Ord. 2284/15 Solicitud aporte no reintegrable Fondo de obras Menores y Equipamientos (asfalto)
Expte. Nº 5.466/15.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndoles la distribución para el año 2015 del Fondo de Obras Menores y Equipamientos.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 5.323.096,82.- (Pesos Cinco Millones Trescientos Veintitrés Mil Noventa y Seis con Ochenta y Dos Centavos) para la ejecución de pavimentación de calles.
Que dicho monto se utilizará para la readecuación de base y carpeta asfáltica de 6 cm de espesor, en las calles Lisandro de la Torre desde Av. San Martín hasta fin de calle, La Esperanza desde Av. San Martín hasta Salto Grande, Derechos Humanos desde Av. San Martín hasta fin de calle y Alvear desde Piazza hasta Comandante Espora.
Que en barrios donde se pretende realizar las obras viven personas de escasos recursos como asimismo desempleados, lo que hace imposible puedan comprometerse a asumir una obligación de pago como la que generará la realización de estas.
Que por esos motivos, resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley Nº 12.385, que aprueba las gestiones, que el proyecto mencionado ut supra, no es susceptible de recuperación económica para la población que se beneficiará con esta obra, de imprescindible realización en pos de mejorar la calidad de vida; como así también posibilitará una mejor prestación del servicio de transporte público de pasajeros.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.284/2015.
ART.1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2015 y que serán destinados a la readecuación de base y ejecución de carpetas asfálticas de 6 cm de espesor en las siguientes localizaciones: calles Lisandro de la Torre desde Av. San Martín hasta fin de calle, La Esperanza desde Av. San Martín hasta Salto Grande, Derechos Humanos desde Av. San Martín hasta fin de calle y Alvear desde Piazza hasta Comandante Espora.
ART.2º) Facultase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 5.323.096,82.- (Pesos Cinco Millones Trescientos Veintitrés Mil Noventa y Seis con Ochenta y Dos Centavos ) para el financiamiento del proyecto de referido en el Art. 1º de la presente.
ART.3º) Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras, el proyecto citado ut supra, atento los motivos expuestos.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de marzo de 2015
Ord. 2283/15 solicitud aporte no reintegrable Fondo de obras Menores y Equipamientos (hormigón)
Expte. Nº 5.465/15.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndoles la distribución para el año 2015 del Fondo de Obras Menores y Equipamientos.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 3.636.200.- (Pesos Tres Millones Seiscientos Treinta y Seis Mil Doscientos) para la ejecución de pavimentación de calles.
Que dicho monto se utilizará para la readecuación de base, losa de hormigón de 20 cm de espesor con cordón integral, en la Av. Gral. Juan D. Perón desde Fournier hasta Almafuerte (una mano).
Que en barrios donde se pretende realizar las obras viven personas de escasos recursos como asimismo desempleados, lo que hace imposible puedan comprometese a asumir una obligación de pago como la que generará la realización de éstas.
Que por esos motivos, resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley Nº 12.385, que aprueba las gestiones, que el proyecto mencionado ut supra, no es susceptible de recuperación económica para la población que se beneficiará con esta obra, de imprescindible realización en pos de mejorar la calidad de vida; como así también posibilitará una mejor prestación del servicio de transporte público de pasajeros.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.283/2015.
ART.1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2015 y que serán destinados a la readecuación de base, losa de hormigón de 20 cm de espesor con cordón integral, en Av. General Juan Domingo Perón desde Fournier hasta Almafuerte (una mano)
ART.2º) Facultase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 3.636.200.- (Pesos Tres Millones Seiscientos Treinta y Seis Doscientos) para el financiamiento del proyecto de referido en el Art. 1º de la presente.
ART.3º) Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras, el proyecto citado ut supra, atento los motivos expuestos.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de marzo de 2015
Ord. 2282/15 Solicitud aporte no reintegrable Fondo de Obras Menores y Equipamientos (equipamientos, camiones, motos)
Expte. Nº 5.464/15.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario.
La Ordenanza Nº 2.182/14, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndoles la distribución para el año 2015 del Fondo de Obras Menores y Equipamientos.
Que en razón de totalidad de los servicios que presta el municipio a los contribuyentes son ejecutados por administración municipal, resulta necesario ampliar y renovar el equipamiento y los rodados para tales fines.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal, considera prioritaria la asignación de una partida de $ 2.860.960.- (Pesos Dos Millones Ochocientos Sesenta Mil Novecientos Sesenta), para la adquisición de una Pick Up doble cabina, un equipo desobstructor, dos chasis de camión 0 km y cuatro motocicletas de 200 cc 0 km para destinar al Cuerpo de Inspectores de Tránsito, correspondiendo $ 2.074.228,76.- (Pesos Dos Millones Setenta y Cuatro Mil Doscientos Veintiocho con Setenta y Seis Centavos) obras menores año 2015 y $ 786.731,24 (Pesos Setecientos Ochenta y Seis Mil Setecientos Treinta y Uno con Veinticuatro Centavos) saldo obras menores año 2014.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.282/2015.
ART.1º) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la ley 12385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2015 y el saldo de año 2014 que serán destinados a la adquisición de 1 equipo desobstructor y 2 chasis de camión 0km. Texto según Ordenanza 2465/17
Texto anterior
ART.2º) Facultase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 2.860.960.- (Pesos Dos Millones Ochocientos Sesenta Mil Novecientos Sesenta) para el financiamiento del proyecto de referido en el Art. 1º de la presente.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de marzo de 2015
Ord. 2172/13 Fondo de Obras Menores Ley Provincial Nº 12.385 Año 2013
Expte. Nº 4.993/13.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndoles correspondido en la distribución para el año 2013 un fondo total no reintegrable de $ 9.408.618,65.-
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 555.679,12 (Pesos Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 12/100), para la ejecución de pavimentación en concreto asfáltico en caliente de 6 cm de espesor en las calles José Ingenieros desde Saavedra hasta Pje. Mármol, y Saavedra desde 20 de Junio hasta Av. Alem.
Que en dicho barrio se pretende realizar la obra de readecuación de base y carpeta asfáltica de 6cm de espesor en las calles antes mencionadas, viven personas de escasos recursos como asimismo desempleados, lo que hace imposible puedan comprometerse a asumir una obligación de pago como la que genera la realización de esta obra.
Que resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley Nº 12.385, que aprueba las gestiones, que el proyecto de readecuación de base y carpeta asfáltica de 6 cm espesor en las arterias antes mencionadas, para la Municipalidad de Villa gobernador Gálvez, no es susceptible de recuperación económica para la población que se beneficiará con esta obra, de imprescindible realización en pos de mejorar la calidad de vida.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.172/2013.
ART.1º) Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2013 y que serán destinados a la readecuación de base y ejecución de pavimentación en concreto asfáltico en caliente de 6 cm de espesor en las calles: José Ingenieros desde Saavedra hasta Pje. Mármol, y Saavedra desde 20 de Junio hasta Av. Alem.
ART.2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 555.679,12.- (Pesos Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 12/100) para el financiamiento del proyecto referido en el Artículo 1º de la presente.
ART.3º) Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras, el proyecto ut supra, atento los motivos expuestos.
ART.4º) Solicitar en el marco de la Ley Nº 12.385 la asignación del 100 % de los fondos para la realización de dicha obra.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013.
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva
Ord. 2172/13 Aporte no reintegrable Fondo de Obras Menores Ley Provincial Nº 12.385 Año 2013
Expte. Nº 4.993/13.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndoles correspondido en la distribución para el año 2013 un fondo total no reintegrable de $ 9.408.618,65.-
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 555.679,12 (Pesos Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 12/100), para la ejecución de pavimentación en concreto asfáltico en caliente de 6 cm de espesor en las calles José Ingenieros desde Saavedra hasta Pje. Mármol, y Saavedra desde 20 de Junio hasta Av. Alem.
Que en dicho barrio se pretende realizar la obra de readecuación de base y carpeta asfáltica de 6cm de espesor en las calles antes mencionadas, viven personas de escasos recursos como asimismo desempleados, lo que hace imposible puedan comprometerse a asumir una obligación de pago como la que genera la realización de esta obra.
Que resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley Nº 12.385, que aprueba las gestiones, que el proyecto de readecuación de base y carpeta asfáltica de 6 cm espesor en las arterias antes mencionadas, para la Municipalidad de Villa gobernador Gálvez, no es susceptible de recuperación económica para la población que se beneficiará con esta obra, de imprescindible realización en pos de mejorar la calidad de vida.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.172/2013.
ART.1º) Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2013 y que serán destinados a la readecuación de base y ejecución de pavimentación en concreto asfáltico en caliente de 6 cm de espesor en las calles: José Ingenieros desde Saavedra hasta Pje. Mármol, y Saavedra desde 20 de Junio hasta Av. Alem.
ART.2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 555.679,12.- (Pesos Quinientos Cincuenta y Cinco Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 12/100) para el financiamiento del proyecto referido en el Artículo 1º de la presente.
ART.3º) Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras, el proyecto ut supra, atento los motivos expuestos.
ART.4º) Solicitar en el marco de la Ley Nº 12.385 la asignación del 100 % de los fondos para la realización de dicha obra.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de diciembre de 2013.
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva