Expte.Nº 4.436/12.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N°: 2.756, Art. 39º Incs.14, 52, 53, 62 ; Art. 41º Incs. 24 y 26 ; Art. 44º.

El reclamo de vecinos y;

CONSIDERANDO:

Que en Av. San Martín entre las calles Guido Spano y Balcarce, dicha arteria se encuentra  deteriorada por la existencia de un bache importante.

Que la misma provoca innumerables inconvenientes para los vecinos que viven y circulan por el lugar como también perjudica el paso del transporte en general.

Que esta zona es muy transitada debido a la existencia de establecimientos escolares, comercios en general y además es ingreso y egreso a la ciudad.

Que es deber del municipio la erradicación, la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad y la prevención de cualquier tipo de accidente en la vía pública.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 1944/2012

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda estudie la viabilidad de realizar la reparación y bacheo de Av. San Martín entre las calles Guido Spano y Balcarce.

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de junio de 2.012.

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge

Secretaria: Daniel Marcucci

Publicado en 2012