Decr. 669/14 Se dé cumplimiento al Decreto Nº 603/14.
Expte. 5.288/14.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
Decreto Municipal Nº 584/2014,
Decreto Municipal Nº 603/2014
Ordenanza Municipal Nº 2178/2014, y
CONSIDERANDO:
Que el mes de Mayo del año 2014 se aprobó por unanimidad el Decreto 603/14 que ordenaba al Ejecutivo Municipal implementar un plan de regularización tributaría, catastral y dominial a los ocupandes del inmueble que actualmente funciona como “vivero” en el término de 90 días a partir de la sanción de dicho Decreto; como así también de informar los avances de las acciones y/o operaciones que efectivice dicho plan.
Que es necesario poner en marcha un riguroso Plan de Normalización Dominial y Tributario,Actualización Catastral y Regularización de Obras a los ocupantes del local comercial ubicado sobre Calle Pasteur y las vías del Ferrocarril Argentino, altura 2000 aproximadamente y correspondiente a manzana nº8, sección 7º dentro del territorio municipal, dicha porción de tierra fue transferida ad- honorem por la Empresa Ferrocarriles Argentinos al Municipio de Villa Gobernador Gálvez, según el acta firmada el 29 de Agosto del año 1994 por el Intendente Municipal y la mencionada Empresa.-
Que el Decreto Municipal Nº584/2014 implementa un Plan de Normalización Dominial y Tributario, Actualización Catastral y Regularización de Obras para todos los comercios enmarcados sobre el ejido municipal.-
Que dicho espacio de tierra se encuadra dentro de los 31.154,50 m2 de superficie que fueron donados ad- honoren por parte de la Empresa Ferrocarriles Argentinos al Municipio de Villa Gobernador Gálvez el 29 de Agosto de 1994, en donde este último se comprometió a darle un destino de recupecaión urbana, reforestación ,a cargo de personal especializado, y parque.-
Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización de comercios ubicados en el ejido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a cambio de servicios.-
Que resulta fundamental darle un marco legal claro y comunicado a todas las partes interesadas. De esta manera, estaremos en condiciones de realizar seguimiento de las actividades de estos particulares e ir acompañando su desarrollo.-
Que los ocupantes del inmueble usufructado como “vivero” desarrollan su actividad en tierras que pertenecen al estado municipal sin la adecuada habilitación e inspección por parte del municipio.-
Que elServicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), reconoce como vivero a todo establecimiento dedicado al cultivo de plantas que ocupa un espacio geográfico con límites claramentedefinidos, señalizado en su entrada con un cartel legible, subdividido en lotes de producción de plantas, con fácil acceso para su inspección, vigilancia fitosanitaria y ejecución de tratamientos fitosanitarios.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 669/2014
ART. 1) El Concejo Deliberante de la ciudad se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, proceda a dar cumplimiento al Decreto 603/14 que establecía la implementación de un plan de regularización tributaría, catastral y dominial a los ocupandes del inmueble usufructuado como “vivero”y un informe sobre las acciones y/u operaciones que se desarrollaron hasta el momento que efectivicen dicho plan.-
ART.2º)Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de agosto de 2014
Presidente: Raúl Avelino Martínez
Secretaria: Roberto Leiva
Decr. 633/14 Se dé cumplimiento a los Decretos Nº 584/14 y 604/14
Expte. Nº 5.210/14.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756;
El Decreto Nº 604/ 2014,
El Decreto Nº 584/2014;
Expediente Nº 5136/14, y
CONSIDERANDO:
Que es de suma urgencia el relevamiento y normalización tributaria de los comercios en todo el éjido urbano, que intensifiquen la recaudación de fondos a las arcas municipales, dicha normalización tributaria involucra el pago obligatorio de impuestos, tasas y derechos municipales que cualquier comerciante que se enmarque sobre el territorio municipal deba abonar a cambio de servicios.-
Que el pasado 8 de Mayo del corriente año se aprobó por unanimidad el decreto Nº604/2014, que corresponde a un pedido de informe solicitando los comprobantes de liquidación del DREI,desde el año 1991 hasta el mes de Marzo del año 2014 que realizó el titular de dicho comercio que se encuentra en la calle Av. General Juan D. Perón Nº 2096, sección 8, manzana 31, perteneciente al Estado Nacional Argentino y cedido en el año 1975 a la Unión Ferroviaria, catastro Nº16925, plano Nº 85197 al municipio de Villa Gobernador Gálvez.-
Que cualquier violación comprobada a la cláusula establecida por el Código Tributario Municipal en referencia a todo establecimiento comercial o industrial, dispone y fija que el incumplimiento de leyes, ordenanzas y normas reglamentarias de aplicación en la esfera municipal, dará lugar a penalidades variables entre cinco a cincuenta mil pesos, de acuerdo a la importancia de la causa determinante de la medida, sin perjuicio de que la misma recobre, de inmediato, su plena efectividad con el concurso de la fuerza pública.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 633/2014
ART. 1º) Remítase al Concejo Deliberante, en el plazo perentorio e improrrogable de 5 (cinco) dias hábiles a partir de la aprobación de este decreto, la información solicitada en el decreto Nº 604/14 y 584/14.-
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de junio de 2014
Presidente: Jorge Andrés Murabito
Secretaria: Roberto Leiva