Decr. 836/16 Construcción vereda peatonal y carril para ciclistas Av. Pte. Raúl Alfonsín
Expte. Nº 5.735/16.
VISTO:
La Ordenanza Nº 1.832/09.
El Decreto Nº 397/12 pedido de obras Ruta 22 S a Vialidad Provincial.
El Decreto Nº 551/13 pedido informe gestiones ante la Dirección Provincial de Vialidad.
El Decreto Nº 561/14 informe sobre el estado de las gestiones realizadas ante la Dirección Provincial de Vialidad.
El Decreto Nº 763/15 de factibilidad de ciclovias en el ejido urbano.
La Ley Nacional de Transito Nº 24.449.
La Ley Orgánica de Municipalidad Nº 2756, y
CONSIDERANDO:
Que por Avenida Presidente Raúl Alfonsín circulan líneas de colectivos interurbanos hacia y desde Rosario siendo la principal arteria de comunicación de la zona oeste de nuestra ciudad con la vecina ciudad de Rosario.
Que se encuentra en la zona del Área Industrial de Villa Gobernador Gálvez con la presencia de camiones inherentes a las tareas de cada empresa y el flujo de trabajadores que diariamente asisten a las mismas.
Que la Escuela N° 1266 Juana Azurduy es la única escuela primaria de la zona y junto al dispensario San Martín y el cementerio generan un flujo permanente de personas que se desplazan por la zona sin los medios necesarios para hacerlo en forma segura y sin riesgos de accidentes.
Que la mencionada avenida atraviesa las secciones catastrales 15 y 19 unificando los barrios Ghiglione, Resistencia y Cancha de Remo que juntos forman un gran conglomerado que ha crecido mucho en los últimos años.
Que los habitantes de estos barrios utilizan la traza de la avenida en cuestión como principal vía de comunicación para trasladarse hacia distintos sectores de la ciudad.
Que en la zona no existen en la actualidad veredas o senderos adecuados para el adecuado traslado de peatones o ciclistas.
Que la reconstrucción de este trayecto ha sido anunciada una vez más por el Gobierno Provincial en los últimos días y es importante tener en cuenta las necesidades planteadas por los vecinos.
Que una vez en condiciones no solo se aumentará la cantidad de vehículos que transitarán por la calzada sino también la velocidad de los mismos.
Que es atribución del Concejo Deliberante ordenar obras públicas que permitan el cuidado de la integridad física de los vecinos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 836/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal la construcción de veredas para peatones y carril exclusivo para ciclistas a ambos lados de la Avenida Presidente Raúl Alfonsín desde calle Bordabehere hasta calle Suipacha.
ART. 2°)La Municipalidad deberá instalar la señalización vertical y horizontal correspondiente para ordenar el tránsito y garantizar la seguridad de los usuarios.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de abril de 2016.
Decr. 763/15 Factibilidad de la implementación de ciclo vías en la ciudad
Expte. Nº 5.520/15.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidad Nº 2756
La necesidad, de crear una red de ciclovias en la ciudad, para generar mayor seguridad de los ciclistas, ordenando de esta manera también el tránsito vehicular, y para que el traslado de los ciclistas de un punto a otro de la ciudad, sea lo más seguro posible, dentro de este espacio físico y;
CONSIDERANDO:
Que las ciclovias –constituida por ciclovías, bicisendas y espacios compartidos- son importantes porque, ofrecen un lugar seguro donde los ciclistas puedan circular de forma rápida sin afectar la normal circulación del tránsito vehicular.
Que en Rosario los números que arroja la extensión de la red de ciclovías son positivos: según datos del Ente de la Movilidad, desde el 2008 a la fecha se redujeron en un 65 por ciento los accidentes de tránsito que involucran a un ciclista.
Que el crecimiento urbano que tuvo Villa Gobernador Gálvez en los últimos años, abrió un importante desafío: la movilidad.
Que tomando como ejemplo a Rosario, que es la ciudad con mayor índice de viajes en bicicletas de América Latina y el Caribe (5,3%), ubicándose por encima de ciudades como Bogotá (5%), Río de Janeiro (3,2%), Buenos Aires (3%) México DF (1,5%) y Medellín (0,5%), nos acerquemos a este estilo de vida saludable.
Que cumple un rol fundamental para que en un futuro, la bicicleta se use masivamente como vehículo de transporte.
Que en lo que a movilidad se trata, entró en juego el rol de la bicicleta, que además de no contaminar el medio ambiente implica un ejercicio físico para el ser humano.
Que definitivamente, la bicicleta, es un medio de movilidad inclusivo, ya que personas de cualquier edad y condición social puede acceder a ella, como medio de transporte.
Que a través de la creación de las ciclovias, se fomente el uso de transporte no motorizado, apuntando así a profundizar el impulso de disuadir el uso del automóvil particular.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 763/2015
ART. 1°) Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal, que por intermedio de la repartición correspondiente, realice las gestiones, estudios técnicos y económicos pertinentes para establecer la factibilidad, de la implementación de las ciclovias en las principales arterias del ejido urbano de Villa Gobernador Galvez.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de junio de 2015