Decr. 745/15 Reparación sumidero calle Mosconi al 1700 y se dé cumplimiento a los Decretos Nº 434/12, 499/13; 507/13; 534/13, 539/13, 611/14 y 665/14 y Minutas de Comunicación Nº 1912/12 y 2013/13
Expte. Nº 5.479/15.
VISTO:
La Constitución Nacional Art. 41º.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756 Art. 39º Incs. 14, 52 y 53.
Las Ordenanzas Nº 1.312/98, 1.591/04.
Los Decretos Nº 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 594/14; 611/14 y 665/14.
Las Minutas de Comunicación Nº 1.912/12 y 2.013/13.
La falta de mantenimiento de sumideros, y
CONSIDERANDO:
Que en calle Mosconi a la altura del 1700 casi intersección con Av. Filippini sobre la vereda par se encuentra un sumidero sin su correspondiente tapa.
Que dado el constante flujo de personas que cruzan por dicha intersección debido a la presencia de negocios de distintos rubros, esta falencia y falta de mantenimiento de los sumideros pone en riesgo la integridad física de los transeúntes, siendo los más afectados los niños de corta edad.
Que la ciudad tiene varios sumideros en iguales condiciones y a los cuales este Cuerpo ha identificado, sólo se ha repuesto la tapa de los canales ubicados en Av. Filippini y Pasaje 4; y Sáenz Peña y Av. Filippini.
Que en la intersección de Bv. San Diego con Av. Filippini se encuentra un sumidero oculto entre la maleza.
Que los emisarios al no tener sus correspondientes tapas son fuente de contaminación y proliferación de insectos que pueden afectar la salud de los vecinos, aumentando el riesgo de siniestralidad dado que en días de lluvia suelen desbordar siendo imposible advertirlos.
Que este Cuerpo solicita se respete el Art. 41º de la Constitución Nacional donde establece que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal buscar una solución, siendo que además cuenta con las herramientas para hacerlo ya que existe, desde 1998, un Fondo Especial Obras de Aliviadores y Emisarios creado bajo la Ordenanza Nº 1312/98, el cual recibe un aporte adicional de 20 % por cada contribuyente de la Tasa General de Inmuebles, aplicado sobre la tasa de servicios.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 745/2015
ART.1º) Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal la reparación del sumidero ubicado sobre la vereda par de calle Mosconi al 1700 casi Av. Filippini, en un plazo no mayor a los 5 (cinco) días hábiles de aprobado el presente Decreto.
ART.2º) El Conejo Deliberante reitera el pedido ante el Departamento Ejecutivo Municipal para que., a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento a los Decretos 434/12; 499/13; 507/13; 534/13; 539/13; 611/14 y 665/14 y las Minutas de Comunicación Nº 1.912/12 y 2.013/13.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de abril de 2015