Ord. 2383/16 Modif. Diagrama de Recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros
Expte. Nº 5.856/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, en su Art. 39º Inc. 38 e Inc. 39, y
CONSIDERANDO:
Que desde hace más de dos años circula por la ciudad la Línea 35/9 Azul, correspondiente a la Empresa América T.A. del Transporte Interurbano de Pasajeros, sin estar incluida en el “Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez”, Ordenanza Nº 2061/12 y sus modificatorias.
Que la línea mencionada en el párrafo anterior cumple el siguiente recorrido: desde la ciudad de Rosario viniendo por Ayacucho ingreso a Villa Gobernador Gálvez por Av. San Martín, hacia la localidad de Alvear y viceversa.
Que el reclamo de mejoras en el recorrido del transporte urbano de pasajeros de los vecinos de los barrios Soldado Aguirre, Alto Verde, Ghiglione, Cancha de Remo, Parque Alegre, entre otros.
Que la gran cantidad de vecinos que estudian y trabajan en las localidades vecinas, solicitan un servicio más cercano y con mayor frecuencia.
Que es deber del municipio buscar soluciones para facilitar el acceso al transporte público de pasajeros a todos los ciudadanos.
Que para tal fin se ha diagramado una modificación en el recorrido de la Línea 35/9 Azul, para lo cual la Empresa América T.A. de Transporte Interurbano de Pasajeros ya cuenta con autorización de la Secretaría de Transporte y Movilidad de la Municipalidad de Rosario, según Resolución Nº 122/2016.
Que es facultad del Concejo Deliberante reglamentar el recorrido del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.383/2016.
ART. 1º) Insértese la siguiente modificación al “Diagrama de Recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez”, aprobado por Ordenanza Nº 2061/12 y sus modificatorias:
Línea 35/9 AZUL (Rosario- Soldini)
IDA: ingreso al ejido municipal desde la localidad de Alvear por Av. San Martín, Chubut, Las Heras, Av. Libertador, Magallanes, Soldado Aguirre, Pte. Raúl Alfonsín, hacia la ciudad de Rosario.
VUELTA: ingreso a la ciudad de Villa Gobernador Gálvez-desde Rosario por Av. San Martín- por Pte. Raúl Alfonsín, Soldado Aguirre, Magallanes, Av. Libertador, Las Heras, Chubut, Av. San Martín continuando hacia la localidad de Alvear.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de agosto de 2016
Decr. 815/15 modificación y ampliación recorrido Línea 35/9 Bandera Verde (Swift)
Expte. Nº 5.666/15.
VISTO:
La Ley Nº 2.756, Art. Nº 39º Incs. 35 y 38,
Las Leyes Provinciales Nº 2.449 y 2.499
La Ordenanza Nº 2061/12
Los reclamos de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que desde hace varias semanas y luego de un hecho de inseguridad sufrido por un chofer de la Empresa de Transporte Urbana de Pasajeros Rosario Bus, delegados de la Línea 35/9 Verde Swift adoptaron la decisión unilateral de acortar el recorrido habitual establecido por Ordenanza perjudicando de esa manera a una gran cantidad de vecinos de esa zona de la ciudad que se ven obligados a caminar hasta 20 cuadras desde sus domicilios hasta la nueva parada o Punta de línea establecida en Mosconi y la vía en las inmediaciones del edificio del Comando Radioeléctrico.
Que es necesario pensar en alternativas que permitan salvaguardar los bienes personales y la integridad física de choferes y pasajeros pero que a su vez no perjudiquen de manera tan drástica a los usuarios, que tienen al transporte público de pasajeros, como principal y muchas veces, única medio para trasladarse dentro y fuera de la ciudad.
Que esta situación se repite permanentemente incluso en reiteradas ocasiones en este mismo año y el factor común es siempre: la INSEGURIDAD.
Que ocurrido un hecho delictivo que involucra a un chofer, se modifica el recorrido, se deja a los usuarios sin servicio, se realizan reclamos y reuniones con autoridades políticas y policiales, se realiza un programa de acción, se disponen más efectivos, se normaliza la situación,
se relajan los controles hasta que se produce un nuevo hecho y los usuarios se vuelven a quedar sin el servicio.
