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Expte.  Nº  5.632/15.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756

Que los sumideros de la arteria 17 de octubre han sido ejecutados en gestiones anteriores, y

CONSIDERANDO:

Que el Parque Automotor en la ciudad ha crecido notablemente en los últimos años, por lo cual es necesario adaptar la infraestructura vial a las nuevas exigencias.

Que se debe tener en cuenta que la arteria mencionada es altamente transitada por el transporte público, como así también privado dada la gran cantidad de comercios que allí se encuentran.

Que es una obra que no demandará grandes gastos por ser de carácter viable, y reportará un enorme beneficio para nuestra localidad.

Que es indispensable mejorar la infraestructura del lugar, ya que la localización de los sumideros realizados por gestiones anteriores, se encuentra a 65 cm de la línea de los cordones cuneta de ambas manos, lo que permite la realización de la obra planteada dando una continuidad a lo proyectado para el crecimiento de la zona.

Que asimismo, podrá contemplarse la realización de los cordones cuneta que actualmente se encuentran deteriorados y en algunos tramos son inexistentes.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 807/2015

ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, la construcción del ensanche de Calle 17 de Octubre desde Calle Dorrego hasta Calle Santiago del Estero.

ART. 2°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, la realización de obras de bacheo en hormigón y juntas de brea en calle 17 de Octubre desde Dorrego hasta Santiago del Estero.

ART. 3°) Dicha obra deberá contemplarse en el presupuesto del año 2016 y financiarse con el Fondo Federal Solidario correspondiente al mismo período.

ART.4º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   12 de noviembre  de 2015  

 

 

 

Publicado en 2015

Expte.  Nº  5.610/15.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,

La necesidad de generar una mejor circulación en el casco céntrico, y descongestionar las vías principales como lo son las Avenidas San Martín y General  Juan. D. Perón, y

CONSIDERANDO:

Que el Parque Automotor de la ciudad ha crecido notablemente en los últimos años, por lo cual es necesario adaptar la infraestructura vial a las nuevas exigencias.

Que el territorio municipal se encuentra atravesado por las vías del ferrocarril, y que en la actualidad el paso a nivel de calle Pasteur y Sarmiento no resulta suficiente para evacuar el embotellamiento que se genera en horas pico.

Que en los horarios de entrada y salida de las escuelas, la calle Pasteur se convierte en una arteria de paso obligatoria debido a la gran cantidad de población escolar concurrente a las escuelas de la zona.

Que asimismo esta vía es utilizada para la prestación de los principales servicios de nuestra localidad, tales como Bomberos Voluntarios, el Servicio de Emergencia Médica del Hospital Anselmo P. Gámen y el Comando Radioeléctrico.

Que es una obra que no demandara grandes gastos por ser de carácter viable, y reportará un enorme beneficio a nuestra localidad.

Que la misma deberá ser ejecutada con la misma materialidad de la cual se compone la calle Pasteur.

            Que el espíritu de este Decreto es seguir generando mayor conectividad entre los distintos barrios de nuestra ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

DECRETO Nº 798/2015

ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, la construcción del ensanche de calle Pasteur desde Juan Domingo Perón hasta calle Emilio Zolá.

ART. 2°) La obra estipulada en el Art. 1º deberá contemplarse en presupuesto del año 2016 y financiarse con el Fondo Federal Solidario correspondiente al mismo período.

ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   8 de octubre  de 2015

 

 

Publicado en 2015