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Expte. Nº  6.152/17.

VISTO:

La Ley N° 2756

Reclamo de Vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que el Bv. San Diego entre la Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis, se hace casi imposible poder cruzarlo, debido al gran caudal de tráfico que se genera a diario y por no poseer la señalización correspondiente que le facilite al peatón poder circular hacia la vereda contraria de manera no dificultosa.

Que en dicho bulevar se encuentran establecimientos educativos tanto de nivel primario como secundario, sumado a los clubes infantiles de la zona, los cuales poseen gran convocatoria en distintas horas del día.

Que esto complica a un más la circulación sobre la arteria potenciando constantemente la generación de accidentes, poniendo en riesgo y en peligro la integración física de cada persona que transita en la zona.

Que sería una solución la construcción de un cantero central en el Bv. San Diego, señalizando bajo todas las normativas de transito correspondientes cada esquina para facilitar el cruce de la misma.

Que cotidianamente en esta arteria, la cual es una de las principales de nuestra ciudad debido a su tráfico vehicular, se observan numerosos accidentes por la falta de señalización en cada una de sus intersecciones comprendidas desde Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 984/2017

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria de Obras Publicas realice un estudio de factibilidad para la construcción de un cantero central en el Bv. San Diego entre las intersecciones con la Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis.

 

ART. 2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la secretaria de Obras Publicas proceda a señalizar de manera correspondiente las sendas peatonales en cada esquina del Bv. San Diego entre la Av. Juan Domingo Perón y calle San Luis.

ART.3º)  El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría de  Obras Públicas proceda a colocar sobre el Bv. San Diego entre Av. Gral. J. D. Perón y San Luis:

  1. a) Reductores de velocidad en cada esquina.
  2. b) Luminaria correspondiente en el cantero central.
  3. c) Semáforos en la esquina de calle Alvear.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

 

Publicado en 2017

Expte. Nº 5.989/16

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39º.

El reclamo de vecinos, y

           

CONSIDERANDO:

Que en Av. De la Ribera en toda su extensión, comprendida desde calle Lavalle hasta Bv. San Diego, se encuentra en pésimas condiciones el funcionamiento de la luminaria, ya que no cuenta con el mantenimiento necesario.

Que la no reposición debida de la luminaria genera total oscuridad en varias partes de nuestro populoso barrio “La Ribera”.

Que en horas nocturnas al poseer iluminación deficiente, la oscuridad favorece la concreción de delitos, generando temor en los vecinos y a visitantes de dicho barrio.

Que vecinas y vecinos del barrio solicitan el acondicionamiento e iluminación de la avenida mencionada, en la que además se encuentra un playón deportivo, donde los chicos utilizan el espacio como lugar de esparcimiento y recreación durante todo el día.

Que es necesario que dichas luminarias se reparen a la brevedad, ya que es de sabio conocimiento lo importante que es una iluminación acorde para garantizar la seguridad vial y así evitar posibles siniestros.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 929/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la Secretaría que corresponda, realice el reclamo correspondiente ante la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda. Encargada del mantenimiento del alumbrado público, para el mantenimiento y reposición de las luminarias faltantes en la Av. De la Ribera en toda su extensión, desde calle  Lavalle hasta Av. San Diego.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  17 de noviembre de 2016.

 

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº 5.920/16.

VISTO:

La ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756, Art. 39º Incs. 14, 24, 29, 62; Art. 41º Incs. 24 y 26; Art. 44º.

El estado de la calzada de hormigón de la calle Opicci entre General López y San Diego.

El reclamo de vecinos que viven o transitan por el lugar, y

CONSIDERANDO:

Que calle Opicci es un acceso a nuestra ciudad por zona norte, alternativo a Av. San Martín que permite desconcentrar el tránsito de aquellos automovilistas que necesitan dirigirse a la zona sur y oeste de la ciudad.

Que esta calle es una vía directa a edificios públicos y privados de mucho movimiento de persona como lo son el edificio municipal, la Cooperativa Integral, el Policlínico y las Escuelas Nº 132 y 8235,

Que observamos que su calzada se encuentra sumamente deteriorada en el trayecto de la misma que se encuentra entre las calles General López y Bv. San Diego, con el pavimento hundido, agrietado y poseado, haciéndose difícil y peligrosa la circulación.

Que producto de la existencia de plantas de gran porte, la calzada sufre un levantamiento de su nivel original debido a la acción de las raíces que generan desniveles que comprometen la conducción segura.

