Expte. Nº  4.804/13.

VISTO:

La Ley 2756, las Ordenanzas Nº 1.141/95 y 1.142/95.

El Expediente Administrativo Nº 43.600/13, caratulado:”Cooperativa Integral solicita espacio para la construcción de un centro de transformación en el Parque Regional” y modelo de convenio concesión de uso espacio público, y

CONSIDERANDO:

Que por nota obrante en el expediente mencionado en los Vistos, elevado a este Cuerpo por el Departamento Ejecutivo  conjuntamente  con el modelo de convenio de uso de espacio público, la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda.  solicita la cesión de un espacio dentro del Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez para la construcción de una subestación transformadora que permita atender  el consumo actual y futuro de todas las instalaciones  del predio, resolviendo el abastecimiento eléctrico en forma definitiva.

Que asimismo, manifiestan que en dicho espacio se colocará un módulo compacto  de hormigón armado  de transformación Modelo Pampa 3, dentro del cual se alojarán los elementos para  maniobra y medición, como así también un transformador de relación 13,2/0,400/0,231 KV, cuya potencia se ajustará a las necesidades del Parque.

Que este Cuerpo considera viable la realización de la mencionada obra.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 497/2013

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir el convenio de concesión de uso de espacio público con la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez Ltda., cuyo modelo forma parte del presente como Anexo I, otorgando el uso gratuito de un espacio dentro del Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez, según plano que se acompaña en Anexo, en el marco del contrato de concesión del servicio de provisión de energía eléctrica.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  6 de junio de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

   

 

CONVENIO CONCESIÓN DE USO ESPACIO PÚBLICO.

 

Entre la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez representada en este acto por el Intendente Municipal Pedro Jorge González, D.N.I. Nº 6.138.364, el  Secretario de Gobierno, Educación y Cultura Rodolfo Osvaldo Cavalleri, D.N.I. Nº  26.970.027, EL COMODANTE, con domicilio legal en calle Mosconi 1541 de Villa Gobernador Gálvez, por una parte y la Coop. Integral de Villa Gobernador Gálvez Limitada, representada en este acto por su Gerente General, Ing. Enrique Gomara y Juan Andrés Labedzki, Presidente, en adelante LA COMODATARIA con domicilio legal en Av. Pte. Arturo Illia Nº 1153 – 5to. Piso de la Ciudad de Santa Fe, acuerdan celebrar el presente Contrato de Comodato, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: EL COMODANTE cede a la COMODATARIA el uso gratuito de un espacio dentro del  Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez, según plano que se acompaña en Anexo. En el marco del contrato de concesión del servicio de provisión de energía eléctrica.

SEGUNDA: LA COMODATARIA declara  recibir de conformidad el espacio delimitado en el plano que en Anexo que se acompaña con la finalidad única e intransferible objeto de la instalación de un módulo compacto de hormigón armado de transformación Modelo Pampa 3 dentro del cual se alojaran los elementos para la maniobra y medición como así también un transformador de relación 13, 2/400/0,231 KV cuya potencia se ajustara a las necesidades del Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez.

TERCERA: El presente contrato se extenderá por el tiempo que exista la necesidad de atender el consumo eléctrico del Parque Regional de Villa Gobernador Gálvez.

CUARTA: LA COMODATARIA se hace cargo de la construcción y mantenimiento de la subestación seguro obligatorio como así también que las reparaciones y/o refacciones deban realizarse para el mantenimiento en óptimas condiciones de la unidad.

QUINTA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente contrato sin expresión de causa,  notificando a la otra de tal voluntad con sesenta (60) días anteriores a la fecha en que se produzca su efectivización, renunciando ambas partes a reclamar indemnización por cualquier concepto.

SEXTA: EL COMODANTE se compromete a garantizar a LA COMODATARIA el uso pacífico del predio mientras se cumplan las condiciones convenidas en el presente.

SEPTIMA: Todo lo no revisto expresamente en al letra de este contrato se resolverá conforme a las normas que sobre comodato están previstas en los Arts. 2255, 2287, ss y cc del Código Civil Argentino.

OCTAVA: Artículo 18º. Cuando la Municipalidad fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará dentro del término de seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación del municipio, y deberá ser transcripta en toda escritura pública o contrato que se celebre con particulares

NOVENA: Las partes fijan con Jurisdicción Judicial la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad de Santa fe, renunciando expresamente a otro fuero y/o jurisdicción.

De conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Santa Fe, a los…días del mes de…de….

 

 

Expte. Nº 4.800/13.

