Expte. Nº 3.883/10.

VISTO:        

            La nota presentada por la Bancaria Rosario a este Cuerpo Deliberativo, y    

 

Lunes, 23 Agosto 2010 02:18

Decl. 202/10 90 años Club Talleres

Expte. Nº 3.903/10.

VISTO:

La celebración de los noventa años del Club Atlético Talleres R.P.B., y

 

Expte. Nº 3.957/10.

VISTO

            Que el 9 de septiembre de 2010 se cumple el primer aniversario del fallecimiento del destacado profesor Ernesto Ríos, hijo de esta ciudad, y

 

Expte. Nº 3.961/10.

VISTO:

            La Ley 2756.

            Los hechos ocurridos el pasado 9 de septiembre pasado en las instalaciones del Concejo Deliberante de nuestra Ciudad, y

Expte. Nº 3.967/10.

VISTO:

            Que el 19 de septiembre se celebra el “Día Nacional del Chamamé”, la iniciativa propuesta por el Sr. Carlos Ayala, y


Expte. Nº 3.958/10.

VISTO

            La Ley 2756, Art.39º Inc.33 , y

 

Expte. Nº 3.924/10.

VISTO:

            La Ley 2756, Art. 39º,  y

 

VISTO:

            El Expediente Nº 4.005/10.

            La Ley 2756, y

 

Expte. Nº 4.071/10.

VISTO

La Resolución 54/134 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (1999),

La Declaración de las Asamblea General de las Naciones Unidad sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (1993),

La Declaración Universal de Derechos Humanos (1948),

            El Pacto Internacional de Derechos Civiles Y Políticos (1976),

           El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales Y Culturales (1976),

Convención Interamericana para Prevenir,  Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (1994),

La Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2009) y su Decreto Reglamentario Nº 1011/2010,

La Ley 2756  Art. 39; y

 

Expte. Nº 4.080/10.

 VISTO:

Los hechos acaecidos el día 24 de noviembre del corriente año, en oportunidad del desalojo sufrido por el Museo Municipal de Villa Gdor. Gálvez “Dr. Raúl Malatesta”, respecto al lugar que ocupara en la estación “Villa Diego” del ferrocarril, y