Que si estas situaciones se producen durante la presencia de GENDARMERIA en nuestras calles serían inimaginable pensar que pasaría si las fuerzas federales no estuvieran auxiliando la seguridad publica en nuestra ciudad.
Que es necesario dar una respuesta Urgente – Positiva – Creativa a este conflicto modificando la punta de línea y extendiendo el recorrido en unas pocas calles permitiendo conectar distintos puntos de diferentes barrios separados por las vías de Ferrocarril, dándoles más y mejores opciones a los usuarios a la hora de utilizar el transporte público.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 815/2015
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al D.E.M. para que a través de la secretaria que corresponda realice gestiones con la empresa Rosario Bus para que estudie la factibilidad de modificar y ampliar el recorrido de la línea 35/9 Verde Swift.
ART. 2°) Que el recorrido de la misma línea una vez llegado a la intersección de Av. Libertador y Bomberos Voluntarios, continúe por libertador hasta Magallanes, desde ahí hasta Soldado Aguirre, y de ahí hasta Sarmiento y finalice su Punta de Línea en Mosconi y Sarmiento donde actualmente dispusieron los choferes sea la Punta de Línea.
ART. 3°) Que se convoque a representantes de este Concejo Deliberante a participar de estas reuniones con las partes interesadas, Secretaria de Transporte de la provincia, Autoridades policiales, Secretario de Gobierno de la ciudad, y representantes de vecinales
ART.4º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de diciembre de 2015
Decr. 771/15 Trabajos de obras públicas en calle Santiago del Estero entre Av. Gral. Juan D. Perón y 17 de Octubre y se incluya en el Presupuesto 2016 fondos para la reparación de las calles Maipú, Alvear y 3 de Febrero
Expte. Nº 5.532/15.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14, 24, 29, 62, Art. 41º Inc. 24 y 26 y Art. 44º.
Las Ordenanzas 2061/12 y sus modificaciones. Ordenanzas Nº 2081/12, 2106/13 y 2133/13.
Los Decretos Nº 427/12, Nº 381/12, Nº641/14
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de calle Santiago del Estero no han tenido respuestas a los arreglos en las calles.
Que las fundamentaciones del Decreto Nº 641/14, aprobado por unanimidad (3 de Junio de 2014) enunciaban claramente, “La peligrosidad en el tránsito, los olores desagradables, el estado de los cordones y cunetas, la falta de mantenimiento y destrucción en los sumideros, la falta de barrenderos” y también vaticinaba que las líneas de transporte público podían desviarse de sus recorridos, si no se ejecutaban las obras necesarias. La frase del último párrafo citaba: “Que es deber del municipio la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad y que en este punto en especial, los vecinos no quieren esperar más sólo exigen resultados”.
Que los Artículos 1º, 2º, 4º y 5º del Decreto mencionado en el párrafo anterior no se han cumplido.
Que como anticipaba el Decreto mencionado anteriormente las líneas de colectivo del transporte público desviaron su recorrido, causando problemas a los usuarios y también daños a las calles usadas alternativamente, que no estaban preparadas para tránsito de gran porte.
Que también es bueno recordar que en la Audiencia Pública llevada a cabo el 7 de Mayo del corriente año, el Secretario de Gobierno de la Municipalidad hizo un anuncio en forma pública prometiendo que: “En 30 días se pondrían en marcha las obras de bacheo de las calles Comandante Espora, Santiago del Estero, 17 de Octubre e Intendente Andreu”.
Que el espíritu de este Decreto es, el de promover la reparación y la puesta en condiciones de la calle Santiago del Estero como arteria principal, para que de esta forma retome el colectivo el recorrido programado en el sector, según Ordenanza Nº 2061/12 (Recorridos del Transporte Público).
Que es necesario también reparar las calles Alvear, Maipú y 3 de Febrero, calle aledaña a Santiago del Estero, que han sufrido daños a causa del tránsito alternativo de los coches del transporte público.
Que es necesario volver a hacer un reclamo, porque se han agotado todos los tiempos señalados y comprometidos por el mismo Departamento Ejecutivo Municipal, constituyendo esta situación una clara muestra de desidia y vergonzoso desinterés de la gestión actual.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 771/2015
ART.1º) El Concejo Deliberante, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda en un plazo de 15 días hábiles, la reparación integral (Bacheo, reparación y desobstrucción de sumideros, colocación de brea en las uniones y arreglo de cordones cuneta) de la calle Santiago del Estero, entre las intersecciones de la Av. General Juan Domingo Perón y 17 de Octubre, y de la intersección de calle Fornieles y 17 de Octubre.
