Resol. 1953/17 Deroga las Resoluciones Nº 1.944/16; 1.947/17; 1.948/17; 1.949/17 y 1.950/17
Expte. Nº 6.094/17.
VISTO:
La Ley 2756.
El Reglamento Interno del Concejo Deliberante.
La Resolución Nº 1.940/16, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido a través de la Resolución Nº 1.940/16, el “otorgamiento de subsidios y colaboraciones” sólo podrán otorgarse mediante notas durante el periodo de receso, firmado por el /los concejales de cada bloque.
Que por una incorrecta interpretación de la norma, se procedió al dictado de resoluciones para el otorgamiento de “subsidios colaboraciones” por lo cual, es necesario la derogación de las mismas y en razón de que dicho error fue subsanado en el marco de lo dispuesto por la normativa de referencia.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN Nº 1.953/2017
ART.1º) Deróguense las Resoluciones Nº 1.944/16; 1.947/17; Nº 1.948/17; 1.949/17 y 1.950/17.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de marzo de 2017
Resol. 1950/17 Ayudas económicas (Derogada)
VISTO:
Las notas presentadas por los Sres. Lema, Alegre, Giacometti, Dariozzi, Iglesias y Martínez y las Sras. Orue, Cabrera, Herrera, Arrieta, Sequeira y Giménez a este Concejo Deliberante, y
CONSIDERANDO:
Que los mismos exponen diferentes situaciones que, necesariamente deben contar con una ayuda económica para lograr los objetivos y/o cubrir necesidades básicas insatisfechas.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
RESOLUCIÓN Nº 1.950/2017
ART.1º) Autorizase un pago de $ 1.500.- (Pesos Mil Quinientos) al Sr. Lema, Pablo M., D.N.I. Nº 30.106.109, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.
ART.2º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Mil) a la Sra Orue, Analía P., D.N.I. Nº 17.669.243, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.
ART.3º) Autorizase un pago de $ 3.000.- (Pesos Tres Mil) a la Sra. Cabrera, Mónica L., D.N.I. Nº 16.251.105, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque FPV.
ART.4º) Autorizase un pago de $ 1.500.- (Pesos Mil Quinientos) a la Sra. Herrera, Romina P., D.N.I. Nº 33.675.891, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Socialista FPCyS.
ART.5º) Autorizase un pago de $ 700.- (Pesos Setecientos) al Sr. Alegre, Saúl M., D.N.I. Nº 33.323.487, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Socialista FPCyS.
ART.6º) Autorizase un pago de $ 2.000.- (Pesos Dos Mil) al Sr. Giacometti, Rubén D., D.N.I. Nº 23.113.227, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Frente Renovador UNA.
ART.7º) Autorizase un pago de $ 2.000.- (Pesos Dos Mil) al Sr. Dariozzi, Raúl H., D.N.I. Nº M6.058.797, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Frente Renovador UNA.
ART.8º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Mil) a la Sra. Arrieta, Evelin E., D.N.I. Nº 39.048.029, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Frente Renovador UNA.
ART.9º) Autorizase un pago de $ 1.000.- (Pesos Mil) a la Sra. Sequeira, María A., D.N.I. Nº 23.716.507, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Frente Renovador UNA.
ART.10º) Autorizase un pago de $ 2.000.- (Pesos Dos Mil) a la Sra. Giménez, Estefanía B., D.N.I. Nº 36.658.937, en concepto de ayuda económica, gestionado de la siguiente manera: $500.- (Pesos Quinientos) por el Bloque FPV; $ 500.- (Pesos Quinientos) por el Bloque Socialista FPCyS, $ 500.- (Pesos Quinientos) por el Bloque Cambiemos; y $ 500.- (Pesos Quinientos) por el Bloque Frente Renovador UNA.
ART.11º) Autorizase un pago de $ 6.500.- (Pesos Seis Mil Quinientos) al Sr. Iglesias, Angel R., D.N.I. Nº M6.169.008, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Extracción Cultural.
ART.12º) Autorizase un pago de $ 500.- (Pesos Quinientos) al Sr. Martínez, Rubén W., D.N.I. Nº 18.113.197, en concepto de ayuda económica gestionado por el Bloque Extracción Cultural.
ART.11º) Comuníquese y archívese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 23 de Febrero de 2017
Nota: Derogada por Resolución 1953/17