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Expte. Nº 6.210/17.

VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756

La Ordenanza N° 1947/10 de Reglamento para el otorgamiento de declaraciones de interés municipal y otras declaraciones.

El festival Internacional de Danza “El mundo danza a orillas del Paraná”, organizado por el Ballet local “De Cuyo al Litoral”,  y

CONSIDERANDO:

Que Villa Gobernador Gálvez será sede de una actividad masiva en el mes de octubre. Se

trata del Festival de Danzas Folklóricas “El mundo  danza a orillas del Paraná”, y tendrá lugar del 13 al 22 de octubre del corriente año.

Que dicho evento estará organizado por el Ballet local “De Cuyo al Litoral “, que fue uno de los proyectos seleccionados en el programa provincial “Territorio de encuentros”, cuyo premio es la financiación  de la actividad.

Que los objetivos de la organización es proporcionar un sentido de identidad y continuidad que promueva el respeto por la diversidad cultural y la creatividad humana; colaborar en el desarrollo profesional y en la promoción y difusión de las compañías  y artistas que participan a nivel nacional e internacional, fomentando las relaciones entre Argentina y otros países.

Que la importancia del evento está radicada no solo como espectáculo internacional, sino en el trabajo con instituciones educativas acrecentando los conocimientos sobre cultura general de los países participantes.

Que el espectáculo central de dicho evento se realizará el 20 de octubre en las instalaciones del Colegio Teodelina Fernández de Alvear.

Que se contará con la presencia de representantes de distintos países, como Bolivia, Brasil, Chile y Colombia, entre otros, que llegaran para compartir la pasión por el folklore con toda la comunidad.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 420/2017

ART.1º) Declarase de Interés Municipal, Comunitario y Cultural, el Festival Internacional “El Mundo Danza a orillas del Paraná”, organizado por el Ballet Folklórico “De Cuyo al Litoral”, que tendrá lugar del 13 al 22 de octubre del año 2017 y cuya sede será nuestra ciudad.


ART.2º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de julio de 2017

 

Publicado en 2017

Expte. Nº 6.196./17.

VISTO:

La nota de los Jóvenes de la Corriente Clasista y Combativa referida a “Ni un Pibe Menos”,

La Declaración Nº 374/2016,

La Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que por nota mencionada en los Vistos, manifiestan que trabajan el tema de adicciones desde hace largo tiempo, con el fin de generar propuestas frente a una dura realidad que afecta profundamente a todos los sectores de la sociedad sin distinción de sexo, edad ni condición social.

            Que dicho grupo junto a diversas organizaciones sociales y a los distintos niveles del Estado realizan coordinadamente las siguientes actividades:

1-      Campaña de propaganda: que sea denominada “ni un pibe menos por la droga” destinada a prevenir el consumo de sustancias psicoactivas.

2-      Registro de organizaciones de lucha contra las adicciones: en el cual deberán inscribirse todas las organizaciones sociales, comunitarias, religiosas que desempeñan la labor preventiva sobre adicciones en la provincia para participar activamente de las políticas públicas de prevención.

3-      “Preventores comunitarios en adicciones”: para organizar, promocionar y desarrollar “curso de formación”, orientado a personas y organizaciones que participen en la construcción de espacio en la comunidad que permitan articular acciones preventivas existentes o generar nuevas.

4-      Centros preventivos, asistenciales y comunitarios en toda la provincia: en sus distintas modalidades; casas educativas terapéuticas (CET), centros preventivos locales de las adicciones (CePLA), Punto de encuentro comunitario (PEC) o de nuevos convenios y modalidades de tratamiento ofrecidos por la SEDRONAR.

5-      Ampliación del programa “Lazos para la prevención de violencia y adicciones”, dependiente del Ministerio de Educación de la Nación, así como el efectivo cumplimiento de la Ley Nacional Nº 26.586 “de creación del programa nacional de educación y prevención sobre las adicciones y consumo indebido de drogas”.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 419/2017

ART.1º) El Concejo Deliberante declara de Interés Comunitario la Campaña Nacional “Ni un Pibe Menos por la Droga”, impulsada por las organizaciones sociales y sectores populares, con la colaboración del Estado, en todos sus estamentos.