VISTO:

La Ley 2756, Art. 39º Inc. 30.

El reclamo de los vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en calle Juan B. Justo en su intersección con calle Pablo Iglesias se encuentra un bache de importantes dimensiones.

Que en dicha arteria circula diariamente una significativa cantidad de vehículos y personas debido a que se encuentran en la zona la Escuela Nº 124 Isidro Aliau, la Comisaría 29, una cochería y una clínica.

Que esta situación aumenta el riesgo de siniestralidad vial al intentar esquivarlo e incluso puede provocar daños materiales a los vehículos que lo atraviesen.

Que en los horarios de ingreso y egreso de los alumnos de la mencionada escuela la zona se torna intransitable por la presencia de diversos vehículos-incluyendo los transportes escolares-, incrementando las posibilidades de que ocurran accidentes importantes que incluyan a niños de edad escolar.

Que el mantenimiento y la reparación de las calles de nuestra Ciudad es responsabilidad del Departamento Ejecutivo Municipal.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2019/2013

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice obras de bacheo en calle Juan B. Justo en su intersección con calle Pablo Iglesias.

 

ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que,  a través de la Secretaría que correponda,  proceda a señalizar el bache hasta que se efectúen las reparaciones pertinentes y  así disminuir las posibilidades de riesgo vial en el sector mencionado en el Art. 1º.

 

ART.3º)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Expte. Nº 4.806/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de vecinos, y

 

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de Av. San Martín y calle Libertad se ubican garitas de parada del Transporte Público de Pasajeros.

Que la garita correspondiente a la vereda impar posee las tapas de la boca de tormenta rotas.

Que esta rotura puede generar accidentes de diversa consideración a ciudadanos que circulan por el lugar.

Que por estar cercana de una escuela y ser una zona comercial muy recurrida, el tránsito peatonal en la misma es muy alto.

Que vecinos de la zona colocaron tapas precarias y de distintos materiales sobre las tapas originales, con el fin de señalizar y evitar lesiones a los peatones.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

MINUTA DE COMUNICACIÓN Nº 2018/2013

 

ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reposición de las tapas de  boca de tormenta ubicada en garita de la vereda impar en la intersección de Av. San Martín y calle Libertad.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese. 

 

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de junio de 2013.

 

 

 

 

Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci

 

Viernes, 07 Junio 2013 02:50

11º Sesion Ordinaria 06 de junio 2013

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El 06 de junio, se realizó la 11º sesión de caracter Ordinaria, en Presidencia Norma Haydee Auge, en Secretaria: Daniel Marcucci. Concejales presentes: Daniel Cabrera, Claudio Luraghi, Susana Mangiaterra, Hector Eduardo Lopez,   Raúl Martinez y Miguel Angel Monte. Ausentes: Carlos Dolce y  Mariano Cabrol.

 

 

{slider=Orden del Día} 

PUNTO 1º) Lectura del Orden del Día.

PUNTO 2 º) Lectura de Actas 1.467; 1.468; 1.469; 1.470 y 1.471.

PUNTO 3º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  El Departamento Ejecutivo Municipal, eleva Expte. Nº 43.600/13 caratulado “Coop. Integral solicita espacio para la construcción de un Centro de Transformación en el Parque Regional” y fotocopia modelo contrato. Expte. Nº  4.804/13.

PUNTO 4º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN, Proyecto de Decreto, para dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 2030/12. Expte. Nº 4.802/13.

PUNTO 5º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN,  Proyecto de Resolución, incorporando al Gabinete del Concejo Deliberante, personal de Servicios Generales. Expte. Nº 4.810/13.

PUNTO 6º) DICTAMEN DE COMISIONES DE  GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PRESUPUESTO Y HACIENDA, Proyecto de Ordenanza, prórroga de Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de TGI, Tasas y Derechos de Cementerio y DReI. Expte. 4.811/13.

PUNTO 7º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y SERVICIOS PÚBLICOS,  Proyecto de Ordenanza, para que proceda al cambio de sentido de circulación con mano única de calle Buenos Aires entre Av. Mitre e Ing. Mosconi. Expte. Nº 4.807/13.

PUNTO 8º) DICTAMEN DE COMISIONES DE GOBIERNO Y EDUCACIÓN Y PLANEAMIENTO Y URBANISMO, Proyecto de Ordenanza, referido a la desafectación del dominio público municipal el inmueble identificado como Sección Catastral Nº 2 Manzana 41 Parcela A. Expte. Nº  4.803/13.

PUNTO 9º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD, Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando la reposición de las tapas de boca de tormenta en vereda impar en la intersección de Av. San Martín y Libertad. Expte. Nº 4.806/13.

