Decr. 758/15 Se informe sobre movimientos de tierra y tala de árboles efectuados en el Parque Regional
Expte. Nº 5.507/15.
VISTO:
La Ordenanza Nº 1.093/05.
El desmonte de zonas pertenecientes a la Reserva Natural de la Ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que la reserva natural ubicada en nuestra ciudad contiene fauna y flora nativas pertenecientes de la región ambiental conocida como talar de barranca. Se constituye, con sus 125 hectáreas, en un pulmón verde para el Gran Rosario, en dique de contención natural ante los desbordes del Arroyo Saladillo y en entorno de conservación y protección de patrimonios arqueológicos.
Que a pesar de la importancia cultural, ambiental y social en general que tiene la conservación y protección de la Reserva Natural de Villa Gobernador Gálvez, la misma ha corrido peligro en numerosas oportunidades por constantes especulaciones comerciales particulares, negocios inmobiliarios e intervenciones no enmarcadas en la conservación que inclusive han sido apoyadas e impulsadas por la misma municipalidad.
Que con la excusa de la búsqueda de un desarrollo conceptualmente mal entendido, una idea de “contención social” que está muy lejos de la verdadera implicancia de la palabra en su noción comunitaria y desoyendo sistemáticamente el reclamo de vecinos y vecinas que incansablemente han puesto su tiempo y energía para evitar que la Reserva Natural se pierda frente a intereses alejados del bien colectivo, se dio a conocer públicamente en días previos que el desmonte en parte de la Reserva fue realizado de hecho.
Que a través de la intervención de vecinos y vecinas, profesionales y medios de comunicación comprometidos, se pudo sacar a la luz el desmonte que se estaba realizando para construir una cancha de golf, lo que no tuvo autorización expresa de este Concejo Deliberante y tampoco se hizo público si es que desde la Municipalidad se arbitraron medios legales que habitaran tal obra. Como consecuencia, la Provincia a través de la Secretaría de Medio Ambiente, intimó al municipio ordenando el inmediato cese de desmontes y usos de las tierras protegidas para otros fines.
Que, sin embargo, a la fecha la Municipalidad no se ha expedido públicamente sobre los hechos acontecidos, por lo que aún no se conoce oficialmente quién realizó el desmonte, con qué objetivo y autorizado por quién.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 758/2015
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que en el término de 5 días de aprobado el presente, informe:
-Sobre los movimientos de tierra y tala de árboles efectuados en el Parque Regional en los últimos 2 meses.
-Si existe autorización para los mismos y por quién fue otorgada.
-Bajo qué herramientas legales están enmarcadas dichas acciones.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de mayo de 2015