ART.2º)    Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  29 de junio de 2017

 

 

Publicado en 2017

Expte. Nº  6.192/17.

VISTO:

La Ley Nacional 20.655,  Ley Nacional del Deporte,

La Ley Provincial Nº 10.554, de adhesión a la Ley Nacional del  Deporte Nº 20.655,

La Ley  Orgánica de Municipalidades 2.756,

La Ordenanza N° 1.947/10 Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante

La realización del tercer  Encuentro Del Circuito de RUGBY Social y Desarrollo el próximo 24 de Junio en el Parque regional Sur, y

CONSIDERANDO:

Que el rugby es deporte inclusivo pues su práctica no sólo contempla el desarrollo de una serie de habilidades físicas necesarias para jugarlo, sino que también incorpora valores indispensables para la vida en sociedad.

Que el citado deporte fomenta valores, sosteniendo premisas como: un equipo juega 'con' otro en la cancha, y no 'contra' otro’. Así mismo el rugby se destaca por el popularmente  reconocido “tercer tiempo”, momento postpartido donde jugadores de ambos equipos, todos mezclados, se reúnen a compartir un espacio de dialogo, entendimiento y distención que hacen a la sana vida en comunidad. 

Que la práctica del rugby en nuestra ciudad ha reunido a jóvenes deportistas de las distintas clases sociales para formar equipos, logrando espacios de buena convivencia en la diversidad; generándose, además, proyectos que han hecho del deporte un estandarte en cuanto a su desarrollo en espacios vulnerables.

Que en la misma dirección, el Rugby Social fue reconocido en ciudades como Rosario, Capitán Bermúdez y San Lorenzo, por su labor en sectores vulnerables sosteniendo su desarrollo y crecimiento en el trabajo voluntario de profesionales y entrenadores.

Que en nuestra ciudad ese trabajo se ve reflejado en el  “Villa Gobernador Gálvez Rugby Club”, el primer club local de la disciplina, que contiene a más de 100 chicos de diferentes edades y condiciones sociales, formándose en los buenos ideales y valores del deporte. Dicho club además de realizar una importante tarea social, también promueve la enseñanza de valores, como el respeto, la responsabilidad, el compromiso y el esfuerzo.

Que este crecimiento generó la necesidad de tener un calendario de Encuentros donde puedan impulsarse los  objetivos y  los valores que este deporte enseña de esta manera es que surge “El Circuito de Rugby Social y Desarrollo” con el objetivo de fomentar la práctica del deporte en lugares que se creían alejados de hacerlo.

Que atendiendo a los valores arriba mencionados, el próximo 24 de Junio, el Villa Gobernador Gálvez Rugby Club será sede del 3° Encuentro del Circuito de Rugby Social y Desarrollo, contemplando la visita y  participación de  500 jugadores de diferentes categorías.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 417/2017

 

ART.1º) Declárese de interés comunitario y deportivo  para la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez el “Tercer  Encuentro del Circuito de RUGBY Social y Desarrollo”, a realizarse el próximo 24 de Junio en el Parque Regional.

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  22 de junio de 2017

 

 

Publicado en 2017

Expte. Nº 6.166/17.

VISTO:

Ley Orgánica de Municipalidades N°2756 y;

Ordenanza 1947/2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Nacional, desde el año 2016, viene estando presente en diferentes provincias de la Argentina, haciendo un trabajo social y territorial que acerca al vecino teniendo todos los Organismos Nacionales en un mismo lugar y así poder realizar sus trámites personales.

 Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, nombre que tiene este programa nacional, reúne diferentes prestaciones públicas para realizar trámites tales como: Documentación, Consultas Médicas, y Asesoramiento en todas las prestaciones sociales entre otras.

Que este programa busca promover el acceso de la población en situación de vulnerabilidad a servicios y prestaciones sociales para mejorar la calidad de vida y garantizar el goce pleno de todos los derechos como ciudadanos.

Que “EL ESTADO EN TU BARRIO”, junto con las administraciones Provinciales y Municipales logran llevar a cabo una tarea coordinada y efectiva para los organismos en general.

Que este programa va a llegar a nuestra ciudad los días 6, 7, 8 y 9 de junio del corriente año ubicándose en un punto estratégico de la ciudad como lo es el ANFITEATRO  MUNICIPAL, para que todos los sectores sociales puedan acceder al programa.

Por  todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 413/2017

ART. 1º) Declárese de Interés Comunitario y Social la llegada del Programa “EL ESTADO EN TU BARRIO”, que se llevara a cabo los días 6,7,8 y 9 de junio de 2017 en el horario de 8:00 A 13:00 hs, en el Anfiteatro Municipal de nuestra ciudad.

 

ART.2º)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  1º de junio de 2017

  

Publicado en 2017

Expte. Nº 5.946/16.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 2.756.

La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y

otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante.

El decreto Nº 765/2015, de Incorporación al BALLET MUNICIPAL DE VILLA GOBERNADOR

GÁLVEZ como actividad de enseñanza, práctica y representación municipal a la Casa de la Cultura Municipal, y

CONSIDERANDO:

Que el folklore conjuga un conjunto de músicas y danzas pertenecientes y representativas de las distintas latitudes de nuestros territorio, fruto y emblema de nuestros pueblos.

Que su evolución histórica nos indica que durante el Siglo XVIII, la música, la danza y el canto original y autóctono tuvieron denotado desarrollo en varias provincias como medio de expresión artística. En el siglo XIX, en los años posteriores a la Revolución de Mayo de 1810, que dio origen al proceso independentista, aparecen muchas de las danzas y estilos característicos del folclore argentino, como El Cielito, El Pericón, El Gato, El Cuándo, El Escondido, El Triunfo. Avanzado el siglo XIX, la confección de innumerables instrumentos musicales sumados a los ya existentes pudo establecer nuevas formas de baile y de ejecución musical.

Que ya en el Siglo XX el Folclore se instaló junto al tango como género popular de la música nacional, teniendo para los años 60 y 70 su cúspide de notoriedad a través del encuentro con otras expresiones similares de América Latina. El punto de auge, hito para el folclore nacional, debe hallarse en el año 1961, cuando comenzó el Festival de Cosquín; el más importante y representativo festival de folclore, expresión de la música, de la danza y de las tradiciones que identifican a esta tierra.

Que en Villa Gobernador Gálvez el denominado “Ballet Municipal de Villa Gobernador Gálvez” creció desde su fundación en octubre del año 1991. Igualmente su nombre actual data del año 2002 cuando el profesor Víctor Molina toma la dirección de este grupo.

Que su historia abarca una serie extensa de actividades donde representó loablemente a nuestra ciudad, motivo suficiente para que por el decreto 765/2015 en su artículo 1º este concejo establezca su incorporación “(…) como actividad de enseñanza, práctica y representación municipal en el rubro “danzas folklóricas argentinas” de la Casa de la Cultura Municipal, dependiente de la Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura (…).”

           Que en la actualidad el desarrollo del arte folklórico por parte del mencionado grupo ha hecho que cuente con 80 integrantes, distribuidos por edades y grupos, a saber: Pre-infantil, Infantil, Pre-Juvenil, Juvenil, Grupo Mayor, Adultos. Todos bajo la continua dirección del reconocido y distinguido profesor Víctor Molina.

            Que es deber este Concejo el fomento de las artes y de los grupos que se dediquen a ello, los cuales representen a nuestra sociedad ante las demás sociedades de la Argentina y del mundo, procurando la preservación de nuestra propia identidad y del vínculo intergeneracional de la enseñanza cultural.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 385/2016

          

ART.1º)Declárese de Interés Cultural y Comunitario del Municipio de Villa Gobernador Gálvez la conmemoración del 25 aniversario del Ballet Municipal de Villa Gobernador Gálvez, a cumplirse en el mes de octubre de este año.

ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de octubre de 2016.

Publicado en 2016

Expte. 5.911/16

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,

La Ordenanza 1947/2010, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras Distinciones concedidas por el Concejo Deliberante,

           La Declaración 205/2010, que estableció al Chamamé como parte integrante del Patrimonio Cultural de la ciudad,

La Ordenanza 2.155/2013, que designa “Plaza del Chamamé” al espacio verde de la Manzana 50 de la Seccional 12 ubicado en calle Filippini entre las calles Chubut y Pueyrredón, y

CONSIDERANDO:

Que en nuestro país todos los 19 de septiembre se conmemora el día del Chamamé, en honor al reconocido músico popular Mario del Tránsito Cocomarola, quien falleció en esa misma fecha del año 1974 en la Ciudad de Buenos Aires; dejando como legado las obras más emblemáticas del género, como las canciones: “Kilómetro 11”, “Mirame”, “Puente Pexoa”, “Laguna Totora”, “Rincón dichoso”, “En tu ventana”, entre tantas otras.

