Decr. 866/16 Diferentes trabajos de obras y servicios públicos en Sección Catastral Nº 10
Expte. Nº 5.795/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que es fundamental dar lugar al reclamo de los vecinos de Pasaje 2, altura 1 600-1 700 entre las calles Oppici y Filippini, presentado por nota que se adjunta.
Que en la cortada Pasaje 2 entre Filippini e Iriondo se encuentra el Jardín de Infantes Provincial" Juanito Laguna" Nº 244 donde los pequeños soportan a través de los ventanales, los olores nauseabundos, la proliferación de bacterias, larvas de mosquitos producto del agua estancada de las zanjas, afectando la salud de alumnos y viviendas aledañas.
Que la cortada está en pésimas condiciones, muy transitadas por motos y autos que la usan como atajo, para evitar semáforos agudizando la situación de peligro de los transeúntes.
Que en los días de lluvias y los sucesivos, los niños no pueden asistir al jardín por lo intransitable de la cortada
Que usan al Pje 2, los vecinos y los carros como depósitos de basura, podas de árboles, yuyos formando micro-basurales crónicos.
Que los vecinos manifiestan la ausencia total del Departamento Ejecutivo Municipal ante esta gravísima problemática.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 866/2016
ART.lº) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal realice en un término de 5 días hábiles, la limpieza y eliminación de los rnicros- basurales en la esquina de Iriondo y Pasaje 2.
ART.2º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal realice las obras de cordón cuneta, nivelado y estabilizado sobre Pasaje 2, entre las alturas 1600-1700.
ART.3º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal coloque contenedor de basura en la esquina del Jardín de Infantes Provincial Juanito Laguna Nº 244 ubicado en Pasaje 2 e Iriondo.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de junio de 2016
Decr. 686/14 finalización del cordón cuneta de Pasaje 4 entre calles Bomberos Voluntarios y Oppici
Expte. Nº 5.319/14.
VISTO:
La Ley 2756.
Las obras de cordón cuneta sin finalizar en la vereda par del Pasaje 4 entre las calles Bomberos Voluntarios y Oppici, y
CONSIDERANDO:
En el año 2011, por iniciativa de los vecinos, fueron realizadas obras de cordón cuneta solamente en la vereda impar del Pasaje 4 entre las calles Bomberos Voluntarios y Oppici.
Los vecinos de la cuadra antedicha manifiestan haber abonado parte del costo para la realización de la obra completa, sin embargo no fueron realizadas en la vereda par.
A su vez, la calle ha quedado a un nivel tal que genera que el agua de lluvia se acumule sobre la vereda par e ingrese a los hogares, viéndose obligados los vecinos y vecinas a realizar pequeñas canaletas que cruzan transversalmente la calle para el desagote de la misma.
Además, se verifica que aunque existe alumbrado público sobre la calle Bomberos Voluntarios a metros de la intersección con el Pasaje 4, esta es insuficiente y el reclamo de los vecinos y vecinas está dirigido a que se mejore la iluminación, para también ayudar a evitar situaciones de inseguridad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 686/2014
ART.1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, incorpore en el plan de obras públicas del presente año la finalización del cordón cuneta sobre la vereda par del Pasaje 4 entre calles Bomberos Voluntarios y Oppici.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, en un plazo no mayor a 30 días a partir de la aprobación del presente, instale nuevas luminarias en el Pasaje 4 en su intersección con calle Bomberos Voluntarios.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 4 de septiembre de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 553/13 Trabajos de obras públicas en Plaza “San Martín”
Expte. Nº 4.997/13.
Visto:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;
La Minuta de Comunicación Nro. 2006/2013;
Los reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
Considerando:
Que la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi se encuentra en pésimas condiciones.
Que la misma es un espacio de esparcimiento para niños y adultos.
Que es un lugar de concurrencia masiva por la cercanía de tres escuelas –Escuela Nro. 132 Asamblea del Año XIII, Escuela Técnica Nro. 8.235 Ingeniero Gomara y Escuela Primaria Nro. 1.315 Cooperación.
Que frente a la Plaza se encuentra la municipalidad y la Iglesia Santa María de los Ángeles.
Que en la zona funcionan varios negocios de diversos rubros.
Que en la plaza se encuentran caños de hierro cortados ocultos entre el pasto, los cuales al no ser advertidos pueden ocasionar accidentes, lesiones de considerable riesgo e incluso pueden ser letales en los niños que frecuentan el lugar.
Que las columnas de alumbrado tienen los cables a la vista ya que carecen de las tapas que los cubran. La única medida de seguridad de dichos cables son las cintas adhesivas que los separan.
Que algunos armazones carecen de su correspondiente recipiente de residuos.
Que los árboles están añejos, en riesgo de caerse, y que podrían provocar serios daños materiales en los vehículos estacionados en las dársenas. Que incluso tendríamos que lamentar víctimas fatales si cayera sobre alguna persona.
Que los juegos necesitan mantenimiento, restauración de hamacas, pintura y medidas de seguridad.
Que dichos juegos no pueden ser usados durante varios días luego de periodos de lluvias ya que en el lugar el agua permanece estancada.
Que las rampas utilizadas por las personas de movilidad reducida se encuentran en deplorables condiciones, dificultando su acceso a la plaza.
Que hubo reiterados reclamos a través de los medios gráficos locales sobre las condiciones de la Plaza San Martín.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la seguridad de los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 553/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda:
ü proceda a retirar los caños cortados que se encuentran en distintos puntos de la Plaza San Martín ubicada en la manzana comprendida por las calles Bomberos Voluntarios, Av. Mitre, Pedro Oppici e Ing. Mosconi.
ü coloque las correspondientes tapas a las columnas de alumbrado público ubicados en los laterales de los caminos que atraviesan la Plaza San Martín.
ü restaure la columna de alumbrado público faltante en la Plaza San Martín.
ü reponga los cestos de residuos en sus correspondientes armazones en la Plaza San Martín.
ü proceda a reacondicionar los juegos ubicados en la Plaza San Martín.
ü reconstruya las rampas de acceso para la personas con movilidad reducida en la Plaza San Martín.
ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nro. 2006/2013 aprobada en marzo del corriente año, en la que se solicitaba el reemplazo de los árboles añejos por otros más jóvenes en Plaza San Martín.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva