Decr. 1004/17 Apertura paso a nivel calle Vélez Sarsfield
Expte. Nº 6.206/17.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El incremento del parque automotor, y
CONSIDERANDO:
Que atentos al crecimiento del parque automotor en nuestra ciudad, tanto el que circula internamente, como los que ocasionalmente nos visitan producen un flujo importante de tránsito que diariamente debemos controlar y encausar para que dinámicamente sea un tráfico ágil y seguro.
Que en el circuito urbano se encuentran presentes grandes extensiones de cuerpos férreos que por sus conformaciones dividen a la urbe, con muy pocos pasos a niveles por lo que se intensifica el tránsito en los existentes principalmente en las horas picos.
Que en muchos sectores de la ciudad se hace necesaria la implementación de nuevos pasos a niveles para poder de esa manera descongestionar los escasos pasos reinantes.
Que al este del sector catastral número 8 se encuentra el tramo del ferrocarril del NCA, donde visualizamos solo dos cruces, el de Avenida San Martín y calle Mitre, y el bajo nivel Nogués.
Que en las inmediaciones del lugar descripto se encuentran dos instituciones educativas con gran afluencia de niñas, niños y jóvenes. Que estos se dirigen a las casas de estudios de diferentes maneras, pero en la mayoría de los casos lo hacen de forma particular con automóviles conducidos por sus padres o mayores a cargo.
Que la calle Sthepenson en su tramo correspondiente entre la calle Vélez Sarsfield y el bajo nivel Nogués es de único sentido de circulación, suroeste – noreste, por lo que imposibilita que automotores que toman por el bajo nivel puedan dirigirse directamente a través de Sthepenson hacia el sector catastral ya mencionado.
Que la maniobra que obligatoriamente deben realizar es por medio de avenida Circunvalación hacia el oeste, tomar Avenida San Martín hacia el Sur y a través de esta última llegar a la zona en cuestión.
Que se han gestionado nuevos cruces a niveles, y uno que principalmente actuaría directamente para solucionar esta problemática es el de Juan Domingo Perón y Garay que comunicaría con el sector de Sthepenson y Libertad, aun sin avances en la implementación del mismo.
Que haciendo observaciones detectamos que en el trayecto del ferrocarril detallado a la altura de la calle Vélez Sarsfield un espacio factible para la construcción de un paso a nivel que comunique a esta arteria mencionada con la calle interna de la plaza del ferroviario existente en Juan Domingo Perón al 900.
Que para mayor visualización del espacio en cuestión adjuntamos imagen satelital del lugar.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.004/2017
ART.1º) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los estudios de factibilidad pertinentes para la construcción de un paso a nivel sobre las vías del NCA que comunique la calle Vélez Sarsfield con la calle interna de la plaza del Ferroviario.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de julio de 2017
Decr. 952/17 Apertura de pasos ferroviarios
Expte. Nº 6.090/17.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 art. 39° inciso 34;
La Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09 Apertura arteria cruce NCA desde Libertad a Garay;
El Decreto Nro. 396/12 informe sobre las gestiones para la obra de un paso a bajo nivel en calle Garay;
El Decreto N° 607/2014 Apertura paso a nivel Garay;
El Decreto N° 631/2014 Paso a nivel Entre Ríos continuidad con Soldado Aguirre; y
CONSIDERANDO:
Que nuestra ciudad, como la mayoría de las que se han fundado en el Siglo XIX, fue creciendo en torno a las vías del ferrocarril que fue el factor de unidad en un país de vastos territorios, cuyos centros de población y producción se encontraban aislados por enormes extensiones desiertas.
Que como se enumera en los Vistos, se han realizado numerosas gestiones para lograr la apertura de distintos pasos ferroviarios que posibiliten el mejoramiento del tránsito en los puntos neurálgicos de nuestra - ciudad para lograr mejores conectividad y transitabilidad de las arterias más utilizadas.