ART.2º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice inmediatamente, una vez terminadas las obras de calle Santiago del Estero, las gestiones necesarias para retomar el recorrido en el sector, de las líneas de colectivos del transporte público según Ordenanza Nº2061/12 y sus modificaciones Ordenanzas Nº 2081/12, 2106/13 y 2133/13.
ART.3º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda incluya en el presupuesto para el año 2016 los fondos necesarios para la reparación de las calles Maipú, Alvear y 3 de Febrero.
ART.4º)El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal inspeccione al Taller ubicado en la intersección de calle Santiago del Estero y Pje. Baigorria y el posterior envío de las actuaciones al Concejo Deliberante en el plazo de 15 días hábiles.
ART.5º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de julio de 2015
Decr. 709/14 cumplimiento y constatación recorridos Empresa de Transporte Urbano de Pasajeros
Expte. Nº 5.383/14.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 2756 Art. 39º Incisos 38 y 39.
Las Leyes Provinciales Nº 2449 y 2499 en cuanto correspondan.
Las Ordenanzas Nº 154/85 (Reglamento del Transporte Urbano de Pasajeros) Art. 36º; Nº 2061/12 y 2133/13 (fijan el recorrido autorizado de la Línea 35/9 entre otras, perteneciente a la Empresa Rosario Bus)
El estado general de las calles de la Ciudad por donde transita la mencionada empresa, y
CONSIDERANDO:
Que el Concejo Deliberante tiene la potestad de fijar el recorrido y sus variaciones, de las líneas de Transporte Urbano de Pasajeros de la Ciudad.
Que la línea citada en los Vistos tiene su recorrido fijado por las Ordenanzas Nº 2061/12 (Bandera Verde-Swift) y 2133/13 (Bandera Verde-Cementerio VGG)
Que dichas Ordenanzas citan expresamente que el itinerario debe hacerse en el caso de la 1era. en su ida y vuelta en el Barrio Talleres por las calles Comandante Espora, Int. Andreu, Fornieles, 17 de Octubre, Santiago del Estero, Av. Gral. Juan D. Perón, puente sobre Arroyo Saladillo hacia Rosario y viceversa y en la 2da. en su ida y vuelta en el Barrio Coronel Aguirre por las calles Ruta 22 S al Cementerio de Villa Gobernador Gálvez, Temporelli, Buenos Aires, Av. Soldado Aguirre, Filippini, etc. y viceversa.
Que en los últimos meses, en forma unilateral la empresa ha procedido a cambiar el recorrido de la citada línea sin solicitar la legal autorización de este Concejo Deliberante, utilizando arterias no preparadas para soportar el peso de las unidades de colectivos.
Que cabe mencionar como ejemplos las calles Maipú, Alvear e Int. Andreu altura 100 y 200, Corrientes, Richieri, Av. Soldado Aguirre altura 2000 y siguientes, etc.
Que en consecuencia del descripto e ilegal proceder de la Empresa Rosario Bus, se vienen evidenciando deterioros manifiestos en el pavimento urbano con baches, pozos y ondulaciones pronunciadas.
Que esta conducta se torna reiterativa, ya que producida la rotura de una arteria, la misma es abandonada y el recorrido se modifica para transitar por otra calle alternativa, hasta que la misma se torna intransitable y así sucesivamente.
Que dichos perjuicios resultan en costos explícitos e inaceptables para el erario de la ciudad y sus contribuyentes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 709/2014
ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que le comunique a la Empresa Rosario Bus, que en el plazo perentorio e improrrogable de 96 (noventa y seis) hs, debe retomar en toda la extensión de su recorrido el trayecto establecido por las Ordenanzas Nº 2061/12 y 2133/13, para la Línea 35/9 Bandera Verde en sus denominaciones “Swift” y “Cementerio VGG respectivamente.
