Proyecto presentado por el Bloque Socialista Frente Progresista Civico y Social
Este es un proyecto presentado por el bloque Socialista Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE SOCIALISTA FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor del proyecto: Concejal Dolce.
DAR CUMPLIMIENTO A LAS ORDENANZAS 1262/97 Y 1263/97 SOBRE VEREDAS PEATONALES EN CALLES “MAGALLANES” Y “CAMINO DEL INMIGRANTE”
Proyecto de Decreto, para dar cumplimiento a las Ordenanzas Nº 1262/97 y 1263/97 sobre veredas peatonales en calle “Magallanes” y “Camino del Inmigrante”. Exp. 4832/13.
VISTO:
La Ley 2.756 Art. 39 Inc. 24
Las Ordenanzas Nº 1262 /97 y Nº 1263/97
El reclamo de vecinos y
CONSIDERANDO:
Que en el año 1997 se aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 1262, la cual establecía lo siguiente:“Dispónese la ejecución de la Obra Pública de construcción de una vereda peatonal desde la intersección de calles Soldado Aguirre y Av. Filippini por Magallanes hasta la calle Orán, de la mano de los números pares.”
Que la Ordenanza antes mencionada daba respuesta a la necesidad de muchos vecinos de desplazarse a pie entre los Barrios Alto Verde y Coronel Aguirre sin correr ningún tipo de peligro.
Que en la misma sesión se aprobó por unanimidad la Ordenanza Nº 1263/97 la cual establecía: “Dispónese la ejecución de la Obra Pública de construcción de una vereda peatonal por calle Camino del Inmigrante desde Alvear hasta la calle América (Acceso Barrio IbaiHondo) de la mano de los números impares”.
Que ambas contenían las siguientes especificaciones técnicas: “Hormigón Armado tipo H8, de un espesor de 10 cm., con juntas de dilatación cada 4,50 mts., con un ancho de 1,50 mts. desde la línea de edificación a la calzada, con sus respectivas rampas de ascenso y descenso para discapacitados, según Ordenanza Nº 942/94”.
Que el Municipio tiene como deber ejecutar acciones que mejoren la calidad de vida de las personas y garantizar su seguridad en el tránsito peatonal, entre otras, debe ser una prioridad.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante eleva para su tratamiento el siguiente proyecto de
DECRETO
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través del área que corresponda, de cumplimiento efectivo a las Ordenanzas Nº 1262/97 “Vereda peatonal calle Magallanes” y Nº 1263/97 “Vereda peatonal camino del Inmigrante”.
OBRAS DE BACHEO EN AV. FILIPPINI AL 1300
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en Av. Filippini al 1300. Exp. 4829/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 y;
Considerando
Que en la bocacalle ubicada en Avenida Filippini y Gral. López, se encuentra un bache de importantes dimensiones.
Que en la misma avenida a la altura de 1400 en su intersección con Sáenz Peña existe un significativo desnivel.
Que en dicha arteria circula una importante cantidad de vehículos ya que es de doble sentido de circulación. Además en la zona se encuentran numerosas empresas y un reconocido frigorífico.
Que atravesarlos puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en Avenida Filippini – a la altura del 1300- y Gral. López.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar Avenida Filippini – a la altura del 1400- en su intersección con Sáenz Peña.
OBRAS PUBLICAS EN PJE CAPUCHINO ENTRE MONTE CASEROS Y SAN LORENZO
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, se proceda a realizar diversas obras públicas en Pje Capuchino entre Monte Caseros y San Lorenzo. Exp. 4828/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;
Constitución Nacional artículo 41;
Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;
Considerando
Que el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento e iluminación aumentando la inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las mencionadas obras.
Que por la falta de limpieza de las zanjas, el agua permanece estancada padeciendo, en días de lluvia, el ingreso de dicha agua a las viviendas sufriendo daños materiales y aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada con la mencionada situación.
Que la zona se encuentra cercada por terrenos baldíos con altos pastizales favoreciendo la concreción de delitos y la proliferación de distintos tipos de alimañas que pueden afectar a la salud de los vecinos.
Que de noche o en la madrugada la zona permanece a oscuras por la falta de luminarias.
Que en la proximidad de la zona se encuentra instalada la escuela secundaria Nro. 516 "Leticia Cossettini” debiendo los alumnos conducirse a oscuras por las mencionadas calles para poder llegar al establecimiento educativo.
Que las condiciones de las calles son deficientes, con numerosos baches de distintas dimensiones, algunos de importante profundidad.
Que en días de lluvia se hacen intransitables ya que las mismas son de tierra.
Que sobre calle Nahuel Huapi se están realizando las obras para la instalación de la Sub Comisaría dependiente de la Comisaría Nro. 26.
Que, de continuar las calles en ese estado, se tornaría imposible que el personal policial cumpla con sus deberes.
