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Expte. Nº 5.910/16

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39°.

Decreto N° 654/2014

Reclamos de vecinos, y

           

CONSIDERANDO:

Que en la calle Chile a la altura del 2000 en la esquina con calle Comandante Espora se encuentra en pésimas condiciones el estado del pavimento, en el cual se ha formado un bache de gran dimensión.

            Que por dicha arteria a diario circulan centenares de automóviles, sumado a dos líneas de ómnibus del transporte interurbano de pasajeros, las cuales tienen parada en esa esquina dificultándose el ascenso y descenso de pasajeros.

Que en días de lluvia el bache se llena de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos y del transporte interurbano de pasajeros, siendo este causal de posibles accidentes.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los vecinos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 903/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice la reparación del bache en calle Chile esq. Comandante Espora, ubicada dentro de la Sección Catastral N° 5.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de septiembre de 2016.

 

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº  5.581/15.

VISTO:

Ley Nº 2?56 Artículo 39º
Reclamos de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la calles Independencia y Chile a la altura del 1800 son arterias con poco uso por su deterioro.

Que el asfalto en estas calles sería importante para los vecinos.
Que en días de lluvia se llenan de agua y dificulta el libre tránsito.

Que en la zona se encuentra el Taller Protegido, que sería de vital importancia para la institución el mejorado de estas calles.

Que sería importante la carpeta asfáltica, porque son calles con acceso rápido a Comandante Espora y al centro de nuestra ciudad.

Que es deber del municipio el mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 789/2015

ART.1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, proceda a realizar trabajos de cordón cuneta y carpeta asfáltíca en calle Chile e Independencia a la altura del 1900 de ambas arterias.

ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   10  de septiembre  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015

Exptes.  Nº  5.502; 5.503; 5.504 y 5.505/15.

VISTO:

Ley Nº 2756 Artículo 39º;

Los reclamos de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en las calles Magallanes  altura del 2600- el 2700, Chile  al 2100;  Intendente Andreu altura 1500-1600 y Libertador al 1300 se encuentran i nnumerables baches.

Que los mismos se encuentran en calles muy transitadas, y producen daños a los vehículos que transitan por ese lugar.

Que en días de lluvia los baches se llenan de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos de la zona.

Que es deber del Municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 757/2015

ART.1º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda,  proceda a realizar trabajos de bacheo en las siguientes calles: Magallanes a la altura del 2600 hasta el 2700;  Chile  al 2100;  Intendente Andreu altura 1500-1600 y Libertador al 1300.

ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   14 de mayo  de 2015

 

 

Publicado en 2015

Expte. Nº 5.253/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo 39º Inciso 30;

Minuta de Comunicación Nº 1.770/10;

Minuta de Comunicación Nº 1.713/09 Reparación bache ubicado en Chile y 20 de Junio;

Decreto Nº 555/13 Reparación del bache ubicado en la intersección de J.M. Estrada y Jujuy;

Decreto Nº 609/14 Se dé cumplimiento al Decreto N° 555/13 ; y

CONSIDERANDO:

Que en las calles comprendidas dentro de la zona catastral nro. 5 se encuentran baches de diferentes dimensiones siendo algunos de tamaño considerable.

Que atravesarlos puede provocar daños materiales a los  vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial.

Que la intención de esquivarlos puede ocasionar hechos desafortunados poniendo en riesgo la integridad física de las personas que circulan por la zona.

Que dicha situación se agrava durante los días de lluvia por el pavimento roto, aumentando el riesgo de los peatones a la hora de cruzar la calzada debido a que  los baches se llenan de agua haciendo dificultoso calcular la profundidad de los mismos.

Que los motovehículos y bicicletas corren el mismo riesgo que los peatones agravándose por la velocidad superior que desarrollan.

Que los baches de mayor importancia se encuentran en la intersección de las calles Jujuy y Estrada –el cual ya ha sido objeto de decretos anteriores-, Chile al 2200 casi intersección con calle Estrada, Chile casi Comandante Espora y esta ultima en su intersección con calle Saavedra.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 654/2014

ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en las arterias ubicadas dentro de la Sección Catastral Nº 5 priorizando los ubicados en:

-               Chile a metros de calle Estrada

-                Chile a metros de calle Comandante Espora

-                Comandante Espora y Saavedra.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de julio de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014