Que es fundamental asegurar como política de estado, más allá de los gobiernos de turno, la apertura de nuevas vías de comunicación que permitan el crecimiento logístico que acompañe el desarrollo social, comercial e industrial.
Que en el ámbito de la construcción se han realizado avances que abren nuevos horizontes para la realización de obras públicas a menor costo, menor tiempo y mayor eficiencia, como anexamos en este proyecto como propuesta para implementar en un futuro paso a bajo nivel sobre el Ferrocarril NCA a la altura de calle Entre Ríos en la Sección 7 y Soldado Aguirre en la Sección 10.
La realización de nuevos pasos bajo o a nivel, tiene como objetivo principal mejorar la seguridad vial en las intersecciones del tránsito vial con el ferroviario y permeabilizar la barrera urbanística que genera el emplazamiento del ferrocarril en la Ciudad para agilizar el tránsito y disminuir los tiempos de viaje.
Que estas obras encierran una serie de trabajos complementarios que tienden a ir más allá de un mero proyecto vial, convirtiendo a cada una de estas iniciativas en una intervención urbanística, que genera una importante puesta en valor en el área de influencia.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 952/2017
ART.1°) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal retome las gestiones enumeradas en los Vistos para concretar pasos ferroviarios que faciliten el flujo vehicular en los puntos más transitados del ejido urbano.
ART.2°) Infórmese al Concejo Deliberante las distintas gestiones que se lleven a cabo de acuerdo a lo solicitado en el artículo anterior.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de abril de 2017
Min. 2055/13 Regularización inmueble ubicado en la intersección de las calles Garay y J.B.Justo
Expte. Nº 4.999/13.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756 arts. 17º; 21º incs.a, b, c y e; 39º incs. 14, 27 y 62; 41º incs. 7 y 24; El Código Municipal de Faltas (Ord. 490/89) Arts. 90, 94, 135, 139; el pedido de los vecinos que viven o transitan por el lugar,
El Decreto Nº 400/12, Expte. Nº 4531/12, y
CONSIDERANDO:
Que en la intersección de las calles Garay y J.B.Justo, lindante con la Comisaría N° 29 de nuestra ciudad, se encuentra un inmueble de edificación sin terminar, desde hace décadas.
Que en los últimos meses se han destruido los ingresos al mismo, observándose vidrios rotos, destrucción en su interior y ningún tipo de iluminación.
Que los vecinos han manifestado que en distintos horario ingresan y egresan personas desconocidas por motivos que se desconocen.
Que en Septiembre de 2012 se aprobó el Decreto Nº 400/12 solicitando la inspección del inmueble y la remisión de un informe a este Cuerpo.
Que ante el estado manifestado en los puntos anteriores constituye un serio peligro para las personas que transitan por el lugar y los vecinos de la zona.
Que sería de necesidad urgente realizar el vallado total correspondiente de dicha propiedad con el fin de dar segundad a la zona, eliminar el aspecto de abandono.
Que los propietarios del inmueble tienen obligaciones impuestas por la convivencia y la relación de vecindad, la buena fe y las buenas costumbres.
Que el Art. 39 Inc. 14 de la Ley 2756 faculta al Concejo Municipal a dictar ordenanzas sobre higiene, moralidad, ornato, vialidad y sobre los demás objetos propios a la institución municipal y el inc. 62 a adoptar en general, todas las medidas que tiendan a asegurar la salud y el bienestar de la población.
Que es atribución del Intendente Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de la población (Art. 41 inc. 24 Ley 2756) pudiendo utilizar las herramientas legales atribuidas por el Inc. 7 del Art. 41 de la Ley 2756.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2055/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área que corresponda, realice las gestiones pertinentes ante los dueños de la edificación situada en la intersección de las calles Garay y Juan B. Justo esquina sur-este para normalizar la situación planteada en los considerandos.
ART.2) Pasados los 60 días de la notificación ante él o los propietarios en cuestión, facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a implementar las medidas legales necesarias para hacer efectiva la regularización del estado del inmueble, incluída la expropiación por causa de utilidad pública.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva