Expte. Nº 4.356/12.

VISTO:

            La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756, Art. 39º Incs. 14, 52, 53, 62 ; Art. 41º Incs. 24 y 26 ; Art. 44º.

El reclamo de vecinos, y 

CONSIDERANDO:

Que en Av. Soldado Aguirre al 1500 se ha generado un micro basural permanente.

Que el mismo es foco de infecciones y potenciales enfermedades para los vecinos que viven en el lugar.

Que este lugar es de tránsito peatonal, ya que en el sector existe un establecimiento educativo (Escuela Provincial Educación Técnica Nº 680) y automotor intenso debido a la comunicación de distintos sectores de nuestra ciudad.

Que es deber del municipio la erradicación de basurales y la proyección de políticas públicas para la prevención de los mismos.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1906/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, disponga la limpieza del micro basural en Av. Soldado Aguirre al 1500.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 12 de abril de 2.012.

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

 

 

Publicado en 2012