Que es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.
Que es de suma urgencia que se realice el mejorado de las calles mencionadas y sus alrededores para favorecer las condiciones de circulación.
Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las mencionadas arterias, o realice las gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática planteada.
MEDIDORES COMUNITARIOS EN LOS DOMICILIOS UBICADOS EN PJE CAPUCHINO ENTRE NAHUEL HUAPI Y SAN LORENZO
Autor del proyecto: Concejal Martínez.
Proyecto de Decreto, se proceda a la colocación de medidores comunitarios de consumo d energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pje Capuchino entre Nahuel Huapi y San Lorenzo. Exp. 4827/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 y;
Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;
Considerando
Que las viviendas asentadas sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo pertenecen a familias humildes pero de gente trabajadora que carecen de los elementos fundamentales para cubrir las necesidades básicas habitacionales.
Que los habitantes de la mencionada zona solicitan la instalación de medidores comunitarios para el suministro de energía eléctrica a fin de regularizar su situación, hacer seguro el consumo de dicho servicio -por el momento, la conexión es precaria- y abonarlo en forma correcta.
Que los vecinos se comprometen a cumplir con las obligaciones que la instalación de dichos medidores comprenden.
Que, a su vez, también requieren se proceda a colocar correctamente las columnas debido a que las mismas se encuentran inclinadas, sostenidas por algunos árboles o sólo por los cables que contienen, portando un riesgo de caída, destrucción de las viviendas y electrocución de los habitantes del lugar.
Que los cables se encuentran a poca altura dificultando el paso de los vehículos de gran porte o de las máquinas niveladoras, por ello, piden que los mismos se coloquen a una altura razonable que permita el libre transito de los vehículos mencionados.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.
Articulo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones pertinentes para la correcta colocación de las columnas que contienen cables de energía eléctrica sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.
Articulo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione la colocación de los cables de energía eléctrica a una altura razonable que permita el paso de vehículos de gran porte y máquinas por la zona.
OBRAS PUBLICAS EN PJE CAPUCHINO ENTRE MONTE CASEROS Y SAN LORENZO
Proyecto de Decreto, se proceda a realizar diversas obras públicas en Pje Capuchino entre Monte Caseros y San Lorenzo. Exp. 4828/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;
Constitución Nacional artículo 41;
Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;
Considerando
Que el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento e iluminación aumentando la inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las mencionadas obras.
Que por la falta de limpieza de las zanjas, el agua permanece estancada padeciendo, en días de lluvia, el ingreso de dicha agua a las viviendas sufriendo daños materiales y aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada con la mencionada situación.
Que la zona se encuentra cercada por terrenos baldíos con altos pastizales favoreciendo la concreción de delitos y la proliferación de distintos tipos de alimañas que pueden afectar a la salud de los vecinos.
Que de noche o en la madrugada la zona permanece a oscuras por la falta de luminarias.
Que en la proximidad de la zona se encuentra instalada la escuela secundaria Nro. 516 "Leticia Cossettini” debiendo los alumnos conducirse a oscuras por las mencionadas calles para poder llegar al establecimiento educativo.
Que las condiciones de las calles son deficientes, con numerosos baches de distintas dimensiones, algunos de importante profundidad.
Que en días de lluvia se hacen intransitables ya que las mismas son de tierra.
Que sobre calle Nahuel Huapi se están realizando las obras para la instalación de la Sub Comisaría dependiente de la Comisaría Nro. 26.
Que, de continuar las calles en ese estado, se tornaría imposible que el personal policial cumpla con sus deberes.
Que es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.
Que es de suma urgencia que se realice el mejorado de las calles mencionadas y sus alrededores para favorecer las condiciones de circulación.
Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las mencionadas arterias, o realice las gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática planteada.
OBRAS DE BACHEO EN AV. FILIPPINI AL 1300
Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en Av. Filippini al 1300. Exp. 4829/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 y;
Considerando
Que en la bocacalle ubicada en Avenida Filippini y Gral. López, se encuentra un bache de importantes dimensiones.
Que en la misma avenida a la altura de 1400 en su intersección con Sáenz Peña existe un significativo desnivel.
Que en dicha arteria circula una importante cantidad de vehículos ya que es de doble sentido de circulación. Además en la zona se encuentran numerosas empresas y un reconocido frigorífico.
Que atravesarlos puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en Avenida Filippini – a la altura del 1300- y Gral. López.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar Avenida Filippini – a la altura del 1400- en su intersección con Sáenz Peña.
Proyectos presentados por el Bloque UCR Frente Progresista Civico y Social
Estos son los proyectos presentados por el bloque UCR (Unión Cívica Radical) Frente Progresista, Cívico y Social hasta la fecha.
