Lunes, 19 Noviembre 2012 19:55

MODIFICACION FONDO ESPECIFICO DE REPAVIMENTACION Y BACHEO ART. 22 ORD. 1608/04

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 Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi. 

Proyecto de Ordenanza, modifíquese el art. 22 de la Ordenanza 1608/04 en el título “Otros Tributos” Fondo específico de Repavimentación y bacheo. Exp. 4633/12.

VISTO:

La Ley N° 2756.

Las Ordenanzas N° l .588/04, 1.608/04, 2067/12, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario modificar el Art. 22° de la Ordenanza N° 1.608/04 en el Título "Otros Tributos" Fondo de Repavimentación y Bacheo, especificando que el titular de la Licencia de Remisses es quien deberá abonar el importe correspondiente a dicho fondo.

Por todo lo expuesto, el Bloque Justicialista-FPV- solicitan al resto del Cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA

ART. 1º) Modifiqúese el Art. 22° de la Ordenanza N° 1.608/04 en el Titulo "Otros Tributos" Fondo Especifico de Repavimentación y Bacheo, el que quedara redactado de la siguiente manera: "Los titulares de la licencia de remises, deberán abonar en concepto de Fondo de Repavimentación y Bacheo, la suma mensual de $ 100.- (Pesos Cien), con vencimiento los días 10 de cada mes o hábil inmediato siguiente".

 

 

 

 

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