Que el Chamamé como música popular tiene su origen y arraigo en la denominada zona guaranítica del Cono Sur de nuestra América (provincias de Corrientes, Formosa, Entre Ríos, Misiones, Chaco, República del Paraguay y Sur de Brasil).

La nutrida y prolífera migración desde el norte del litoral argentino hizo que las tradiciones, modos y costumbres de esa región tengan su repercusión en nuestra ciudad, entre todas ellas el género musical denominado Chamamé.

            Que en tal sentido, en clara muestra al reconocimiento de las raíces de nuestra comunidad, en el año 2010 este cuerpo declaró al Chamamé como parte integrante del Patrimonio Cultural de la ciudad; y para el año 2013 designó como plaza del Chamamé al espacio verde ubicado entre las calles Filppini, Chubut y Pueyrredón.

            Que en la actualidad la Plaza del Chamamé ha sido puesta en valor con la instalación de un Playón Deportivo, el cual fue apropiando positivamente por niños y jóvenes de barrio, para su uso recreativo y deportivo.

            Que la mencionada concurrencia al lugar requiere avanzar con mayores respuestas por parte del Estado, a fin de incrementar los niveles que seguridad y comodidad que todo espacio urbano debe ofrecer. Por ello es menester, en un corto plazo, mejorar la iluminación pública de la citada plaza.    

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 382/2016

           

ART.1º) Declárese de Interés Cultural y Comunitario del Municipio de Villa Gobernador Gálvez el día del Chamamé a conmemorarse el día 19 de septiembre.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de septiembre de 2016

Publicado en 2016

eExpte. Nº 5.904/16.

VISTO:

La Ley 2756, la Ordenanza Nº 1.947/10 de Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones de Interés Municipal y otras distinciones concedidas por el Concejo Deliberante, el proyecto institucional “No más sangre”, y

CONSIDERANDO:

           Que por nota dirigida a este Cuerpo, docentes de la Escuela Primaria común diurna Nº 1204 “Ing. Enrique Mosconi” solicitan se declare de interés municipal cultural, educativo y comunitario a la marcha de la paz, encuadrada en el proyecto institucional “No más sangre”, el cual se adjunta al expediente de referencia.

Que entre otras consideraciones, el proyecto señala “que la violencia, la falta de dialogo, las divisiones, la intolerancia, los falsos líderes, los perjuicios, la falta de respeto a la propiedad ajena están arraigados en nuestra sociedad de una manera tan fuerte que pareciera ser extremadamente complicados encontrar una solución”

“Que no queremos naturalizar el despertar con noticias de más y más crueles muertes, para ello debemos cultivar la cultura de la paz, de la no violencia y reconstruir la escala de valores”

“Por eso salimos a las calles porque cada día se suman más víctimas de asaltos, robos, femicidios, accidentes de tránsito; pero también queremos salir a nuestras calles para hacer visible los compromisos que se renuevan cada día en cada aula de cada escuela, el respetar todas las vidas, rechazar la violencia, escuchar, comprender y el compromiso de sostener en el tiempo los sueños de nuestros alumnos de ser personas de bien”.

Que los objetivos de dicho proyecto son: visibilizar el trabajo de las aulas sobre la violencia; compartir con otras escuelas de nuestra ciudad esta propuesta; sensibilizar a los adultos desde la mirada del niño sobre esta problemática que en muchas ocasiones tiene como víctima a nuestros niños y jóvenes; llevar las voces de nuestros niños y adolescentes a quienes deben escucharlos; sumar a las familias al trabajo sobre valores.

