Expte. Nº 5.522/15.

VISTO:

La Ley  Nº 2.756 Artículo 39º;

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en el Pasaje dos a la altura del 1600 al 1700 entre las calles Opicci y Filippini la calzada está totalmente destruida.

Que  se hace imposible el tránsito vehicular por la gran cantidad de baches que se encuentran en la calle.

Que en días de lluvia los baches se llenan de agua y dificulta el libre tránsito de los vecinos de la zona.

Que es deber del Municipio la reparación y mantenimiento de las calles de la ciudad.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2072/2015

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaria que corresponda, estudie la factibilidad para la realización de cordón cuneta y carpeta asfáltica en Pasaje Dos a la altura del 1600 al 1700 entre las calles Opicci y Filippini.

ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de junio de 2015

Publicado en 2015