Mostrando artículos por etiqueta: 189710

Expte. 5.249/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756

La Ordenanza Nº 2187/14.

Ordenanza 2.197/14, y

CONSIDERANDO:

Que en el mes de mayo del año 2014 este Cuerpo Deliberativo aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 2197/14 derogando la Ordenanza Nº 1.897/10, y estableciendo la cesión a título gratuito  el terreno para la construcción del Instituto Superior Terciario Nº 24 “Héroes de Malvinas”.-

Que resulta de gran importancia conocer por parte de este cuerpo deliberativo las siguientes operaciones, procedimientos y acciones que el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentre gestionando y/o tramitando ante autoridades provinciales y/o nacionales que efectivicen la concreción de la construcción del Único Instituto Superior Terciario de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez.-

Que es sumamente fundamental reducir los tiempos de construcción y /o edificación del establecimiento que actualmente cuenta con más de 1100 alumnos de nuestra ciudad y localidades aledañas, quienes realizan sus actividades en condiciones precarias y deficientes que alteran el normal curso de aprendizaje.-

Que es deber del Poder Ejecutivo Municipal promulgar las ordenanza sancionadas por el Concejo y proveer a su ejecución por medio de los empleados a sus órdenes, dictando las disposiciones reglamentarias del caso. -

            Que el Artículo 41º de la Ley 2756 establece la obligación del municipio a suministrar verbalmente, o por escrito, por sí o por medio de los secretarios, los informes que le pueda requerir el Concejo. -

            Que la educación es un derecho humano fundamental, por lo tanto para su realización se requiere de la garantía y responsabilidad del estado, de la sociedad y de la familia.-

              Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 649/2014

                                                       

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, en un tiempo no mayor a 15 días de haber aprobado el siguiente Decreto, eleve a este Cuerpo un informe sobre el estado, procedimientos, operaciones y acciones que se realizaron hasta la fecha, ante el gobierno Provincial y/o Nacional que efectivicen la concreción de la construcción del Instituto Superior Terciario Nº 24 “Héroes de Malvinas”, sobre el terreno citado en la Ordenanza 2.197/14.

ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de julio de 2014


Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014

Expte. Nº  4.563/12.

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 41.249/12 de fecha 31 de enero de 2012 por el cual el Sr. Roberto Osvaldo Paladini solicita la aprobación de los planos de  mensura y subdivisión de tres fracciones propiedad del Frigorífico Paladini S.A..

La Ordenanza Nº 1.897/10, y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza Nº 1.897/10 de fecha 22/04/10 se aprobó la Mensura y Subdivisión de una fracción de terreno ubicado en la Sección  Catastral Nº 4 Lotes 1 y 2 y Parcelas 4/2, Lote 3, según plano de mensura Nº 19753/58.

Que las donaciones aprobadas por dicha Ordenanza, as superficies no son coincidentes con el plano de mensura definitivo que se adjunta en el presente expediente en folios 2 y 3.

Que el Frigorífico Paladini S.A. mediante Acta de Donación inserta en el folio 2 del expediente Nº 41.249/12 ha resuelto donar a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez tres fracciones de terreno destinado al ensanche de la calle Comandante Espora y una fracción destinada a la apertura de la calle San Luis en un todo de acuerdo al plano de mensura confeccionado por el Agrimensor Carlos  Fabián Barboza y que se designa catastralmente como Sección Catastral Nº 4 Manzana 7 F y Fracción 4/2.

Que las medidas de los lotes resultante de la división, están de acuerdo al Código Urbano, Ordenanza Nº 1.144/95 y sus modificatorias vigentes en esta Municipalidad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 2057/2012.

 

ART. 1º) Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 1.897/10 de fecha 22 de abril de 2010.

 

ART.2º) Apruébese la Mensura y Subdivisión de cuatro fracciones de terrenos ubicados en la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, designadas como Sección Catastral Nº 4 Manzana 7F, Lote 4/2 según el plano de mensura Nº 19.753/58 y cuyos dominios son: Tomo Nº 724, Folio Nº 490 Nº 409442 de fecha 23/12/97, Tomo Nº 724 Folio Nº 486 Nº 409440 de fecha 23/12/97 y Tomo Nº 724 Folio 488 Nº 409441 de fecha 23/12/97 Departamento Rosario y cuya superficie total según los títulos son de 49.917,4317 m² dando origen a las parcelas 1 A- 1 B- 2 A- 2 B- 3 A- 3 B- 3 C- 3 D- 3 E y 3 F según plano que es parte  integrante de la presente Ordenanza.

 

ART.3º) Acéptese la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez de cuatro fracciones de terreno designados de la siguiente manera:

LOTE 1 B: Formado por el polígono HGTSH que encierra una superficie  de 2.531,44 m² que se destina al ensanche de la calle Comandante Espora.

LOTE 2 B: Formado por el polígono IHSRI que encierra una superficie de 1.663,80  m² que se destinará al ensanche de la calle Comandante Espora.

LOTE 3 D: Formado por el polígono BCKLB que encierra una superficie de  1.098,00 m² que se destinará a la apertura de la calle San Luis.

LOTE 3 F: Formado por el polígono JIRQJ que encierra una superficie de 1.050,91 m² que se destinará al ensanche de la calle Comandante Espora.

Resulta de lo expuesto que la superficie total donada es de 6.344,15 m² (son seis mil trescientos cuarenta y cuatro con quince metros cuadrados.

 

ART.4º) Hágase saber que la escrituración de los predios cedidos para calles públicas se llevara a cabo dentro de los 120 días a partir de la fecha de aprobación de la presente ante escribano Público que designe la Municipalidad.

 

ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  4 de octubre de 2012.

 

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Publicado en 2012

Expte. Nº 3.700/09.

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 36.634/09 de fecha 25 de noviembre de 2.009, por el cuál se solicita la aprobación de los planos de mensura y subdivisión de una propiedad del Frigorífico Paladini,  y

 

CONSIDERANDO:

Que la empresa propietaria ha efectuado la correspondiente donación de calles a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según acta de donación inserta en el folio Nº 2 del mencionado expediente.

 

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1.897/2010

                  

 ART. 1º) Apruébase la mensura y subdivisión de una fracción de terreno ubicado en la Sección Catastral Nº 4, Lote 1 y 2 y Parcela 4/2, Lote 3, según Plano de Mensura Nº 19.753/58, situado en Villa Gobernador Gálvez y cuyo Dominios son Tomo Nº 698 Folio Nº 256 Nº 302093, Departamento Rosario de fecha 9 de enero de 1.996, Tomo Nº 698 Folio Nº 258 Nº 302094 Departamento Rosario de fecha 9 de enero de 1.996 y Tomo Nº 698 Folio Nº 260 Nº 302095 Departamento Rosario de fecha 9 de enero de 1.996 y cuyas superficies son de 24.086,75 m², 15.831,00 m²  y  9.999, 67 m² , dando origen a los lotes 1A- 1B-  2A- 2B- 3A- 3B- 3C- 3D- 3E, según el plano confeccionado por  Ing. Geógrafo Carlos Torregiani.

 

ART. 2º)  Acéptase la donación a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez de las fracciones de terreno 1B- 2B- 3B y 3D de 2.531,73  m² 1.663,99  m²,  1.051,05  m², 1.109,27 m²  de superficie respectivamente para el ensanche de la calle Comandante Espora y apertura de la calle San Luis, según anteproyecto de plano de mensura que es parte integrante de la presente Ordenanza.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22 de abril de 2.010.

 

 

Presidente: Adrián Orellana

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

Nota: Derogada por Ordenanza 2057/12 

 

 

Publicado en 2010