ART.2º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, que constate fehacientemente las anomalías descriptas en un plazo perentorio de 5 (cinco) días hábiles contados, a partir del vencimiento del plazo establecido en el artículo anterior, a fin de solicitar a la Subsecretaría de Transporte de la Provincia la avocación al tema y en caso de corresponder, aplique la sanción pecuniaria pertinente teniendo en cuenta también el resarcimiento de los daños causados al éjido urbano descripto en los Considerandos del presente.
ART.3º) Este Concejo Deliberante reafirma su rol de única autoridad de aplicación emanante de norma legal suficiente (Ley 2756), para que en el futuro toda modificación de recorrido de las Líneas de Transporte Urbano de Pasajeros por cualquier causa, sea presentada ex ante, a fin de darle el tratamiento correspondiente.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de octubre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Sarria
Decr. 630/14 Se dé cumplimiento a las Ordenanzas Nº 1.720/07, 2.061/12, 2.081/12 y 2.133/13
Expte. 5.196/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 artículo 39º;
Ordenanza Nº 1.720/07 Aprobación recorrido Línea 103
Ordenanza Nº 2.061/12 Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez;
Ordenanza Nº 2.081/12 Modificación Ordenanza Nº 2061/12 Diagrama de Recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros;
Ordenanza Nº 2.133/13 Modificación Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros;
Decreto Nº 392/12 Restituir el recorrido de la línea 103 bandera negra por calle Temporelli
Decreto Nº 494/13 Informe sobre la gestión para la restitución del recorrido de la Línea 103 a calle Temporelli;
Nota presentada por los vecinos de los barrios Coronel Aguirre, Triángulo, Tassone, San Francisquito y;
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de los barrios Coronel Aguirre, Triángulo, Tassone y San Francisquito solicitan que las líneas de transporte de pasajeros restituyan su recorrido.
Que en las Ordenanzas 1.720/07; 2.061/12, 2.081/12 y 2.133/13 establece que el 35/9 verde Cementerio y el 103 bandera Negra deben circular por calle Temporelli hasta Buenos Aires pero que en la actualidad dichas ordenanzas no se cumplen ya que establecieron su recorrido por Av. Soldado Aguirre.
Que los vecinos deben trasladarse más de ocho cuadras para poder tomar el colectivo sabiendo que las calles son intransitables.
Que esta situación empeora en los días de lluvia debido a que las calles son de tierra, por lo cual los usuarios del transporte deben caminar en el barro.
Que sumado a ello, recorrer varias cuadras en horarios de poca visibilidad aumenta el riesgo de sufrir algún hecho delictivo.
Que el 30 de agosto de 2012 este Cuerpo solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione ante la empresa Rosario Bus S. A. la restitución del recorrido de estas líneas por las calles delimitadas por las ordenanzas anteriormente citadas.
Que en el Decreto Nº 392/12 se expresaba que la empresa Rosario Bus S. A. modificó su recorrido sin previa autorización ni notificación a este Concejo.
Que ante el incumplimiento de las ordenanzas mencionadas en los vistos y la incertidumbre sobre las gestiones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal ante la empresa Rosario Bus, el 1º de Noviembre de 2012 se aprobó el Decreto Nº 424 en el cual se establecían 10 días para que el Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las acciones realizadas ante la empresa antes mencionada.
Que dicho informe no ha sido enviado a este Cuerpo y la situación no ha cambiado, por tal motivo, en mayo de 2013 se reiteró dicho pedido pero según reclaman los vecinos la problemática subsiste.
Que los vecinos a casi dos años de padecer esta realidad, han hecho llegar su reclamo ante este Cuerpo a fin de darle una solución a este problema.
Que desde el 2007 se encuentra establecido por Ordenanza municipal el recorrido de la línea 103 bandera negra por calle Buenos Aires, Temporelli hasta el Cementerio, y en sentido inverso.
Que en la Ordenanza Nº 2.061/12 se ratifica el recorrido de la mencionada Línea y se establece el circuito de la Línea 35/9 verde Cementerio, el cual debe circular desde calle Buenos Aires por Temporelli hasta el Cementerio continuando su recorrido por Av. Raúl Alfonsín hasta Estación de Servicios Constanza Hermanos y viceversa.