Que se acumula agua servida impidiendo a los conductores prever la profundidad de los baches o visualizar la base por donde circular sin riesgos para las personas y los vehículos.

Que de no actuar rápidamente sobre el problema descripto se desencadenaría una rotura total de la calle, impidiéndose de esta manera el tránsito por la zona.

Que es deber del municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidentes en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 898/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos realice los trabajos de reparación y nivelación de la calzada de la calle Opicci entre calles Gral. López y San Diego.

ART. 2°) Envíese personal del Área Parques y Paseos para estudiar e inspeccionar la situación de los árboles de esta zona para evitar nuevos perjuicios para las personas y el transito seguro.

ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  22 de septiembre  de 2016

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº  5.764/16.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El reclamo de la Comunidad Educativa del Colegio Teodelina Fernández de  Alvear, y

CONSIDERANDO:

Que la Comunidad Educativa del Colegio Teodelina Fernández de Alvear: alumnos, padres, docentes, cuerpo directivo, cooperadores, demás autoridades y vecinos  manifiestan las complicaciones de tránsito en los horarios picos de entradas y salidas de los alumnos de los tres niveles educativos.

Que sería imprescindible la construcción de dársenas que atemperaría los problemas viales preservando la línea del arbolado, manteniendo la forestación, respetando las veredas de manera de no perjudicar a los peatones.

Que en una ciudad que tiene un parque automotor saturado de vehículos, la dársena de estacionamiento sería una solución, en casos puntuales,  para el problema del tránsito, el estacionamiento vehicular y la protección al transeúnte.

Que las dársenas contribuirán a optimizar la circulación de vehículos, evitando el roce entre ellos, disminuyendo el riesgo de accidentes.

Que se neutralizarían parte de los graves problemas de tránsito ciudadano: doble y triple filas frente al colegio, evitando el congestionamiento vehicular causante de innumerables inconvenientes.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 847/2016

ART. 1°)  El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda realice dársenas de estacionamiento a 45º en la Plaza Cooperación, comprendidas en:

-Bv. San Diego desde Álvarez Thomas hasta el final de la plaza.

- Álvarez Thomas desde Bv. San Diego hasta Jean Jaures.

- Jean Jaures desde Álvarez Thomas hasta el final de la plaza.

Instálese señalización de las áreas perimetrales de las dársenas incluyendo espacios exclusivos para discapacitados.

ART. 2°) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar la obra mencionada en el Art. 1º con fondos públicos o con donaciones recibidas por parte de privados.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  12 de mayo  de 2016

Publicado en 2016

Expte.  Nº 5.703/16.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

La Ordenanza Nº 1.093/95

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que deben mejorarse las condiciones de sanidad de los pobladores de la zona de la ribera.

Que los desagües permitirán las mejoras del sistema ambiental logrando mayor beneficio al ecosistema de la Ribera permitiendo un mayor rendimiento y conservación del lugar.

Que debe promoverse y maximizarse la captación y filtración del agua para impedir la repetición de inundaciones.

Que la zona en cuestión fue declarada como Reserva Ecológica y Área Protegida del Parque Regional

Sur Ordenanza Nº 1093/95, debiendo evitarse los impactos ambientales en los cuales la falta de desagües disminuye la calidad del agua por el arrastre de los contaminantes.

Que es necesario que el municipio verifique los estudios pluviales, planimetría, cálculo y costo de la obra, logística de estructuras, caudales, entendiendo futuros anegamientos en la zona.

Que tal como lo establece el articulado precedente, la inversión podría deducirse del Fondo Especial de  Aliviadores y Desagües.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 844/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal a ejecutar los desagües de Av. De la Ribera desde Bv. San Diego hasta calle Lavalle.

ART. 2°) Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal a gestionar los fondos para la obra mencionada en el Art. 1º ante el Gobierno Nacional y  Provincial, o a su defecto  deduciendo el financiamiento del Fondo Especial de Aliviadores y Desagües.

ART. 3°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  5 de mayo  de 2016

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº  5.691/16.

VISTO:

La Ley  Orgánica de Municipalidades N° 2756.

La Declaración N° 236/12 y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario restaurar los murales declarados de interés cultural por ser  testimonio histórico cultural.

Que son emblemas significativos que nos identifican el arte pictórico de los murales son

expresiones sensibles a nuestra historia.

Que próximo a los actos del 24 de Marzo y 2 de Abril muestran la necesidad de restauración.

Que a 40 años del golpe genocida del 24/03/76 las luchas siguen en pie
Que las banderas que levantaron los desaparecidos flamean tan alto como entonces.

Que es necesario mantener vigente el recuerdo de aquellos hombres que dieron la vida por sus ideales: los Caídos y Veteranos de Malvinas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 816/2016

ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Deparamento Ejecutivo Municipal restaure los murales de:

A-La Plaza de la Memoria ubicada el Bv. San Diego y Av. General  Juan D. Perón.

B-La Plaza Héroes de Malvinas ubicada calles Urquiza y  Santa María de Oro.

C-La medianera de sede parroquial  Santa María de los Ángeles Mosconi 1585.

ART. 2°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   31 de marzo de 2016

 

 

Publicado en 2016

Expte.  Nº  5.607/15.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, Art. 39º.

Reclamos de padres y docentes, Escuela  N° 1243  José Pedroni, y

CONSIDERANDO:

Que en calle San Diego al 300 se encuentra la Escuela N° 1243 “José Pedroni”.  

Que es una zona de gran circulación vehicular, que transitan camiones de ganados, transporte de pasajeros  y otros vehículos que afectan el cruce de los alumnos y padres.

Que es zona de gran población de alumnos en turno de mañana y de tarde que afectan el funcionamiento de los alumnos en la entrada y salida de los mismos.

Que sobre las arterias de Bv. San Diego y/o 17 de Octubre, circulan las líneas de transporte de pasajeros 35/9 Verde y 142 Rojo, debido a su recorrido no pueden ascender y descender pasajeros en la esquina de ambas arterias, por tal motivo solicitan con urgencia especialmente durante la mañana la presencia de algún móvil policial por la gran inseguridad de la zona.

Que no se encuentran marcadas las sendas peatonales en las esquinas de Bv. San Diego y 17 de Octubre, como así también los semáforos no funcionan desde hace varios meses.

Que los padres y docentes solicitan la presencia de los inspectores de transito a los efectos de controlar el transito en los horarios pico del establecimiento educativo, como así también se proceda a concientizar a los padres como deben traer y retirar a sus hijos de la escuela.

Que sería aplicar el límite del frente de la escuela pintando el cordón con pintura reflectaría de color amarillo para mejor funcionamiento de los transportes escolares.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 796/2015

ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, procedan a realizar las siguientes obras.

  1. Colocar vallas de contención en el frente de la Escuela N° 1243 “José Pedroni”, ubicado en   Bv. San Diego 329 de nuestra ciudad.
  2. Colocar reductores de velocidad en la cuadra de Bv. San Diego a la altura del 300, frente al establecimiento educativo.
  3. Pintar el cordón dentro del límite del frente de la escuela de color amarillo, con pintura reflectaría, para mejor funcionamiento de los transporte escolares.
  4. Marcar las sendas peatonales de la esquina de calle Bv. San Diego y 17 de Octubre y reparar los semáforos de la mencionada esquina que hace varios meses que no funcionan.
  5. Solicitar la presencia de inspectores de transito, a fin de ordenar y controlar los vehículos  mal estacionados en los horarios de entradas y salida de los alumnos frente al establecimiento educativo.
  6. Ver las posibilidades de la secretaria que corresponda para que realicen cursos de concientización a los padres sobre la entrada y salida de los alumnos y cruce de calles.

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   8 de octubre  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015

Expte.  Nº  5.485/15.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que una intersección de significativa importancia como la de calle 17 de Octubre y Bv. San Diego no puede carecer de semáforos que regulen el paso, ya que es sumamente transitada durante todo el día.

Que en la zona funciona la Escuela Nº 1243 “José Pedroni”, Escuela Nº 1148 “M.M. de Güemes” y la Escuela Técnica Nº 485 “Vice comodoro Marambio”, negocios de distintos rubros y por tal motivo en horas del ingreso y egreso de los alumnos es imposible transitar.

Que en dichas arterias el caudal de transito es importante y que, por lo tanto, es imprescindible la reparación de los semáforos de manera urgente, ya que día a día aumenta el riesgo de siniestralidad.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, velar por la seguridad y garantizar la protección integral de cada ciudadano.

Que la calle 17 de Octubre es una arteria muy transitada, particularmente por unidades del Transporte Público de Pasajeros, ocasionando inconvenientes a las personas transeúntes.

Que los semáforos intermitente en horas de mayor tránsito, empeora las condiciones de transitabilidad, aumentando el riesgo de padecer algún siniestro.

Que el tránsito en la zona ha crecido considerablemente en los últimos cinco años.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 751/2015

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige  al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda proceda a la URGENTE reparación del semáforo ubicado en la calle 17 de Octubre y Bv. San Diego.

ART.2º) Que hasta tanto se produzca la correspondiente reparación la Dirección de Tránsito disponga la afectación de personal de dicha repartición en los horarios de entrada y salida de alumnos y personal docente que asisten a los diferentes establecimientos educativos de la zona.

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   30 de abril  de 2015

 

 

 

Publicado en 2015

Expte. Nº 5.398/14.

Visto:

Constitución Nacional Articulo 41º;

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Artículo 39º Iincisos 14, 52 y 53;

Ordenanza Nº 1312/98Fondo Especial Obras de Aliviadores y Emisarios;

Ordenanza Nº 1591/04 Creación Fondo Especial para financiar obras, emisarios y trabajos de reparaciones

Decreto Nº 434/12 Reponer la tapa del sumidero ubicado en Av. Soldado Aguirre al 2500; Decreto Nº 499/13 Reposición de rejillas de sumideros en Soldado Aguirre intersección San Nicolás y Buenos Aires y Filippini esquina Pasaje 4; Decreto Nº 507/13 Reposición tapa de la cámara de desagüe de Soldado Aguirre a la altura del 2200; Decreto Nº 534/13 Se dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nº 1912/12 reparación sumidero ubicado en Fornieles e Int. Andréu; Decreto Nº 539/13 Construcción o reposición de las tapas de los sumideros sobre calle San Nicolás desde Soldado Aguirre hasta Temporelli; Decreto Nº 594/14 Pedido de informe sobre cuentas deFON.DE.PRO, Fondo de Obras de Gas; Fondo Especial Aliviadores y Emisario y F.A.E. Decreto Nº  611/14 Reparación de sumidero en Filippini y Guido y Spano y se dé cumplimiento de diversos Decretos y Minutas de Comunicación.

Decreto Nº 665/14 Reparación sumidero ubicado en Urquiza intersección Mosconi y se dé cumplimiento a los Decretos 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 611/14 y las Minutas Nº 1912/12 y 2013/13

Minuta de Comunicación Nº 1912/12 Reparación y limpieza sumidero Int. Andréu y Fornieles;

            Minuta de Comunicación Nº 2013/13 Colocación Tapas del Emisario de Marcos Paz al 2100 y 2200 y su intersección con Levalle y Pasaje 3;

Reclamos de los vecinos y;

Considerando:

Que en las intersecciones de Av. Filippini con Av. San Diego y en Sáenz Peña y Opicci se encuentran dos sumideros que carecen de sus correspondientes tapas, sumado a ello, están ocultos entre la maleza.

Que en el lugar habitan y transitan diariamente importante cantidad de personas ya que en la proximidad de la zona funcionan dos jardines de infantes, un Centro Médico, fábricas y negocios de distintos rubros.

Que la zona se torna peligrosa principalmente para los niños, personas de avanzada edad que caminan por el lugar debido a que no son advertidos por la presencia de la maleza sobre la vereda.

Que los emisarios al no tener sus correspondientes tapas son fuente de contaminación y proliferación de insectos que pueden afectar la salud de los vecinos.

Que la Constitución Nacional en su artículo nro. 41 establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.

Que, a su vez, en días de lluvia estos sumideros suelen desbordar siendo imposible advertirlos.

Que este Cuerpo ha aprobado innumerables proyectos destinados a la reposición de las tapas, limpieza y desinfección de los sumideros y que aun dichas obras no se han cumplido.

Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal buscar soluciones sólidas y permanentes, siendo que además cuenta con las herramientas para hacerlo ya que existe, desde 1998,un Fondo Especial Obras de Aliviadores y Emisarioscreado bajo la Ordenanza Nro. 1312, el cual recibe unaporte adicional del 20%  por cada contribuyente de la Tasa General  de Inmuebles, aplicado sobre la tasa de servicios.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 719/2014

ART. 1º)Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal la reparación de los sumideros ubicados en las intersecciones de Av. Filippini con Av. San Diego y en Sáenz Peña y Opicci, en un plazo no mayor a los cinco días hábiles de aprobado el presente decreto.

ART. 2º)El Concejo Deliberante reitera el pedido ante el Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento a los Decretos Nº 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 611/14, 665/14 y a las Minutas de Comunicación Nº  1912/12 y 2013/13.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  13 de noviembre de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Facundo Iván Sarria

Publicado en 2014