PUNTO 10º) DICTAMEN DE COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD,  Proyecto de Decreto, para que se realice obra de bacheo Juan B. Justo en su intersección con Pablo Iglesias. Expte. Nº 4.800/13.

PUNTO 11º) DICTAMEN DE COMISIONES DE OBRAS PÚBLICAS Y SEGURIDAD Y SALUD PÚBLICA, Proyecto de Decreto, para la reposición de rejillas de sumideros en Av. Soldado Aguirre  en su intersección con calles San Nicolás y Buenos Aires, y en Av. Filippini esquina Pje 4. Expte. Nº 4.801/13.

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Miércoles, 05 Junio 2013 20:40

Proyectos del Departamento Ejecutivo

Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

 

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

 

El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza prorroga de Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de TGI, Tasas y Derechos de Cementerio y DReI. Exp. 4811/13.

El Departamento Ejecutivo remite nota solicitando la designación de un Concejal a  los fines de presenciar la apertura de ofertas del llamado a licitación privada, contratación mano de obra y equipos ejecución mejoramiento con estabilizado y compactado de calles Sección 5º según Decreto 2650/13 a efectuarse el 12 de junio en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

El Departamento Ejecutivo remite nota solicitando la designación de un Concejal a  los fines de presenciar la apertura de ofertas del llamado a licitación publica, Mejoramiento urbano calle Julio A. Roca ejecución cordón cuneta; badenes, saneamiento y desobsturacion  de conductos – readaptación  de calzadas. Plan “Mas cerca, mas municipio, Mejor País, Mas Patria. Ministerio Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios según Decreto 2557/13 a efectuarse el 24 de junio en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

El Departamento Ejecutivo remite nota solicitando la designación de un Concejal a  los fines de presenciar la apertura de ofertas del llamado a licitación publica, Mejoramiento urbano Seccion 1º Pueblo Nuevo ejecución cordón cuneta; badenes, limpieza de canales – readaptación  de calzadas. Plan “Mas cerca, mas municipio, Mejor País, Mas Patria. Ministerio Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios según Decreto 2558/13 a efectuarse el 25 de junio en la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.

 

 

Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.

Proyecto de Ordenanza, para que se proceda al cambio de sentido de circulación con mano única de calle Buenos Aires entre Av. Mitre e Ing. Mosconi. Exp. 4807/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,

El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la ciudad de Villa Gobernador Gal vez el aumento del parque automotor provoca una creciente y constante fluidez en la circulación vial.

Que es necesario velar por el ordenamiento del tránsito automotor ya que es un proceso participativo y responde a los reclamos de los vecinos de nuestra Ciudad.

Que es indispensable el reordenamiento vial que contempla el cambio de sentido circulatorio con mano única de la calle Buenos Aires, comprendida entre Av. Mitre e Ing. Mosconi en sentido norte a sur.

Que corresponde colocar señalización de contramano sobre la ochava de calle Buenos Aires e Ing. Mosconi.

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de

 

ORDENANZA:

ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda al cambio de sentido de circulación con mano única de la calle Buenos Aires, comprendida entre Av. Mitre e Ing. Mosconi en sentido norte a sur y coloque la señalización vertical correspondiente en la ochava de calle Buenos Aires e Ing. Mosconi.

 

 

 Autores del proyecto: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.

Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando la reposición de las tapas de boca de tormenta en vereda impar en la intersección de Av. San Martin y Libertad. Exp. 4806/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de Av. San Martín y calle Libertad se ubican garitas de parada del Transporte Público de Pasajeros.

Que la garita correspondiente a la vereda impar posee las tapas de la boca de tormenta rotas.

Que esta rotura puede generar accidentes de diversa consideración a ciudadanos que circulan por el lugar.

Que por estar cercana a una escuela y a una zona comercial muy recurrida, el tránsito peatonal en la misma es muy alto.

Que vecinos de la zona colocaron tapas precarias y de distintos materiales sobre las tapas originales, con el fin de señalizar y evitar lesiones a los peatones.

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista - Frente para la Victoria, solicitan al resto del Cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de:

 

MINUTA DE COMUNICACION

Art. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reposición de las tapas de la boca de tormenta ubicada en garita de la vereda impar en la intersección de Av. San Martín y calle Libertad.

 

 

 

 

Martes, 04 Junio 2013 20:03

Proyectos del Departamento Ejecutivo

Estos son los proyectos presentados por el Departamento Ejecutivo hasta la fecha.