Que es deber de las Autoridades municipales atender a las necesidades de sus vecinos y brindarles una solución.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 630/2014
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento a las Ordenanzas Nº 1.720/07; 2.061/12; 2.081/12 y 2.133/13, en un plazo no superior a los 10 (diez) días hábiles a partir de la aprobación del presente Decreto.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de junio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 595/14 Tareas de bacheo en Barrio Coronel Aguirre y reparación Pasos a Nivel de Av. Filippini y Soldado Aguirre; y el de Mosconi casi Buenos Aires
Expte. Nº 5.108/14.
VISTO:
La Ley 2.756,
La Ordenanza Nº 2061/12 “Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gdor. Gálvez”
El Decreto 392/12 “Restituir el recorrido de la línea 103 bandera negra por calle Temporelli”
La Ordenanza 2133/13 “Modificación Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros”,
El Decreto 494/13 “Informe sobre la gestión para la restitución del recorrido de la Línea 103 a calle Temporelli”
El reclamo de los vecinos por modificaciones sin aviso en los recorridos de las líneas de transporte público, y
CONSIDERANDO QUE:
El nivel de deterioro del pavimento en calle Temporelli, calle Buenos Aires y Av. Soldado Aguirre desde Bs. As. hasta su intersección con las vías del ferrocarril y en el paso a nivel de Filippini y Av. Soldado Aguirre, genera que la Empresa Rosario Bus decida a menudo y de manera unilateral, retirar servicio de colectivos urbanos de su recorrido establecido por Ordenanza de las líneas 35/9 Verde (Swift-Cementerio) y 103 Negra para resguardar sus unidades.
La línea 103 cada vez que retira de Temporelli su recorrido toma Soldado Aguirre como alternativa, encontrándose esta última en muy malas condiciones por falta de mantenimiento y los distintos temporales que se han dado.
También se han visto perjudicados vecinos por los cambios de recorrido de las líneas 35/9 Verde, específicamente en el tramo “Santiago del Estero, 17 de Octubre, Fornieles, Intendente Andreu”.
Estas modificaciones en los recorridos redundan en un perjuicio para los vecinos y vecinas de los barrios afectados, dificultando su movilidad y exponiéndolos innecesariamente a situaciones de inseguridad al tener que recorrer mayores distancias a pie para poder hacer uso del servicio de transporte público de pasajeros.
Además, las condiciones del pavimento en los tramos detallados dificultan la movilidad de la gente y la entrada y salida de otros servicios a los barrios, ya que en gran medida, estos no cuentan con un trazado de calles pavimentadas que sirvan de alternativa a las calles de ingreso anteriormente citadas.
Otro punto conflictivo es el cruce ferroviario de calle Mosconi ubicado a metros de calle Bs. As., que por su pésimo estado en reiteradas ocasiones las unidades golpean los tanques de gas oil, generando su ruptura y con ello el retiro del servicio, dejando a decenas de pasajeros a pie.
Que existe una muy buena predisposición de los delegados de choferes de la empresa para retomar los recorridos en caso de que la Municipalidad garantice las reparaciones de las calles.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 595/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que, con carácter de URGENTE:
- 1.Realice tareas de bacheo en:
- Calle Temporelli en toda su extensión.
- Calle Buenos Aires, entre Temporelli y Av. Soldado Aguirre.
- Av. Soldado Aguirre, entre calle Buenos Aires y las vías del ferrocarril.
- Av. Soldado Aguirre, entre 9 de Julio y Av. Raúl Alfonsín.
- 2.Inicie las gestiones correspondientes ante la Empresa Ferroviaria que corresponda, para que ésta proceda a reparar el paso nivel de Filippini y Soldado Aguirre, así como también el de calle Mosconi a pocos metros de calle Bs. As.
ART. 2º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las tareas correspondientes de obra pública para garantizar el recorrido de la línea 35/9 Verde en el tramo de 17 de Octubre, Fornieles, Intendente Andreu.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de abril de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Ord. 2133/13 Modificación Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros
Expte. Nº 4.837/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2061/2012 y sus sucesivas modificatorias,
Las reiteradas inquietudes elevadas a los ediles por parte de los vecinos afectados, y
CONSIDERANDO:
Que dadas las obras que se han efectuado sobre Av. Circunvalación es necesario adecuar el recorrido de algunas líneas del Transporte Urbano de Pasajeros de nuestra ciudad en atención al nuevo trazado y a las modificaciones en el sentido de circulación de algunas arterias.
Que, asimismo, es imperativo recordar al Departamento Ejecutivo Municipal la necesidad de instar a la empresa prestataria del servicio de las líneas en cuestión al cumplimiento de la normativa vigente y, en adelante, de las presentes adecuaciones.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.133/2013
ART. 1º) Insértense las siguientes modificaciones al Anexo I “Diagrama de Recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez” aprobado por Ordenanza Nº 2061/2012.
Línea 35/9 Verde CEMENTERIO
«Ida: desde la Estación de Servicios Constanza Hermanos, por Ruta 22 S al Cementerio de Villa Gobernador Gálvez, por Temporelli, Buenos Aires, Soldado Aguirre, Filippini, Bv. San Diego, Av. San Martín, Vélez Sarsfield, Colectora de Av. Circunvalación, Desvío Bajo Nogués, ingresando a Rosario por Circunvalación, con paradas fijas en las intersecciones de Monteagudo y Vélez Sarsfield y Álvarez Thomas y Vélez Sarsfield.
Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Av. Circunvalación, Av. San Martín, Bv. San Diego, Filippini, Soldado Aguirre, Buenos Aires, Temporelli, terminando en Estación de Servicios Constanza Hermanos.»
Línea 143 Roja
«Ida: Desde Camino del Inmigrante y Puerta de Ingreso a Unilever SA por Camino del Inmigrante, Avda. San Martín, Chubut, Las Heras, Belgrano, Alberdi, Eva Perón, Pasteur, Garibaldi, Mitre, Av. Filippini, Bv. San Diego, Rivadavia, Gral. López, Av. San Martín hacia Municipio de Rosario.
Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Av. San Martín, Edison, Vélez Sarsfield, Rivadavia, Bv. San Diego, Av. Filippini, Ing. Mosconi, Pasteur, Belgrano, Las Heras, Chubut, Avda. San Martín, Camino del Inmigrante Puerta de Ingreso a Unilever SA»
Línea ‘A’ – San Nicolás-Rosario por Costanera (x Ruta 21).
«Ida: ingresando al Municipio desde Alvear por Ruta Prov. Nº 21, Av. San Martín (Ruta Prov. Nº 21), Vélez Sarsfield, Colectora de Av. Circunvalación, Desvío Bajo Nogués, ingresando a Rosario por Av. Circunvalación, con paradas fijas en las intersecciones de Monteagudo y Vélez Sarsfield, y Álvarez Thomas y Vélez Sarsfield.
Vuelta: ingresando al municipio por Circunvalación, Av. San Martín (Ruta Provincial Nº 21), hacia Alvear».
ART. 2º) Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal interceder ante la empresa prestataria de los servicios mencionados en el artículo precedente instando a la misma al cumplimiento de la normativa vigente y, en especial, de las adecuaciones realizadas por la presente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de julio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decr. 494/13 Informe sobre la gestión para la restitución del recorrido de la Línea 103 a calle Temporelli
Expte. Nº 4.795/13.
VISTO:
Ley Nº 2.756
La Ordenanza Nº 2061/12 “Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gdor. Gálvez”
El Decreto Nº 392/12 “Restituir el recorrido de la Línea 103 bandera negra por calle Temporelli”
El Decreto Nº 424/12 “Se informe sobre las gestiones realizadas ante la Empresa Rosario Bus por cambio de recorrido”, y
CONSIDERANDO:
Que el día 30 de Agosto de 2012 el Concejo Deliberante aprobó de forma unánime el Decreto Nº 392/2012 el cual establecía “que a través del área que corresponda, se dirija a la empresa Rosario Bus S.A. con el fin de restituir el recorrido de la Línea 103 bandera Negra por calle Temporelli”.
Que debido a la incertidumbre de las gestiones realizadas por el Departamento Ejecutivo Municipal ante la empresa Rosario Bus por el cambio de recorrido de la Línea 103 bandera negra y ante el malestar de los vecinos, el 1º de Noviembre de 2012 se aprobó el Decreto Nº 424 en el cual se establecían 10 días para que el Departamento Ejecutivo eleve un informe sobre las gestiones realizadas ante la empresa antes mencionada.