Que por todo lo expuesto en la fundamentación de esta propuesta, es que los sextos grados de la Escuela Nº 1204 turno mañana, invitarán a sus compañeros y a alumnos representantes de las Escuelas Nº 1266, 1281, 132 y Escuela Cooperación de nivel primario, como también a los alumnos de las Escuelas Secundarias Nº 364, 680 y Escuela Técnica Gomara, a acompañarlos el día 20 de septiembre a las 10 hs para marchar en defensa de la paz y los valores sociales.          

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 381/2016

ART.1º) Declárese de Interés Cultural, Educativo y Comunitario a la marcha por la paz, encuadrada en el proyecto institucional “No Más Sangre” a desarrollarse el día 20 de septiembre del corriente año, organizada por la Escuela Nº 1204 “Ing. Enrique Mosconi”

ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 15 de septiembre de 2016

Publicado en 2016

Exptes. Nº 5.680/16 y 5.677/16.

VISTO:

El Expediente 5677/16 de este Concejo Deliberante,

Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, Art. 39°,

Ordenanza 1947/10 Reglamento para el otorgamiento de declaraciones,

Ley Provincial N° 6758 de transferencia de tierras a los Municipios de Rosario y de Villa Gobernador Gálvez.

Ordenanza N° 1093/95 de Declaración de zona de reserva ecológica y área protegida del Parque Regional Sur.

Decreto Provincial N° 2143/2015 “Incorporación de los cursos del Arroyo Saladillo y Sauce – Pavón

al Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas en el Marco de la Ley N° 12.175 y su Decreto Reglamentario N° 3331/06”, y

CONSIDERANDO:

Que el Proyecto “Complejo Campamentil, Educativo, Recreativo e Interactivo El Guaycurú” representa un cambio significativo en lo que refiere a infraestructura recreativa en nuestra ciudad, pues el trabajo presentado por los Licenciados Bulsicco y Favini está sólidamente fundamentado bajo una concepción integral que conjuga una propuesta cultural-educativa con el entorno social y con el espacio natural del Parque Regional Sur.

Que en tal sentido, el proyecto señala que: “La propuesta pretende generar un lugar en donde se interactúe en forma recreativa con el medio logrando experiencias que permiten descubrir y proteger el medio ambiente”.

Que en tal sentido, el complejo “El Guaycurú” permitirá que miles de niños, adolescentes, jóvenes, adultos y personas de la 3° edad, de todos los ámbitos sociales puedan interactuar con el paisaje natural de nuestra zona”.

Que así, como bien describe en el texto presentado por los interesados bajo el expediente N° 5677 de este Concejo, se encuentran correctamente detalladas las factibilidades técnicas, ambientales, legales y operativas de la iniciativa.

Que la puesta en marcha de una planta campamentil pública sería un hecho inédito para el área del Gran Rosario; lo cual permitiría el aprovechamiento directo por parte de las distintas instituciones educativas, deportivas, y sociales de nuestra ciudad, tanto de la infraestructura planificada en el nuevo espacio como de las distintas actividades que articulan el desarrollo del proyecto.

Que cabe mencionar como antecedente, que un establecimiento de similares características funciona en la localidad de Máximo Paz bajo el nombre de “Planta Campamentil 7502 Campo Reybet” y en la órbita del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe.

Que por otro lado, la concreción del proyecto “El Guaycurú” posibilitaría generar mayores niveles de conciencia ecológica en la población en general como consecuencia de la visibilización y jerarquización que adquiriría el Parque Regional Sur producto de la intervención ecológica – pedagógica presupuesta.

Que por último, cabe remarcar que la iniciativa propone una relación armoniosa con el medio ambiente, respetando el entorno natural de la reserva ecológica; lo cual no sólo no afectaría ninguna norma vigente sino que concordaría con el espíritu de la legislación actual sobre el espacio abordado, particularmente con el reciente Decreto Provincial N° 2143/2015, donde se incorpora (entre otros) el curso del Arroyo Saladillo al Sistema Provincial de Áreas Naturales.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

                                                                                                          

DECLARACION Nº 355/2016

ART. 1°) Declárese de Interés Cultural, Educativo y Comunitario del Municipio de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez el proyecto Complejo Campamentil, Educativo, Recreativo e Interactivo “El Guaycurú” en el Parque Regional Sur presentado por los Licenciados Bulsicco y Favini.

ART. 2°)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de abril de 2016.

Publicado en 2016