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Expte. Nº 5.277/14.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º;

El estado de la calle Bomberos Voluntarios a la altura del 2.600 y;

CONSIDERANDO:

Que la calle Bomberos Voluntarios a la altura del 2.600 entre Av. Juan D. Perón y vías de ferrocarril no se encuentra en condiciones de ser transitada.

Que es de imperiosa necesidad que se realicen obras de mejorado de la arteria mencionada.

Que las viviendas son de condición humilde, las cuales padecen el ingreso de agua debido a que carecen de desagües, empeorando la situación en los días de lluvia.

Que, estas viviendas, están ubicadas en una depresión artificial producto de las vías del ferrocarril, por lo tanto, se estanca el agua formando un gran charco que impide la circulación de vehículos, cualquiera sea su porte.

Que estas condiciones favorecen la proliferación de distintos tipos de alimañas poniendo en riesgo la salud de sus vecinos, principalmente, niños.

Que para favorecer la fluidez del agua es necesario que se abran canales conductores del líquido, comúnmente llamados, zanjas y la colocación de caños de desagües cruza calles.

Que los niños deben atravesar esa calle para poder asistir a sus escuelas y los adultos para ir a trabajar.

Que, además, indispensable la construcción de veredas para permitir el paso peatonal y evitar así transitar por las calles.

Que es necesario que el Departamento Ejecutivo Municipal se haga cargo de esta situación e intervenga en su inmediata solución para brindarle una mejor calidad de vida a los vecinos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 671/2014

ART. 1º)El Concejo Deliberante se dirige al Departamento EjecutivoMunicipal para que, a través de la secretaria que corresponda, realice obras de:

a)   Nivelado, estabilizado y mejorado de la calle Bomberos Voluntarios a la altura del 2.600 entre Av. Juan D. Perón y vías de ferrocarril;

b)   La apertura de zanjas que permitan la fluidez del agua con los correspondientes caños cruza calles en las esquinas y;

c)   La construcción de veredas para el paso peatonal.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de agosto de 2014

Presidente: Raúl Avelino Martínez
Secretaria: Roberto Leiva

Publicado en 2014