BLOQUE U.C.R. FRENTE PROGRESISTA, CIVICO Y SOCIAL
Autor de los proyectos: Concejal Martínez.
MEDIDORES COMUNITARIOS EN LOS DOMICILIOS UBICADOS EN PJE CAPUCHINO ENTRE NAHUEL HUAPI Y SAN LORENZO
Proyecto de Decreto, se proceda a la colocación de medidores comunitarios de consumo d energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pje Capuchino entre Nahuel Huapi y San Lorenzo. Exp. 4827/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 y;
Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;
Considerando
Que las viviendas asentadas sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo pertenecen a familias humildes pero de gente trabajadora que carecen de los elementos fundamentales para cubrir las necesidades básicas habitacionales.
Que los habitantes de la mencionada zona solicitan la instalación de medidores comunitarios para el suministro de energía eléctrica a fin de regularizar su situación, hacer seguro el consumo de dicho servicio -por el momento, la conexión es precaria- y abonarlo en forma correcta.
Que los vecinos se comprometen a cumplir con las obligaciones que la instalación de dichos medidores comprenden.
Que, a su vez, también requieren se proceda a colocar correctamente las columnas debido a que las mismas se encuentran inclinadas, sostenidas por algunos árboles o sólo por los cables que contienen, portando un riesgo de caída, destrucción de las viviendas y electrocución de los habitantes del lugar.
Que los cables se encuentran a poca altura dificultando el paso de los vehículos de gran porte o de las máquinas niveladoras, por ello, piden que los mismos se coloquen a una altura razonable que permita el libre transito de los vehículos mencionados.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las gestiones pertinentes para la colocación de medidores comunitarios de consumo de energía eléctrica en los domicilios ubicados sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.
Articulo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones pertinentes para la correcta colocación de las columnas que contienen cables de energía eléctrica sobre Pasaje Capuchinos entre Nahuel Huapi y San Lorenzo.
Articulo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, gestione la colocación de los cables de energía eléctrica a una altura razonable que permita el paso de vehículos de gran porte y máquinas por la zona.
OBRAS PUBLICAS EN PJE CAPUCHINO ENTRE MONTE CASEROS Y SAN LORENZO
Proyecto de Decreto, se proceda a realizar diversas obras públicas en Pje Capuchino entre Monte Caseros y San Lorenzo. Exp. 4828/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 incisos 14 y 52;
Ley 2.756 articulo 41 inciso 24 y;
Constitución Nacional artículo 41;
Reclamo de los vecinos en forma personal al concejal abajo firmante y;
Considerando
Que el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo carece de obras de zanjeo, limpieza, desmalezamiento e iluminación aumentando la inseguridad y las probabilidades de adquirir alguna enfermedad relacionada con el estancamiento de aguas producto de la falta de realización de las mencionadas obras.
Que por la falta de limpieza de las zanjas, el agua permanece estancada padeciendo, en días de lluvia, el ingreso de dicha agua a las viviendas sufriendo daños materiales y aumentando el riesgo de padecer alguna enfermedad relacionada con la mencionada situación.
Que la zona se encuentra cercada por terrenos baldíos con altos pastizales favoreciendo la concreción de delitos y la proliferación de distintos tipos de alimañas que pueden afectar a la salud de los vecinos.
Que de noche o en la madrugada la zona permanece a oscuras por la falta de luminarias.
Que en la proximidad de la zona se encuentra instalada la escuela secundaria Nro. 516 "Leticia Cossettini” debiendo los alumnos conducirse a oscuras por las mencionadas calles para poder llegar al establecimiento educativo.
Que las condiciones de las calles son deficientes, con numerosos baches de distintas dimensiones, algunos de importante profundidad.
Que en días de lluvia se hacen intransitables ya que las mismas son de tierra.
Que sobre calle Nahuel Huapi se están realizando las obras para la instalación de la Sub Comisaría dependiente de la Comisaría Nro. 26.
Que, de continuar las calles en ese estado, se tornaría imposible que el personal policial cumpla con sus deberes.
Que es necesario realizar las obras de zanjeo, limpieza y desmalezamiento para evitar la proliferación de distintos tipos de alimañas.
Que es de suma urgencia que se realice el mejorado de las calles mencionadas y sus alrededores para favorecer las condiciones de circulación.
Que es obligación del Departamento Ejecutivo Municipal velar por la higiene, seguridad y salud de los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Ante todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a realizar las obras de zanjeo tendientes a favorecer la desembocadura de aguas estancadas en el pasaje Capuchinos entre Monte Caseros y San Lorenzo.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, efectúe los trabajos pertinentes para el mejoramiento de las mencionadas calles.
Artículo 3.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, ejecute el desmalezamiento y limpieza de la zona.
Artículo 4.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a la colocación y mantenimiento de luminarias en las mencionadas arterias, o realice las gestiones pertinentes ante quien corresponda para solucionar la problemática planteada.
OBRAS DE BACHEO EN AV. FILIPPINI AL 1300
Proyecto de Decreto, para que se realicen obras de bacheo en Av. Filippini al 1300. Exp. 4829/13.
Visto
Ley 2.756 articulo 39 y;
Considerando
Que en la bocacalle ubicada en Avenida Filippini y Gral. López, se encuentra un bache de importantes dimensiones.
Que en la misma avenida a la altura de 1400 en su intersección con Sáenz Peña existe un significativo desnivel.
Que en dicha arteria circula una importante cantidad de vehículos ya que es de doble sentido de circulación. Además en la zona se encuentran numerosas empresas y un reconocido frigorífico.
Que atravesarlos puede provocar daños materiales en los vehículos aumentando el riesgo de siniestralidad vial e incluso puede provocar que los motociclistas pierdan el control de sus motovehículos y caigan sobre el asfalto.
Que es deber del Departamento Ejecutivo Municipal, el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra ciudad, para brindar una mejor calidad de vida a los ciudadanos de Villa Gobernador Gálvez.
Por todo lo expuesto, el Concejal abajo firmante, eleva para su tratamiento siguiente proyecto de decreto.
DECRETO
Artículo 1.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las obras de bacheo en Avenida Filippini – a la altura del 1300- y Gral. López.
Artículo 2.- El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, proceda a nivelar Avenida Filippini – a la altura del 1400- en su intersección con Sáenz Peña.
Proyecto del Departamento Ejecutivo
Este es un proyecto presentado por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza modificación Ordenanza Nº 2094/12.
Reunion sobre uso de productos fitosanitarios
El día 18 de junio de 2013 a las 10 hs en el recinto del Concejo Deliberante se realizo una reunión para discutir la “Regulación de la Aplicación de Productos Fitosanitarios en el ámbito de Villa Gobernador Gálvez”.
El Concejo Deliberante en sesión del 25 de abril del 2013 aprobó la Resolución 1691/13 que dio origen a esta convocatoria.
Participaron de la misma, todos los concejales y expusieron las siguientes personas: Daniel Romano de Asamblea por la vida; Eduardo Rossi de Asociación Grito de Malvinas; Gabriela Lazzari de Aeco Litoral; Andrea Drueta docente de Alvear; Luis Traverso, productor; Dr. Armando Perichon Secretario de Salud de la municipalidad de Villa Gdor Gálvez.
Proyectos Particulares y del Dep. Ejecutivo
Estos son los proyectos presentados por Particulares y Departamento Ejecutivo hasta la fecha.
DEPARTAMENTO EJECUTIVO
El Departamento Ejecutivo remite Proyecto de Ordenanza reglamentación del correcto uso de productos fitosanitarios en el municipio de Villa Gdor Gálvez. Exp. 4825/13.
PARTICULARES
Vecinos de Barrio Ibai Ondo solicitan soluciones habitacionales y de obras publicas. Exp. 4824/13.
Ord. 2129/13 modificación Presupuesto General de Gastos 2013
Expte. Nº 4.809/13.
VISTO:
El Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2013, aprobado por Ordenanza Nº 2089/2012 del 13/12/2012, promulgada por Decreto Nº 1682/2012 del 17/12/2012, y la modificación según Ordenanza Nº 2102/2013 del 08/02/2013, promulgada por Decreto Nº 2011/2013, y
CONSIDERANDO:
Que según el acta acuerdo firmado en
Que según
Que se recibieron en concepto de anticipo de Aporte Financiero Extraordinario del Gobierno de
Por todo lo expuesto es necesario efectuar las modificaciones pertinentes a los fines de un mejor manejo administrativo y control presupuestario; y a su vez no entorpecer el normal desenvolvimiento de la actividad municipal.-
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.129/2013
ART.1º) Modifíquese el Presupuesto de Gastos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente Ordenanza:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
EROGACIONES CON RENTAS GENERALES
EROGACIONES CORRIENTES
0.1.1/01.00.00.00 PERSONAL $ 22.513.701,94
0.1.1/03.00.00.00 INTERESES DE
0.1.1/06.00.00.00 CONCEJO DELIBERANTE $ 1.115.000,00 23.708.701,94
EROGACIONES DE CAPITAL
0.1.2/11.00.00.00 AMORTIZACION DE DEUDAS $ 830.000,00 830.000,00
TOTAL PARTIDAS QUE SE AUMENTAN $ 24.538.701,94
ART. 2º) Modifíquese el Cálculo de Recursos vigente a la fecha, de la siguiente manera, en un todo de acuerdo con los considerandos de la presente Ordenanza:
PARTIDAS QUE SE AUMENTAN
RENTAS GENERALES
RECURSOS CORRIENTES
DE JURISDICCIÓN MUNICIPAL
TRIBUTARIOS EJERCICIO ANTERIORES
0.1.1/03.01.00.00 Tributarios Atrasados 2.800.000,00 2.800.000,00
DE OTRAS JURICCIONES
COPARTICIPACION DEL EJERCICIO
0.1.2/01.01.00.00 Coparticipación del Ejercicio 11.760.000,00 11.760.000,00
DE OTRAS JURISCICCIONES
APORTES NO REINTEGRABLES DEL EJERCICIO
0.3.2/01.01.00.00 CONTRIBUCIÓN PROVINCIAL 1.200.000,00 1.200.000,00
0.3.2/03.01.00.00 Fondo P/Const. De Obras Menores
Y adquisición de Equipamiento y
Rodados Atrasado 7.663.701,94 7.663.701,94
TOTAL PARTIDAS QUE SE AUMENTAN 23.423.701,94
ART. 3º) Fíjase en la suma de $ 195.587.235,76 (Pesos ciento noventa y cinco millones quinientos ochenta y siete miol doscientos treinta y cinco con 76/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de
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RENTAS GENERALES |
RENTAS ESPECIALES |
TOTAL |
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EROGACIONES CORRIENTES |
153.532.212,25 |
6.701.989,74 |
160.234.201,99 |
|
|
|
|
OPERACIÓN |
142.902.451,94 |
6.701.989,74 |
149.604.441,68 |
Personal |
112.008.801,94 |
3.102.500,00 |
115.111.301,94 |
Bs. Y Serv. No Pers. |
30.893.650,00 |
3.599.489,74 |
34.493.139,74 |
INTERESES DE LA DEUDA |
580.445,33 |
- |
580.445,33 |
TRANSFERENCIAS |
3.018.314,98 |
- |
3.018.314,98 |
A CLASIFICAR |
50.000,00 |
- |
50.000,00 |
CONCEJO DELIBERANTE |
6.981.000,00 |
- |
6.981.000,00 |
|
|
|
|
EROGACIONES DE CAPITAL |
32.892.026,77 |
2.461.007,00 |
35.353.033,77 |
|
|
|
|
INVERSION REAL |
32.792.026,77 |
2.461.007,00 |
35.253.033,77 |
Bienes de Capital |
2.247.000,00 |
200.000,00 |
2.447.000,00 |
Trabajos Públicos |
30.545.026,77 |
2.261.007,00 |
32.806.033,77 |
|
|
|
|
BIENES PRE-EXISTENTES |
100.000,00 |
- |
100.000,00 |
INVERSION FINANCIERA |
- |
- |
- |
Aportes de Capital |
- |
- |
- |
Préstamos |
- |
- |
- |
|
|
|
|
TOTALES |
186.424.239,02 |
9.162.996,74 |
195.587.235,76 |
ART. 4º) Estímese en la suma de $ 155.914.444,05 (Pesos Ciento cincuenta y cinco millones novecientos catorce mil cuatrocientos cuarenta y cuatro con 05/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo N° 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
|
RENTAS GENERALES |
RENTAS ESPECIALES |
TOTAL |
|
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RECURSOS CORRIENTES |
146.310.383,05 |
9.104.061,00 |
155.414.444,05 |
JURISDICCION PROPIA |
75.667.883,05 |
9.104.061,00 |
84.771.944,05 |
|
|
|
- |
TRIBUTARIOS DEL EJERCICIO |
53.397.073,00 |
9.104.061,00 |
62.501.134,00 |
Tasas y Derechos |
53.340.573,00 |
9.104.061,00 |
62.444.634,00 |
Contribución de Mejoras |
56.500,00 |
- |
56.500,00 |
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. |
7.001.310,05 |
- |
7.001.310,05 |
TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. |
14.509.500,00 |
- |
14.509.500,00 |
NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. |
760.000,00 |
- |
760.000,00 |
|
|
|
|
DE OTRAS JURISDICCIONES |
70.642.500,00 |
- |
70.642.500,00 |
|
|
|
- |
COPARTICIPACION DEL EJERCICIO |
67.842.500,00 |
- |
67.842.500,00 |
COPART.EJERC. ANTERIOR |
2.800.000,00 |
- |
2.800.000,00 |
|
|
|
|
RECURSOS DE CAPITAL |
500.000,00 |
- |
500.000,00 |
REEMBOLSO DE PRESTAMOS |
- |
- |
- |
|
|
|
|
VENTA ACTIVO FIJO |
500.000,00 |
- |
500.000,00 |
OTROS RECURSOS DE CAPITAL |
- |
- |
- |
|
|
|
- |
TOTALES |
146.810.383,05 |
9.104.061,00 |
155.914.444,05 |
ART.5º) Fíjese en la suma de $ 2.127.845,97 (Pesos dos millones ciento veintisiete mil ochocientos cuarenta y cinco con 97/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a
Continuación:
|
RENTAS GENERALES |
RENTAS ESPECIALES |
TOTAL |
|
|
|
|
OTRAS EROGACIONES |
|
|
|
EROGACIONES PARA ATENDER |
2.127.845,97 |
- |
2.127.845,97 |
Amortización Deuda Pública |
- |
- |
- |
Amortización Ajuste Deuda Pública |
- |
- |
- |
Amortización Otras Deudas |
2.127.845,97 |
- |
2.127.845,97 |
Amortización Ajuste Otras Deudas |
- |
- |
- |
EROGACIONES PARA ATENDER ADELANTOS A PROVEEDORES Y CONTRATISTAS |
- |
- |
- |
|
|
|
|
TOTAL OTRAS EROGACIONES |
2.127.845,97 |
- |
2.127.845,97 |
ART. 6°) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I - TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 3° Y 5° 197.715.081,73
II - TOTAL DE RECURSOS S/ART.2° 155.914.444,05
III - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 41.800.637,68
ART. 7°) Estímase en la suma de $ 41.800.637,68 (Pesos cuarenta y un millones ochocientos mil seiscientos treinta y siete con 68/100) el Financiamiento de
|
RENTAS GENERALES |
RENTAS ESPECIALES |
TOTAL |
|
|
|
|
FINANCIAMIENTO |
|
|
|
1-APORTES NO REINTEGRABLES |
31.263.701,94 |
- |
31.263.701,94 |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Provincial |
3.600.000,00 |
- |
3.600.000,00 |
Aportes no reintegrables provenientes del Estado Nacional |
7.000.000,00 |
- |
7.000.000,00 |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo Federal Solidario |
4.000.000,00 |
- |
4.000.000,00 |
Aportes no reintegrables provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados |
9.000.000,00 |
- |
9.000.000,00 |
Aportes no reintegrables Ejercicios Anteriores provenientes del Fondo para construcción de Obras Menores y Alquiler de Equipamientos y Rodados |
7.663.701,94 |
|
7.663.701,94 |
2-USO DEL CREDITO |
10.478.000,00 |
- |
10.478.000,00 |
Aportes reintegrables provenientes del Estado Provincial o Nacional |
1.115.000,00 |
- |
1.115.000,00 |
Préstamos Bancarios |
- |
- |
- |
Préstamos Gobierno Provincial |
9.363.000,00 |
- |
9.363.000,00 |
Préstamos Gobierno Nacional |
- |
- |
- |
3-ADELANTOS OTORGADOS A PROVEEDORES EN EJERCICIOS ANTERIORES |
- |
|
- |
4-REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES |
- |
58.935,74 |
58.935,74 |
5-ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIBUC. |
- |
|
- |
TOTAL DE FINANCIAMIENTO |
41.741.701,94 |
58.935,74 |
41.800.637,68 |
|
|
|
|
I - NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 41.800.637,68
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 41.800.637,68
RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
========================
ART. 8º) Manténgase en vigencia los Artículos Nº 6,7 y 8 de
ART. 9º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci
0.0.0/00.00.00.00 |
TOTAL PRESUPUESTO DE GASTOS 2013 |
24.538.701,94 |
|
|
|
0.1.0/00.00.00.00 |
EROGACIONES CON RENTAS GENERALES |
24.538.701,94 |
|
|
|
0.1.1/00.00.00.00 |
EROGACIONES CORRIENTES |
23.708.701,94 |
|
|
|
0.1.1/01.00.00.00 |
PERSONAL |
22.513.701,94 |
|
|
|
0.1.1/01.01.00.00 |
REMUNERACIONES |
18.272.270,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.01.00 |
PERSONAL PERMANENTE |
7.877.270,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.01.02 |
Personal Permanente Administrativo |
2.045.000,00 |
0.1.1/01.01.01.04 |
Personal Permanente Técnico |
294.000,00 |
0.1.1/01.01.01.05 |
Personal Permanente Mantenimiento y Produc. |
1.632.270,00 |
0.1.1/01.01.01.06 |
Personal Permanente Serv. Generales |
2.562.000,00 |
0.1.1/01.01.01.07 |
Personal Permanente Computación |
262.000,00 |
0.1.1/01.01.01.08 |
Personal Permanente Salud Pública |
1.082.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.02.00 |
PERSONAL TEMPORARIO |
502.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.02.13 |
Personal de Gabinete |
502.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.03.00 |
SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO |
3.061.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.03.01 |
S.A.C. Personal Permanente |
2.520.000,00 |
0.1.1/01.01.03.02 |
S.A.C. Personal Temporario |
102.000,00 |
0.1.1/01.01.03.03 |
S.A.C. Personal Salud Pública |
439.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.04.00 |
SALARIO FAMILIAR |
78.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.04.01 |
Salario Familiar Pers. Permanente y Temporario |
65.000,00 |
0.1.1/01.01.04.02 |
Salario Familiar Pers. Salud Pública |
13.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.05.00 |
SERVICIOS EXTRAORDINARIOS |
6.754.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.01.05.01 |
Título Personal Perm. y Temporario |
328.000,00 |
0.1.1/01.01.05.02 |
Antigüedad Personal Perm. y Temporario |
1.170.000,00 |
0.1.1/01.01.05.03 |
Presentismo Personal Perm. y Temporario |
839.000,00 |
0.1.1/01.01.05.04 |
Adicionales Personal Perm. y Temporario |
1.982.000,00 |
0.1.1/01.01.05.05 |
Horas Extras Personal Perm. y Temporario |
0,00 |
0.1.1/01.01.05.06 |
Título Personal Salud Pública |
143.000,00 |
0.1.1/01.01.05.07 |
Antigüedad Personal Salud Pública |
223.000,00 |
0.1.1/01.01.05.08 |
Presentismo Personal Salud Pública |
89.000,00 |
0.1.1/01.01.05.09 |
Adicionales Personal Salud Pública |
387.000,00 |
0.1.1/01.01.05.10 |
Horas Extras Personal Salud Pública |
0,00 |
0.1.1/01.01.05.11 |
Perm. Categoría Personal Permanente y Temporario |
70.000,00 |
0.1.1/01.01.05.12 |
Perm. Categoría Personal Salud Pública |
23.000,00 |
0.1.1/01.01.05.13 |
Adicional Ley 2756-Pers. Permanente y Temporario |
1.414.000,00 |
0.1.1/01.01.05.14 |
Adicional Ley 2756-Pers. Salud Pública |
86.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.02.00.00 |
ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL |
4.241.431,94 |
|
|
|
0.1.1/01.02.01.00 |
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES |
3.098.431,94 |
|
|
|
0.1.1/01.02.01.01 |
Caja de Jubilaciones Personal Permanente |
2.540.431,94 |
0.1.1/01.02.01.02 |
Caja de Jubilaciones Personal Temporario |
150.000,00 |
0.1.1/01.02.01.03 |
Caja de Jubilaciones Personal Salud Pública |
408.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.02.02.00 |
I.A.P.O.S. |
1.143.000,00 |
|
|
|
0.1.1/01.02.02.01 |
I.A.P.O.S Personal Permanente |
925.000,00 |
0.1.1/01.02.02.02 |
I.A.P.O.S Personal Temporario |
54.000,00 |
0.1.1/01.02.02.03 |
I.A.P.O.S Personal Salud Pública |
164.000,00 |
|
|
|
0.1.1/06.00.00.00 |
CONCEJO DELIBERANTE |
1.115.000,00 |
|
|
|
0.1.1/06.01.00.00 |
Dietas Concejales |
200.000,00 |
0.1.1/06.02.00.00 |
Gastos de Funcionamiento |
100.000,00 |
0.1.1/06.03.00.00 |
Gastos de Representación |
95.000,00 |
0.1.1/06.04.00.00 |
Sueldos Personal y Gabinete |
530.000,00 |
0.1.1/06.05.00.00 |
Aportes Previsionales y Sociales |
175.000,00 |
0.1.1/06.06.00.00 |
Difusión |
0,00 |
0.1.1/06.07.00.00 |
Seguros |
10.000,00 |
0.1.1/06.08.00.00 |
Subsidios y Colaboraciones |
5.000,00 |
|
|
|
|
|
|
0.1.1/03.00.00.00 |
INTERESES DE LA DEUDA |
80.000,00 |
|
|
|
0.1.1/03.01.00.00 |
Intereses de la Deuda Pública |
0,00 |
|
|
|
0.1.1/03.02.00.00 |
INTERESES DE OTRAS DEUDAS |
80.000,00 |
|
|
|
0.1.1/03.02.02.00 |
Intereses de Otras Deudas |
80.000,00 |
|
|
|
0.1.2/00.00.00.00 |
EROGACIONES DE CAPITAL |
830.000,00 |
|
|
|
0.1.2/11.00.00.00 |
AMORTIZACIÓN DE DEUDAS |
830.000,00 |
|
|
|
0.1.2/11.03.00.00 |
Amortización de Otras Deudas: |
830.000,00 |
|
|
|
0.1.2/11.03.02.00 |
Amortización Otras Deudas |
830.000,00 |
|
|
|
|
|
|
ANEXO III: DESAGREGACION ART.2º |
|
|
|
|
|
|
|
|
0.0.0/00.00.00.00 |
RENTAS GENERALES (A) |
14.560.000,00 |
|
|
|
0.1.0/00.00.00.00 |
RECURSOS CORRIENTES |
14.560.000,00 |
|
|
|
0.1.1/00.00.00.00 |
DE JURISDICCION MUNICIPAL |
2.800.000,00 |
|
|
|
0.1.1/03.00.00.00 |
TRIBUTARIOS EJERCICIOS ANTERIORES |
2.800.000,00 |
|
|
|
0.1.1/03.01.00.00 |
TRIBUTARIOS ATRASADOS |
2.800.000,00 |
|
|
|
|
|
|
0.1.1/03.01.02.00 |
Derecho Reg.e Inspeccion Atrasado |
2.800.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0.1.2/00.00.00.00 |
DE OTRAS JURISDICCIONES |
11.760.000,00 |
|
|
|
0.1.2/01.00.00.00 |
COPARTICIPACION DEL EJERCICIO |
11.760.000,00 |
|
|
|
0.1.2/01.01.00.00 |
COPARTICIPACION DEL EJERCICIO |
11.760.000,00 |
|
|
|
0.1.2/01.01.01.00 |
Participación Impuestos Nac. y Prov.: |
6.000.000,00 |
|
|
|
0.1.2/01.01.01.01 |
Participación Impuestos Nacionales |
2.500.000,00 |
0.1.2/01.01.01.02 |
Participación Impuestos Provinciales |
3.500.000,00 |
|
|
|
0.1.2/01.01.03.00 |
Patente |
5.760.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
CALCULO DE RECURSOS-ART.2do.-PROYECTO ORDENANZA (A + B) |
14.560.000,00 |
ANEXO IV: DESAGREGACION ART. 5to. |
|
||
|
|||
0.0.0/00.00.00.00 |
RENTAS GENERALES (C) |
8.863.701,94 |
|
|
|
|
|
0.3.0/00.00.00.00 |
FINANCIAMIENTO |
8.863.701,94 |
|
|
|
|
|
0.3.1/00.00.00.00 |
DE JURISDICCION MUNICIPAL |
0,00 |
|
|
|
|
|
0.3.1/01.00.00.00 |
REMANENTE EJERCICIOS ANTERIORES |
0,00 |
|
|
|
|
|
0.3.1/02.00.00.00 |
ADELANTO OTORGADO A PROVEED. EJER.ANT. |
0,00 |
|
|
|
|
|
0.3.1/03.00.00.00 |
ANTICIPO DE TASAS, DERECHOS Y CONTRIB. |
0,00 |
|
|
|
|
|
0.3.2/00.00.00.00 |
DE OTRAS JURISDICCIONES |
8.863.701,94 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0.3.2/01.00.00.00 |
APORTES NO REINTEGRABLES |
1.200.000,00 |
|
|
|
|
|
0.3.2/01.01.00.00 |
Contribución Provincial |
1.200.000,00 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
0.3.2/03.00.00.00 |
APORTES NO REINTEGRABLES EJER. ANTERIORES |
7.663.701,94 |
|
|
|
|
|
0.3.2/03.01.00.00 |
Fondo p/Const. De Obras Menores y adquisición |
|
|
|
de Equipamiento y Rodados Atrasados |
7.663.701,94 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL FINANCIAMIENTO S/ART.5to PROYECTO DE ORDENANZA (C+D) |
8.863.701,94 |
||
TOTAL CALCULO DE RECURSO PRESUPUESTO AÑO 2013(A+B+C+D) |
|
||
|
|||
23.423.701,94 |
|||
|
|
|
|
Ord. 2128/13 aporte no reintegrable Ley 12.385 ejecución carpeta asfáltica calle Julio A. Roca entre Independencia y San Luis y otras calles
Expte. Nº 4.816/13.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, habiéndose correspondido en la distribución para el año 2013 un fondo total no reintegrable de $ 9.408.618,65.-
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 1.903.015,30.- para la ejecución de pavimentación de calles.
Que dicho monto se utilizará para la readecuación de base y carpeta asfáltica de 6 cm de espesor, en las calles Julio A. Roca entre Independencia hasta calle San Luis, Pasaje Cochabamba entre Av. San Diego y Sáenz Peña y Pasaje Chacabuco entre Av. San Diego y Sáenz Peña.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.128/2013
ART.1º) Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2013 y que serán destinados a la readecuación de base y ejecución de carpetas asfálticas de 6 cm de espesor en las siguientes localizaciones: Julio A. Roca entre Independencia hasta calle San Luis, Pasaje Cochabamba entre Av. San Diego y Saénz Peña y Pasaje Chacabuco entre Av. San Diego y Sáenz Peña.
ART.2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 1.903.015,30.- (Pesos Un Millón Novecientos Tres Mil Quince con 30/100) para el financiamiento del proyecto referido en el artículo 1º de la presente.
ART.3º) Autorízase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de junio de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci