Decr. 979/17 Diferentes trabajos de obras públicas en la Zona Catastral Nº 5
Expte. Nº 6.146/17.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N°2756
Decreto N° 398/2012
El reclamo de los vecinos de la zona catastral 5 y;
CONSIDERANDO:
Que en la calle José Ingenieros, entre calles Mármol y Victoria, en los días de lluvia, a los vecinos de la zona se les hace imposible transitar por el mal estado de la calle y la formación de grandes lagunas de agua y barro.
Que por José Ingenieros a la altura del 400, de la vereda par hay cordón cuneta, mientras que la vereda impar hay zanjas obstruidas de basura y pastos muy altos. A su vez también la intersección de dicha calle con Pasaje Progreso a la altura del 2200 se encuentra sin mantenimiento formándose gran cantidad de desniveles y pozos.
Que por José Ingenieros intersección Intendente Andreu se encuentra una boca de tormenta, que los vecinos reclaman que no tiene tuberías y no desemboca en ningún lado. A su vez en dicha intersección y en José Ingenieros y Mármol hay dos basurales a cielo abierto.
Que los vecinos del barrio están cansados de reclamar y de lidiar con las alimañas, que abundan por los basurales que se encuentran alrededor.
Que es necesario que se realicen tareas de nivelación en las calles mencionadas (José Ingenieros, Int. Andreu, Mármol, Pje. Progreso), así como también la limpieza y zanjeo de las mismas, evitando así la acumulación de agua y mejorando el día a día de los vecinos de la zona catastral 5.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 979/2017
ART 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda y en el término de 20 días, realice tareas de nivelación, limpieza y zanjeo en las siguientes calles de la zona catastral N° 5:
- José Ingeniero entre Mármol y Victoria
- Pasaje Progreso al 2100
- Mármol al 2200.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de mayo de 2017
Decr. 852/16 Diferentes trabajos de obras públicas en zona catastral Nº 4
Expte. Nº 5.770/16.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756
El reclamo de los vecinos y;
CONSIDERANDO:
Que la Zona 4 está habitada por familias trabajadoras con deseos de superación social y económica.
Que es un barrio en crecimiento, donde el ritmo de la construcción de viviendas no es el mismo que el de la obra pública.
Que el estado de las calles, pozos, pastizales, anegamientos, falta de recolección de ramas de árboles producto de la poda, forman verdaderas montañas que aumentan la inseguridad de los vecinos.
Que el Pje. Malatesta y la Calle Alvear se encuentran intransitables para los peatones y los vehículos, situación que se agudiza por las lluvias.
Que tres importantes instituciones: Escuela Enseñanza Media 448 con importante matrícula de alumnos y dos deportivas: Club Villa Gobernador Gálvez y el Club Infantil Estrella del Sur, ésta última con un centenar de chicos de distintas categorías que merecen espacios públicos seguros y saludables, y la realidad es que uno de los clubes tiene un basural en uno de los laterales del campo de deporte.
Que se multiplica en las actuales condiciones, el riesgo de transitabilidad de la población.
Que el estado de las calles impide el ingreso no sólo de vehículos particulares, sino de ambulancias, servicios de emergencias, remises, tan necesarios en una zona tan poblada como la Zona 4.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 852/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, Operativo de Limpieza Integral (desmalezamiento, zanjeo, limpieza de sumideros obstruidos, recolección de ramas y micro basurales) para el sector delimitado por las calles 17 de Octubre, Leandro N. Alem, Saavedra y 20 de Junio, pertenecientes a la zona catastral Nº 4.
ART. 2°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal ejecute obras de mejorado y moto nivelado para las calles 17 de Octubre, Congreso, Alvear, Mármol desde José Ingenieros hasta Leandro N. Alem y el Pasaje Raúl Malatesta. Se incluya la calle Constitución desde Saavedra hasta 17 de Octubre y Alem desde Int. Andreu hasta 17 de Octubre.
ART. 3°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Servicios Públicos realice trabajos de limpieza y erradique los montículos que se emplazan por la Avenida Alem específicamente el mayor de ellos ubicado desde 17 de Octubre hasta Congreso por la arteria antes mencionada.
ART. 4°) El Concejo Deliberante le ordena al Departamento Ejecutivo Municipal el acondicionamiento y apertura de la calle Alvear desde 20 de Junio hasta Leandro N. Alem.
ART. 5°) Los trabajos mencionados en los artículos que anteceden deberían ejecutarse en un plazo de 20 días hábiles una vez aprobado este decreto.
ART.6º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de mayo de 2016
Decr. 822/16 Cumplimiento del Art. 5º de la Ordenanza Nº 2.319/15
Exptes. Nº 5.705/16 y 5.686/16.
VISTO:
La Ley N° 2756, Art. 39°:
El Decreto N° 3137/15 del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe,
La Ordenanza N° 2268/2014 Integración de los distintos procedimientos de compra y contrataciones.
La Ordenanza N° 2319/2015 de Emergencia Hídrica en Villa Gobernador Gálvez
La Ordenanza N° 2345/2015 de Modificación de la Ordenanza de Emergencia Hídrica
Los Decretos N° 784/2015 y 790/2015 de este Concejo Deliberante.
El Expediente Nº 5686/2016 Proyecto de ordenanza Prorróguese la Emergencia Hídrica, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ordenanza N° 2319/15 se declara la emergencia hídrica en nuestra ciudad entre los meses de Octubre 2015 Y Febrero de 2016 en razón de los pronósticos elaborados por el Servicio Meteorológico Nacional en los que se preveían riesgos de anegamiento como consecuencia del fenómeno del niño como lo expresara el Decreto del Gobierno Provincial N° 3137/15.
Que la situación climática de nuestra región continúa siendo preocupante por la persistencia del fenómeno de El Niño, con el pronóstico de crecidas en los cursos de aguas y abundantes precipitaciones en poco período de tiempo motivando la necesidad el prorroga de dicha emergencia.
Que en la Ordenanza de Emergencia Hídrica se previó que para el caso de ser necesario el Departamento Ejecutivo Municipal pueda efectuar la adquisición de bienes o contratar servicios exceptuando el cumplimiento de la Ordenanza Nº 2268/14.
Que es necesario que este Cuerpo Deliberativo tenga conocimiento de las posibles adquisiciones o contrataciones que pueda haber realizado el Departamento Ejecutivo Municipal en el marco de dicha emergencia así como también de los trabajos de' mantenimiento, limpieza y diversas tareas preventivas en las áreas críticas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 822/2016
ART. 1°) Dese cumplimiento al Art. 5° de la Ordenanza N° 2319/2015 a los fines de efectuar la rendición de cuenta ante este Concejo Deliberando de todo lo adquirido y/o contratado en las condiciones establecidas por el Emergencia Hídrica.
ART. 2°) Solicitase al Departamento Ejecutivo Municipal en un plazo de 15 días hábiles un informe de las tareas de limpieza de:
ü Los 3.000 metros de la cuneta de guardia del Arroyo Saladillo.
ü Cuneta de guardia tramo hormigón de calle Filippini a Circunvalación.
ü Aliviador Magallanes desde Soldado Aguirre intercepción Suipacha.
ü Aliviador Caseros desde Libertador hasta Esperanza.
ü Aliviador Alem desde calle Mármol hasta el río.
ü Aliviador Ecuador desde el BarrioVilla Dolores hasta calle Alem.
ü Aliviador Magallanes desde Arroyo Saladillo hasta calle Libertad.
ü Aliviadores ambas manos calle Dr. Alfonsín.
ü Aliviador Autopista lado este desde cuneta de guardia hasta límite del municipio.
ü Cuneta de guardia LA RIVERA.
ü Aliviador calle Pueyrredón desde Magallanes hasta Suipacha.
ü Cuneta lado oeste calle Magallanes desde Soldado Aguirre a Pueyrredón.
ü Limpieza y mantenimiento de las cámaras de inspección donde funcionan las compuertas.
ART. 3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 31 de marzo de 2016.
Decr. 666/14 Colocacion y emplazamiento de luminarias sobre calle Marmol desde Cte Espora hasta Alem
Expte. 5.273/14.
VISTO:
La Ley Orgánica Municipal N° 2756.
El reclamo de los vecinos; y
CONSIDERANDO:
Que reviste de gran importancia la colocación y reparación de luminarias sumado a que en cercanías se encuentra la Escuela Comercial N° 448 " Perito Moreno", el Club Cultural y Deportivo Defensores de Villa Gobernador Gálvez, donde concurren gran cantidad de niños y adolescentes, y en este sector son frecuentes robos a cualquier hora del día.
Que la calle Mármol entre Comandante Espora hasta Alem, en dicho trazado, no cuenta con el servicio de alumbrado público en nuestra ciudad, y es una herramienta fundamental que tiende a proteger y asegurar a todas las personas.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal tiene la obligación de bregar por todos los habitantes del ejido municipal.
Que es de suma preocupación la ineludible colocación del servicio de alumbrado público, que implica mayor seguridad para los ciudadanos transeúntes y vecinos cercanos a dicho lugar.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 666/2014
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda con suma urgencia a la colocación y emplazamiento de luminarias sobre la Calle Mármol entre las Calles Comandante Espora hasta Av. Leandro Alem.-
ART. 2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de agosto de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva