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Expte. Nº 6.153/17.

VISTO:

La Ley 2756.

La Ordenanza Nº 2448/17, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal eleva proyecto solicitando la modificación de la Ordenanza Nº 2448/17, aprobada por este Cuerpo en fecha 27 de abril de 2017.

Que en dicha Ordenanza, referida a la Declaración de utilidad pública del proyecto de pavimentación de calle Ecuador, y sujetos a expropiación una fracción de terreno, se ha omitido la transcripción y por consiguiente su aprobación del Art. 3º, por el cual se autoriza a la Dirección de Asuntos Legales a entablar la acción expropiatoria a que aluden los artículos anteriores de la mencionada norma, el cual se incluía en el proyecto original del Departamento Ejecutivo Municipal.

Que, asimismo, en dicho proyecto original remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, en su Art. 2º,  no se hace mención al marco normativo concerniente a la expropiación, error que se subsana en el proyecto que da origen al expediente de referencia.

Que en virtud a lo mencionado, es necesario proceder a la modificación de la Ordenanza Nº 2448/17.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.456/2017.

 

ART. 1º)  Modificase el Art. 2º de la Ordenanza Nº 2448/17, que quedará redactado de la siguiente manera: “Solicítese a la Legislatura Provincial de Santa Fe, autorización para la expropiación parcial de la fracción de terreno mencionada en el artículo anterior, en virtud de lo dispuesto por el Art. 15 de la Constitución Provincial y su concordante de la Ley Orgánica de  Municipalidades, y de la Ley 7534 el dictado de la norma legal correspondiente, donde se establezca que los trámites y gastos derivados de la expropiación son a cargo de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

ART. 2º) Agregase como Art. 3º de la Ordenanza Nº 2448/17 lo siguiente: “Autorizar a la Dirección de Asuntos Legales a entablar la acción expropiatoria a que se refieren los artículos anteriores”

ART.3º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

  

 

Publicado en 2017

Expte. Nº 6.121/17.

VISTO: 

Que en los últimos años el aumento de la demanda de transporte y del tránsito vial ha causado, particularmente en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, más congestión, demoras, accidentes y problemas ambientales.

Que en gran parte ese aumento considerable surge de un mayor acceso de automóviles y de vehículos de carga hacia sectores industriales de la ciudad.

Que el proyecto de pavimentación de calle Ecuador permitirá el acceso directo de los vehículos de carga desde la Ruta Provincial Nº 24 (Ruta a Cargill) hasta el sector industrial 15, comprendido por las calles Comandante Espora, San Luis y Bv. San Diego. Además del acceso directo al sector industrial 16 (Empresa Unilever) emplazado en Camino del Inmigrante e Irigoyen.

Que los beneficios socioeconómicos que producirá la concreción de este proyecto, incluyen la reducción de los costos de transporte, el mayor acceso a los mercados para los cultivos y productos locales, el acceso a nuevos centros de empleo y el fortalecimiento de las economías locales.

Que dicha obra favorecerá a descongestionar el tránsito vehicular en los sectores más poblados de la ciudad, como consecuencia de una considerable disminución de la circulación del transporte de carga por zonas urbanizadas.

Que los propietarios frentistas de las parcelas por donde atraviesa el proyecto se verán favorecidos por dichos accesos ya que redundará en un aumento del valor de dichas propiedades.

CONSIDERANDO:

Que la parcela denominada catastralmente como Sección 04 Polígono A Parcela 8/6 Catastro Nº 21110 propiedad del Sr. José Santos Cambiaso se encuentra emplazada sobre el eje de la traza de calle Ecuador.

Que la ubicación del  inmueble anteriormente mencionado representa un impedimento para la concreción del proyecto de apertura de una calle pública que comunique la calle Rio Paraná con la calle Comandante Espora, por lo que corresponde declarar de utilidad pública al mismo y sujeto a expropiación parcial a los lotes mencionados.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.448/2017.

ART.1º)  Declárese de utilidad pública el proyecto de pavimentación de calle Ecuador y sujetos a expropiación la fracción de terreno de 20 metros de ancho por 151,17 metros de largo en su lado Este y 150,43 metros de largo en  su lado Oeste, conformando una superficie total de 3.015,93 metros cuadrados, ubicada en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de Santa Fe, cuyas descripciones son las siguientes: Sección 04 Polígono A Parcela 8/6 Catastro Nº 21110 Partida Inmobiliaria 16-08-00344165/0006.

 

 ART.2º) Solicítese a la Legislatura Provincial de Santa Fe, autorización para la expropiación parcial de la fracción de terreno mencionada en el artículo anterior, en virtud de lo dispuesto por el Art. 15 de la Constitución Provincial y su concordante de la Ley Orgánica de  Municipalidades, y de la Ley 7534 el dictado de la norma legal correspondiente, donde se establezca que los trámites y gastos derivados de la expropiación son a cargo de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez. Texto según Ordenanza 2456/17

Texto anterior

ART.3º) Autorizar a la Dirección de Asuntos Legales a entablar la acción expropiatoria a que se refieren los artículos anterioresTexto según Ordenanza 2456/17

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  27 de abril de 2017  

 

Publicado en 2017