Que a varios meses de aprobado el decreto antes mencionado, el Departamento Ejecutivo Municipal no ha elevado al Concejo Deliberante el informe con las gestiones realizadas y la situación no ha variado. Esto sigue afectando a todas las personas que desean movilizarse, concurrir a estudiar y/o trabajar usando el Servicio de Transporte Urbano.
Que la Ordenanza Nº 2061/12 “Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gdor. Gálvez” en su Anexo establecía el siguiente recorrido para la Línea 103 bandera negra:
“IDA: desde el Cementerio de Villa Gobernador Gálvez por Temporelli, Buenos Aires, Av. Soldado Aguirre, Av. Filippini, Colectora, Av. San Martín, hacia el municipio de Rosario.
VUELTA: desde Rosario por Av. Ayacucho ingresando por Av. San Martín, General López, Av. Filippini, Av. Soldado Aguirre, Buenos Aires, Temporelli hasta el Cementerio de Villa Gobernador Gálvez”.
Que las razones no se conocen de manera oficial y es necesario conocerlas para actuar en consecuencia y brindarles una solución a todos los vecinos que padecen todos los días este problema, que además de tener que trasladarse muchas cuadras, se los expone a hechos de inseguridad y condiciones climáticas adversas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 494/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige en carácter de URGENTE al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, eleve un informe con las gestiones realizadas ante la empresa Rosario Bus para la restitución del recorrido de la Línea 103 Bandera Negra por calle Temporelli.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Decr. 492/13 Se de cumplimento a la extensión del recorrido de la Línea 143 Bandera Roja
Expte. Nº 4.771/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2061/12 y sus sucesivas modificatorias,
La Ordenanza Nº 2106/2013, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 2106/2013 este Concejo aprobó la modificación del recorrido de la Línea 143 Bandera Roja dentro del ejido de la ciudad.
Que el fijar los recorridos del Transporte Urbano de Pasajeros, además de ser una de las facultades otorgadas por Ley a los Concejos Deliberantes, es una tarea sensible que requiere de estudio y proyección, así como de atención a las necesidades de los vecinos, razón por la cuál es el Cuerpo colegiado el más indicado para disponer sobre el tema.
Que a instancias del reclamo de vecinos, hemos constatado que actualmente no se está cumpliendo con el recorrido dispuesto por ordenanza para la línea 143, bandera roja.
Que es fundamental garantizar el correcto funcionamiento del servicio de transporte, haciendo cumplir las ordenanzas que al efecto han sido aprobadas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 492/2013
ART. 1º) Instrúyese al Departamento Ejecutivo Municipal a ordenar a la empresa prestataria del servicio de transporte urbano de pasajeros el cumplimiento de la extensión del recorrido de la Línea 143 bandera roja según fuera establecido por Ordenanza de este Cuerpo.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará a este Cuerpo en un plazo de 7 días hábiles un informe detallado sobre la implementación de la modificación realizada por Ordenanza Nº 2106/2013.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Ord. 2112/13 Modificación anexo Nº 1 Ordenanza 2061/12
Expte. Nº 4.775/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2061/12 y sus sucesivas modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que atentos al sentido de circulación de la calle Belgrano es necesario efectuar una mínima modificación en el recorrido de la Línea 143, Bandera Roja.
Que la adecuación de los recorridos del Transporte Urbano de Pasajeros surge de las atribuciones que por ley corresponden a los Concejos Deliberantes.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.112/2013
ART. 1º) Insértanse las siguientes modificaciones al Anexo Nº 1 de la Ordenanza Nº 2061/12 “Diagrama de recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gdor. Gálvez”.
“Línea 143 Roja
Ida: Desde Camino del Inmigrante y Puerta de Ingreso a Unilever SA por Camino del Inmigrante, Avda. San Martín, Chubut, Las Heras, Belgrano, Alberdi, Eva Perón, Pasteur, Garibaldi, Mitre, Av. Filippini, Bv. San Diego, Rivadavia, Gral. López, Av. San Martín hacia Municipio de Rosario.
Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Edison, Vélez Sarsfield, Rivadavia, Bv. San Diego, Av. Filippini, Ing. Mosconi, Pasteur, Belgrano, Las Heras, Chubut, Avda. San Martín, Camino del Inmigrante Puerta de Ingreso a Unilever SA.”
ART. 2º) Dése conocimiento a la empresa prestataria del servicio a través de la autoridad de aplicación.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 16 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci