Mostrando artículos por etiqueta: d64814

Expte. Nº 5.245/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Ley 2756, Art.39º inc. 52.

El reclamo de los vecinos de la Sección Catastral 9 y 10, y

CONSIDERANDO:

Que la taza municipal hace referencia al alumbrado, barrido y limpieza.

Que en la Sección Catastral 9, delimitada por Bv.San Diego, Av. San Martin, Bordabehere y Av. Filippini, los vecinos demandan personal de limpieza donde, aseguran que anteriormente pasaban haciendo su trabajo de barrido diario.

Que es deber del área de obras y servicios públicos garantizar dicho trabajo en el lugar mencionado en el párrafo anterior.

Que este Concejo aprobó el 27 de marzo del 2014, un pedido de informe del personal de planta permanente, pidiendo sus funciones, el decreto 580/14, el cual no fue contestado por el Departamento Ejecutivo Municipal, donde podríamos estudiar  y designar con claridad el personal requerido en este Decreto.

Que teniendo en cuenta la emergencia económica el proyecto  no generaría gastos extras al municipio siendo que el personal ya lo tiene.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 648/2014

ART.1º) El Concejo Deliberante, ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través  de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, designe barrenderos permanentes para la Sección Catastral 9 y 10, en las calles Bv. San Diego, J. Jaures, Libertad, Guido Spano, Santa María de Oro, Balcarce, Av. Mitre, Mosconi, Levalle, Bordabehere desde el Este, Av. San Martin hasta el Oeste Av. Filippini  y las intercesiones Av. San Martin, Avellaneda, Urquiza, Bombero Voluntario, Oppici, Iriondo, Av. Fillippini desde el Norte Bv. San Diego hasta el Sur con la calle  Bordabehere.

ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de julio de 2014

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014