Decr. 952/17 Apertura de pasos ferroviarios
Expte. Nº 6.090/17.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756 art. 39° inciso 34;
La Minuta de Comunicación Nro. 1.684/09 Apertura arteria cruce NCA desde Libertad a Garay;
El Decreto Nro. 396/12 informe sobre las gestiones para la obra de un paso a bajo nivel en calle Garay;
El Decreto N° 607/2014 Apertura paso a nivel Garay;
El Decreto N° 631/2014 Paso a nivel Entre Ríos continuidad con Soldado Aguirre; y
CONSIDERANDO:
Que nuestra ciudad, como la mayoría de las que se han fundado en el Siglo XIX, fue creciendo en torno a las vías del ferrocarril que fue el factor de unidad en un país de vastos territorios, cuyos centros de población y producción se encontraban aislados por enormes extensiones desiertas.
Que como se enumera en los Vistos, se han realizado numerosas gestiones para lograr la apertura de distintos pasos ferroviarios que posibiliten el mejoramiento del tránsito en los puntos neurálgicos de nuestra - ciudad para lograr mejores conectividad y transitabilidad de las arterias más utilizadas.
Que es fundamental asegurar como política de estado, más allá de los gobiernos de turno, la apertura de nuevas vías de comunicación que permitan el crecimiento logístico que acompañe el desarrollo social, comercial e industrial.
Que en el ámbito de la construcción se han realizado avances que abren nuevos horizontes para la realización de obras públicas a menor costo, menor tiempo y mayor eficiencia, como anexamos en este proyecto como propuesta para implementar en un futuro paso a bajo nivel sobre el Ferrocarril NCA a la altura de calle Entre Ríos en la Sección 7 y Soldado Aguirre en la Sección 10.
La realización de nuevos pasos bajo o a nivel, tiene como objetivo principal mejorar la seguridad vial en las intersecciones del tránsito vial con el ferroviario y permeabilizar la barrera urbanística que genera el emplazamiento del ferrocarril en la Ciudad para agilizar el tránsito y disminuir los tiempos de viaje.
Que estas obras encierran una serie de trabajos complementarios que tienden a ir más allá de un mero proyecto vial, convirtiendo a cada una de estas iniciativas en una intervención urbanística, que genera una importante puesta en valor en el área de influencia.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 952/2017
ART.1°) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal retome las gestiones enumeradas en los Vistos para concretar pasos ferroviarios que faciliten el flujo vehicular en los puntos más transitados del ejido urbano.
ART.2°) Infórmese al Concejo Deliberante las distintas gestiones que se lleven a cabo de acuerdo a lo solicitado en el artículo anterior.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de abril de 2017
Decr. 866/16 Diferentes trabajos de obras y servicios públicos en Sección Catastral Nº 10
Expte. Nº 5.795/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El reclamo de los vecinos, y
CONSIDERANDO:
Que es fundamental dar lugar al reclamo de los vecinos de Pasaje 2, altura 1 600-1 700 entre las calles Oppici y Filippini, presentado por nota que se adjunta.
Que en la cortada Pasaje 2 entre Filippini e Iriondo se encuentra el Jardín de Infantes Provincial" Juanito Laguna" Nº 244 donde los pequeños soportan a través de los ventanales, los olores nauseabundos, la proliferación de bacterias, larvas de mosquitos producto del agua estancada de las zanjas, afectando la salud de alumnos y viviendas aledañas.
Que la cortada está en pésimas condiciones, muy transitadas por motos y autos que la usan como atajo, para evitar semáforos agudizando la situación de peligro de los transeúntes.
Que en los días de lluvias y los sucesivos, los niños no pueden asistir al jardín por lo intransitable de la cortada
Que usan al Pje 2, los vecinos y los carros como depósitos de basura, podas de árboles, yuyos formando micro-basurales crónicos.
Que los vecinos manifiestan la ausencia total del Departamento Ejecutivo Municipal ante esta gravísima problemática.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 866/2016
ART.lº) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal realice en un término de 5 días hábiles, la limpieza y eliminación de los rnicros- basurales en la esquina de Iriondo y Pasaje 2.
ART.2º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal realice las obras de cordón cuneta, nivelado y estabilizado sobre Pasaje 2, entre las alturas 1600-1700.
ART.3º) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal coloque contenedor de basura en la esquina del Jardín de Infantes Provincial Juanito Laguna Nº 244 ubicado en Pasaje 2 e Iriondo.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de junio de 2016