Decr. 771/15 Trabajos de obras públicas en calle Santiago del Estero entre Av. Gral. Juan D. Perón y 17 de Octubre y se incluya en el Presupuesto 2016 fondos para la reparación de las calles Maipú, Alvear y 3 de Febrero
Expte. Nº 5.532/15.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14, 24, 29, 62, Art. 41º Inc. 24 y 26 y Art. 44º.
Las Ordenanzas 2061/12 y sus modificaciones. Ordenanzas Nº 2081/12, 2106/13 y 2133/13.
Los Decretos Nº 427/12, Nº 381/12, Nº641/14
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que los vecinos de calle Santiago del Estero no han tenido respuestas a los arreglos en las calles.
Que las fundamentaciones del Decreto Nº 641/14, aprobado por unanimidad (3 de Junio de 2014) enunciaban claramente, “La peligrosidad en el tránsito, los olores desagradables, el estado de los cordones y cunetas, la falta de mantenimiento y destrucción en los sumideros, la falta de barrenderos” y también vaticinaba que las líneas de transporte público podían desviarse de sus recorridos, si no se ejecutaban las obras necesarias. La frase del último párrafo citaba: “Que es deber del municipio la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad y que en este punto en especial, los vecinos no quieren esperar más sólo exigen resultados”.
Que los Artículos 1º, 2º, 4º y 5º del Decreto mencionado en el párrafo anterior no se han cumplido.
Que como anticipaba el Decreto mencionado anteriormente las líneas de colectivo del transporte público desviaron su recorrido, causando problemas a los usuarios y también daños a las calles usadas alternativamente, que no estaban preparadas para tránsito de gran porte.
Que también es bueno recordar que en la Audiencia Pública llevada a cabo el 7 de Mayo del corriente año, el Secretario de Gobierno de la Municipalidad hizo un anuncio en forma pública prometiendo que: “En 30 días se pondrían en marcha las obras de bacheo de las calles Comandante Espora, Santiago del Estero, 17 de Octubre e Intendente Andreu”.
Que el espíritu de este Decreto es, el de promover la reparación y la puesta en condiciones de la calle Santiago del Estero como arteria principal, para que de esta forma retome el colectivo el recorrido programado en el sector, según Ordenanza Nº 2061/12 (Recorridos del Transporte Público).
Que es necesario también reparar las calles Alvear, Maipú y 3 de Febrero, calle aledaña a Santiago del Estero, que han sufrido daños a causa del tránsito alternativo de los coches del transporte público.
Que es necesario volver a hacer un reclamo, porque se han agotado todos los tiempos señalados y comprometidos por el mismo Departamento Ejecutivo Municipal, constituyendo esta situación una clara muestra de desidia y vergonzoso desinterés de la gestión actual.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 771/2015
ART.1º) El Concejo Deliberante, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda en un plazo de 15 días hábiles, la reparación integral (Bacheo, reparación y desobstrucción de sumideros, colocación de brea en las uniones y arreglo de cordones cuneta) de la calle Santiago del Estero, entre las intersecciones de la Av. General Juan Domingo Perón y 17 de Octubre, y de la intersección de calle Fornieles y 17 de Octubre.
ART.2º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice inmediatamente, una vez terminadas las obras de calle Santiago del Estero, las gestiones necesarias para retomar el recorrido en el sector, de las líneas de colectivos del transporte público según Ordenanza Nº2061/12 y sus modificaciones Ordenanzas Nº 2081/12, 2106/13 y 2133/13.
ART.3º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda incluya en el presupuesto para el año 2016 los fondos necesarios para la reparación de las calles Maipú, Alvear y 3 de Febrero.
ART.4º)El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal inspeccione al Taller ubicado en la intersección de calle Santiago del Estero y Pje. Baigorria y el posterior envío de las actuaciones al Concejo Deliberante en el plazo de 15 días hábiles.
ART.5º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de julio de 2015
Decr. 492/13 Se de cumplimento a la extensión del recorrido de la Línea 143 Bandera Roja
Expte. Nº 4.771/13.
VISTO:
La Ley Nº 2.756,
La Ordenanza Nº 2061/12 y sus sucesivas modificatorias,
La Ordenanza Nº 2106/2013, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Nº 2106/2013 este Concejo aprobó la modificación del recorrido de la Línea 143 Bandera Roja dentro del ejido de la ciudad.
Que el fijar los recorridos del Transporte Urbano de Pasajeros, además de ser una de las facultades otorgadas por Ley a los Concejos Deliberantes, es una tarea sensible que requiere de estudio y proyección, así como de atención a las necesidades de los vecinos, razón por la cuál es el Cuerpo colegiado el más indicado para disponer sobre el tema.
Que a instancias del reclamo de vecinos, hemos constatado que actualmente no se está cumpliendo con el recorrido dispuesto por ordenanza para la línea 143, bandera roja.
Que es fundamental garantizar el correcto funcionamiento del servicio de transporte, haciendo cumplir las ordenanzas que al efecto han sido aprobadas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 492/2013
ART. 1º) Instrúyese al Departamento Ejecutivo Municipal a ordenar a la empresa prestataria del servicio de transporte urbano de pasajeros el cumplimiento de la extensión del recorrido de la Línea 143 bandera roja según fuera establecido por Ordenanza de este Cuerpo.
ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará a este Cuerpo en un plazo de 7 días hábiles un informe detallado sobre la implementación de la modificación realizada por Ordenanza Nº 2106/2013.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
Ord. 2106/13 Ampliación recorrido Linea 143 Transporte Urbano de pasajeros
Exptes. Nº 4.717/13 y 4.726/13.
VISTO:
Las Leyes Provinciales N° 2449 y 2499,
El Reglamento del Transporte Urbano de Pasajeros, Ord. N° 154/85,
El reclamo de vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que por la ausencia total del servicio de transporte público en la zona catastral N° 8 los vecinos quedan incomunicados y aislados con respecto a otras zonas de
Que por encontrarse en dicha zona un jardín de infantes nucleado, una escuela, una delegación de Aguas Santafecinas S.A. y varias fábricas en expansión, el tránsito peatonal se incrementa día a día.
Que, por otro lado, actualmente la mencionada Línea 143 Bandera Roja termina su recorrido en Mármol y Camino del Inmigrante pero que, con todo, durante los horarios de llegada y salida de la planta Unilever SA la línea 143 Bandera Roja extiende de hecho su recorrido hasta la entrada a la mencionada planta.
Que los vecinos han expresado su interés de que esa extensión se mantenga durante todo el día y que los dos barrios aledaños se beneficiarían de una tal extensión permanente del recorrido de la línea en cuestión, más aun teniendo en cuenta que hay muchos niños que asisten a clases a
Que es necesario garantizar que los recorridos del transporte urbano de pasajeros se ajusten a las necesidades de los vecinos y que, en este caso en particular, además de ya realizarse de hecho en algunas frecuencias, la extensión supone solamente
Que la seguridad es actualmente un tema sumamente sensible, siendo prioritario evitar que los vecinos deban caminar largos trayectos desde y hacia sus hogares.
Que es atribución de este Cuerpo fijar los recorridos de las líneas de transporte en el Municipio, poniendo especial atención en las necesidades de los vecinos y peatones y que este Concejo Deliberante considera que la presente modificación del recorrido de la línea en cuestión redundará en beneficio de toda la comunidad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2106/2013
ART. 1º) Insértese la siguiente modificación al Anexo I “Diagrama de Recorridos del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros para Villa Gobernador Gálvez”, Ordenanza Nº 2061/2012:
Línea 143 Roja:
Ida: Desde Camino del Inmigrante y Puerta de Ingreso a Unilever SA por Camino del Inmigrante, Avda. San Martín, Chubut, Las Heras, Belgrano, Pasteur, Garibaldi, Mitre, Av. Filippini, Bv. San Diego, Rivadavia, Gral. López, Av. San Martín hacia Municipio de Rosario.
Vuelta: entrada al Municipio de Villa Gobernador Gálvez por Edison, Vélez Sarsfield, Rivadavia, Bv. San Diego, Av. Filippini, Ing. Mosconi, Pasteur, Belgrano, Las Heras, Chubut, Avda. San Martín, Camino del Inmigrante Puerta de Ingreso a Unilever SA.
ART. 2º) Se proceda a dar conocimiento a la empresa prestataria del servicio mencionado en el artículo precedente. El Departamento Ejecutivo Municipal garantizará a su turno la correcta implementación del nuevo recorrido.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de abril de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci