayor ilustración del viajero como del ciudadano que vive en la misma.
ORDENANZA Nº 16/73
ART.1º) Dotar de carteles indicadores a ambos extremos de la Ciudad, con la Leyenda Ciudad de Villa Gobernador Gálvez de acuerdo y en consecuencia con lo que determina la Ordenanza respectiva.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, Septiembre 06 de l973