Mostrando artículos por etiqueta: 3 de febrero

Expte.  Nº  6.060/16.

VISTO: 

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que la Av. General Juan D. Perón, es una de las arterias más transitadas de la ciudad y esto hace peligroso el sector entre las calles Nogués y 3 de Febrero.

Que tampoco cuenta con semáforos que reduzcan la velocidad de los vehículos que transitan.

Que en la zona mencionada se encuentra una curva pronunciada, donde a la avenida  la hace más peligrosa.

Que ya se han registrado accidentes, en el lugar mencionado, varios  de ellos de suma gravedad.

Que el día viernes  17 de este mes, ocurrió un accidente grave de un motociclista, por esto los vecinos del sector  proponen colocar reductores del lugar.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 946/2016

ART.1º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal  para través de la secretaria de obras públicas y en  un plazo de 20 días hábiles,  coloque reductores de velocidad en la Av. General Juan D. Perón entre las calles 3 de Febrero  y Nogués.

ART.2º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 22  de diciembre de 2016.

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº 5.816/16.

VISTO:

Ley orgánica de municipalidades N° 2756
El rec
lamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en calle 3 de febrero, entre las arterias transversales 17 de Octubre y Av. General Juan Domingo Perón, se encuentra destruida y en pésimas condiciones por la falta total de mantenimiento, donde ya hay formaciones de baches de dimensiones importantes obstaculizando el tránsito y provocando peligro para los veculos, motos y bicicletas que transitan por ella.

Que el área mencionada en el primer párrafo, es transitada por colectivos del transporte público de pasajeros que circulan en ambos sentidos y en el mismo lugar existen diversas paradas de ómnibus y que este inconveniente puede provocar la clausura del paso de los ómnibus, de parte de la empresa, como ya ha pasado en otros lugares.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y que este punto en especial los vecinos no quieren esperar más, solo exigen resultados.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 873/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través del área que corresponda realice bacheos en la calle 3 de Febrero desde 17 de octubre hasta Avenida Juan Domingo Perón, la obra deberá realizarse en el término de 15 as hábiles.

ART. 2°)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  23 de junio  de 2016

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº 5.802/16.

VISTO:
La Ley Provincial de Tránsito Nº 11.583,
La Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial Nº 24.449,
La Ley Orgánica de Mun
icipalidades N 2756, y

CONSIDERANDO:

Que en el ordenamiento del tránsito las medidas de seguridad son fundamentales para evitar lesiones

mayores o consecuencias fatales en casos de accidente.

Que el guardarrail es una medida de seguridad pasiva que hace una sujeción completa del vehículo, evita que salga liberado hacia el otro lado de la calle y, lo que es más importante, absorbe parte de la energía del impacto. Gracias a todo ello las lesiones para los ocupantes se ven muy reducidas.

Que por cada peso invertido en estos sistemas la administración recupera entre 7 y 14 pesos en reducción de víctimas mortales y heridos y de daños ocasionados por estos siniestros.

Que este tipo de sistemas requiere un mantenimiento permanente. Una valla bien instalada puede durar muchos años, pero tras sufrir un choque u otro tipo de accidente tiene que ser reparada inmediatamente porque puede resultar más peligrosa en ese estado que si no estuviera.

Que en la Av. Juan Domingo Perón entre calles 3 de Febrero y Nogués existe un guardarraíl de Protección a raíz de la curva y del bajo nivel Nogués.

Que este guardarrail se observa deteriorado poniendo en riesgo a cualquier transeúnte que pase por el lugar, siendo esta zona altamente transitada y mal iluminada.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 870/2016

ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice los trabajos necesarios para la reparación del guardarrail instalado en Av. Juan Domingo Perón entre las calles 3 de Febrero y Nogués.

ART. 2º) El Departamento Ejecutivo Municipal contemplará la instalación de bandas refractarias para su identificacn y prevención en horario nocturno.

ART. 3°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  16 de junio  de 2016

Publicado en 2016

Expte.  Nº 5.754/16.

VISTO:

El Art. 4de La Constitución Nacional
La Const
itución Provincial Arts. 16°, 19º, 21 °, 28°, 109°

La Ley 10.000 de Protección de Intereses Difusos

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

Los vecinos de la Vecinal Talleres NORTE, denuncian la falta de limpieza de las bocas de tormentas de calle 3 de Febrero yl17 de Octubre, y

CONSIDERANDO:

Que dichas bocas de tormentas se encuentran obstruidas y durante las últimas precipitaciones los vecinos de la zona se encuentran con el agua en la puerta de sus domicilios.

Que se agrava cada vez más por falta de mantenimiento.

Que los vecinos son los que llevan la limpieza de dichas bocas de tormentas, con el peligro que esto implica en los días de lluvias.

Que con los efectos del niño, cada vez llueve más seguido y que los vecinos no saben cómo proteger sus domicilios de la inundación que se les aproxima.

Que los vecinos han presentado en varias oportunidades reclamos constantes sin obtener  resultados favorables del Municipio.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 843/2016

ART. 1°) Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal para que por medio de la Secretaría de Servicios Públicos, se proceda a la limpieza urgente de las bocas de tormenta ubicadas en calle 3 de Febrero y 17 de Octubre, para evitar el anegamiento de los vecinos, en sus domicilios en los días de precipitaciones.

ART. 2°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  5 de mayo  de 2016

Publicado en 2016

Expte.  Nº  5.532/15.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14,  24,  29,  62, Art. 41º Inc. 24 y 26 y Art. 44º.

Las Ordenanzas 2061/12 y sus modificaciones. Ordenanzas Nº 2081/12,  2106/13 y 2133/13.

Los Decretos Nº 427/12,  Nº 381/12,  Nº641/14

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que los vecinos de calle Santiago del Estero no han tenido respuestas a los arreglos en las calles.

Que las fundamentaciones del Decreto Nº 641/14, aprobado por unanimidad (3 de Junio de 2014) enunciaban claramente, “La peligrosidad en el tránsito, los olores desagradables, el estado de los cordones y cunetas, la falta de mantenimiento y destrucción en los sumideros, la falta de barrenderos” y también vaticinaba que las líneas de transporte público podían desviarse de sus recorridos, si no se ejecutaban las obras necesarias. La frase del último párrafo citaba: “Que es deber del municipio la reparación y el mantenimiento de las calles de la ciudad y que en este punto en especial, los vecinos no quieren esperar más sólo exigen resultados”.

Que los Artículos 1º,  2º,  4º y  5º  del Decreto mencionado en el párrafo anterior no se han cumplido.

Que como anticipaba el Decreto mencionado anteriormente las líneas de colectivo del transporte público desviaron su recorrido, causando problemas a los usuarios y también daños a las calles usadas alternativamente, que no estaban preparadas para tránsito de gran porte.

Que también es bueno recordar que en la Audiencia Pública llevada a cabo el 7 de Mayo del corriente año, el Secretario de Gobierno de la Municipalidad hizo un anuncio en forma pública prometiendo que: “En 30 días se pondrían en marcha las obras de bacheo de las calles Comandante Espora, Santiago del Estero, 17 de Octubre e Intendente Andreu”.

Que el espíritu de este Decreto es, el de promover la reparación y la puesta en condiciones de la calle Santiago del Estero como arteria principal, para que de esta forma retome el colectivo el recorrido programado en el sector, según Ordenanza Nº 2061/12 (Recorridos del Transporte Público).

Que es necesario también reparar las calles Alvear, Maipú y 3 de Febrero, calle aledaña a Santiago del Estero, que han sufrido daños a causa del tránsito alternativo de los coches del transporte público.

Que es necesario volver a hacer un reclamo, porque se han agotado todos los tiempos señalados y comprometidos por el mismo Departamento Ejecutivo Municipal, constituyendo esta situación una clara muestra de desidia y vergonzoso desinterés de la gestión actual.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 771/2015

ART.1º)  El Concejo Deliberante,  ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda en un plazo de 15 días hábiles, la reparación integral (Bacheo, reparación y desobstrucción de sumideros, colocación de brea en las uniones y arreglo de cordones cuneta) de la calle Santiago del Estero, entre las intersecciones de la Av. General Juan Domingo Perón y 17 de Octubre, y de la intersección de calle Fornieles y 17 de Octubre.

 

ART.2º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice inmediatamente,  una vez terminadas las obras de calle Santiago del Estero, las gestiones necesarias para retomar el recorrido en el sector, de las líneas de colectivos del transporte público según Ordenanza Nº2061/12 y sus modificaciones Ordenanzas Nº 2081/12, 2106/13 y 2133/13.

 

 ART.3º)El Concejo Deliberante, le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda incluya en el presupuesto para el año 2016 los fondos necesarios para la reparación de las calles Maipú, Alvear y 3 de Febrero.

 

ART.4º)El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal inspeccione al Taller ubicado en la intersección de calle Santiago del Estero y Pje. Baigorria y el posterior envío de las actuaciones al Concejo Deliberante en el plazo de 15 días hábiles.

ART.5º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   2  de julio  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015

Expte.  Nº  5.531/15.

VISTO:

La Ley  Nº 2.756 Artículo 39º;

El reclamo de los vecinos,  y

CONSIDERANDO:

Que en calle 3 de Febrero a la altura del 300 entre las calles Alvear y 17 de octubre la calzada se encuentra llena de baches.

Que por esa calle pasa el transporte público de pasajeros y al estar tan rota la calle los vecinos han decidido cortarla.

Que en días de lluvia los baches se llenan de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos de la zona.

Que es deber del Municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 770/2015

ART.1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a la reparación de todos los baches existentes en calle 3 de Febrero a la altura del 300 entre las calles Alvear y 17 de octubre.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   2  de julio  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015