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Expte. Nº 5.199/14.

Visto:

Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2.756 artículo 39;

Minuta de Comunicación Nº 2003/12 Limpieza de bocas de tormenta en la intersección de calles Nogués y Colón;

Reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;

 

Considerando:

Que el 27 de diciembre de  2012 este Cuerpo aprobó la Minuta de Comunicación Nro. 2003/12 en la cual se solicitaba la limpieza de  las bocas de tormenta ubicadas en las esquinas que componen la intersección de calle Nogués con calle Colón.

Que a 17 meses de la aprobación de la misma, las obras solicitadas aún no han sido ejecutadas.

Que en días de lluvia, la zona se inunda por la basura que obstruye las bocas de tormenta, provocando anegamientos, lo que imposibilita el paso vehicular como así también el peatonal.

Que dicha situación pone en riesgo la integridad física de quienes transitan por el lugar, por la alta probabilidad de sufrir siniestros con diversas consecuencias.

Que las bocas de tormenta no tienen las rejillas de protección para evitar el paso de elementos de importantes dimensiones, como así también, podría tener consecuencias fatales para los niños de escasa edad ya que los mismos no son advertidos por la presencia del agua acumulada en las calles.

Que sumado a ello, el agua estancada junto con la basura provoca olores desagradables, la proliferación de distintas alimañas que pone en riesgo la salud de los vecinos.

Que el municipio debe realizar tareas de limpiezas de bocas de tormentas con más frecuencia, para que los días lluvia el caudal del agua fluya con  rapidez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 635/2014

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, dé cumplimiento a la Minuta de Comunicación Nº 2003/12, en un plazo no mayor a los 10 (diez) días hábiles desde la aprobación del presente decreto.

 

ART. 2º) Una vez realizada las acciones solicitadas en el artículo precedente, envíese un informe pormenorizado a este Cuerpo Deliberativo, sobre las tareas ejecutadas.

 

ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2014

 

 

Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva

 

Publicado en 2014

Expte. Nº 4.661/12.

 VISTO:

            Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756 Art. 39º, Inc. 30 y

 

CONSIDERANDO:

            Que en la intersección de las calles Nogués y Colón se encuentran tres  bocas de  tormentas totalmente tapadas  con botellas de plástico y basuras varias, por tal motivo se obstruye el paso del agua.

            Que en los días de lluvia se inundan totalmente las calles, quedando en algunos casos anegadas e imposibilitando el paso vehicular, como así también cruzar las calles a personas mayores y niños.

            Que las bocas de tormenta no tienen las rejillas de protección para evitar el paso de basura gruesa.

            Que el municipio debe realizar tareas de limpiezas de bocas de tormentas con más frecuencia, para que los días lluvia el caudal del agua se deslice con rapidez.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2003/2012

           

ART.1) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la viabilidad de realizar trabajos de limpiezas en las bocas de tormenta ubicadas en las intersección  de calles Nogués y Colón, que se encuentran totalmente tapadas de basuras.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  27 de diciembre de 2012.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

 

Publicado en 2012