 

 

DEPARTAMENTO EJECUTIVO

 

El Departamento Ejecutivo eleva copia expte Nº 43606/13, caratulado “Solicitud viabilidad para crematorio. Exp, 4808/13.

El Departamento Ejecutivo eleva proyecto de Ordenanza modificación Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2013. Exp. 4809/13.

 

 

 

Estos son los proyectos presentados por el bloque Justicialista Frente para la Victoria  hasta la fecha.

BLOQUE JUSTICIALISTA FRENTE PARA LA VICTORIA

  Autores de los proyectos: Concejales Auge, López, Mangiaterra, Cabrera y Luraghi.

 

REPOSICION TAPAS BOCA DE TORMENTA EN INTERSECCION DE SAN MARTIN Y LIBERTAD

Proyecto de Minuta de Comunicación, solicitando la reposición de las tapas de boca de tormenta en vereda impar en la intersección de Av. San Martin y Libertad. Exp. 4806/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la intersección de Av. San Martín y calle Libertad se ubican garitas de parada del Transporte Público de Pasajeros.

Que la garita correspondiente a la vereda impar posee las tapas de la boca de tormenta rotas.

Que esta rotura puede generar accidentes de diversa consideración a ciudadanos que circulan por el lugar.

Que por estar cercana a una escuela y a una zona comercial muy recurrida, el tránsito peatonal en la misma es muy alto.

Que vecinos de la zona colocaron tapas precarias y de distintos materiales sobre las tapas originales, con el fin de señalizar y evitar lesiones a los peatones.

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista - Frente para la Victoria, solicitan al resto del Cuerpo la aprobación del siguiente proyecto de:

 

MINUTA DE COMUNICACION

Art. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda a la reposición de las tapas de la boca de tormenta ubicada en garita de la vereda impar en la intersección de Av. San Martín y calle Libertad.

 

 

 

CAMBIO SENTIDO DE CIRCULACION CON MANO UNICA CALLE BUENOS AIRES ENTRE MITRE E ING. MOSCONI

Proyecto de Ordenanza, para que se proceda al cambio de sentido de circulación con mano única de calle Buenos Aires entre Av. Mitre e Ing. Mosconi. Exp. 4807/13.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 2756,

El reclamo de vecinos, y

CONSIDERANDO:

Que en la ciudad de Villa Gobernador Gal vez el aumento del parque automotor provoca una creciente y constante fluidez en la circulación vial.

Que es necesario velar por el ordenamiento del tránsito automotor ya que es un proceso participativo y responde a los reclamos de los vecinos de nuestra Ciudad.

Que es indispensable el reordenamiento vial que contempla el cambio de sentido circulatorio con mano única de la calle Buenos Aires, comprendida entre Av. Mitre e Ing. Mosconi en sentido norte a sur.

Que corresponde colocar señalización de contramano sobre la ochava de calle Buenos Aires e Ing. Mosconi.

Por todo ello, los concejales del Partido Justicialista Frente Para La Victoria, solicitan al resto del cuerpo la aprobación del presente Proyecto de

 

ORDENANZA:

ART. 1: El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda proceda al cambio de sentido de circulación con mano única de la calle Buenos Aires, comprendida entre Av. Mitre e Ing. Mosconi en sentido norte a sur y coloque la señalización vertical correspondiente en la ochava de calle Buenos Aires e Ing. Mosconi.

 

 

Autor del proyecto: Concejal Cabrol.

Proyecto de Decreto, autorizando al Departamento Ejecutivo a utilizar el sistema de compra directa para la adquisición de una fracción de terreno ubicada en Barrio La Esperanza, lindando las calles Camino La Esperanza, Santa Rosa y Pasaje Picasso. Exp. 4805/13.

Visto:

La Constitución Nacional y tratados internacionales con igual jerarquía.

La Constitución de la Provincia de santa Fe.

Las disposiciones de los Arts. 10°, 11o, 39° Inc. 51 de la Ley 2756, y

CONSIDERANDO:

Que la municipalidad ha firmado un convenio de colaboración y gestión de urbanizaciones de interés social con el superior gobierno de la provincia de santa fe.

Que en dicho convenio figuran dos anteproyectos de loteos social en dos lotes en distintos puntos de la ciudad.

Que en dichos anteproyectos presentados no figura un lote en barrio La Esperanza donde existe un asentamiento irregular con más de 70 familias instaladas y censadas.

Que las familias que se asentaron en dicho lote requieren que se regularice su situación y nos han manifestado que tuvieron reuniones con el ejecutivo local y todavía no han tenido respuesta alguna.

Que el propietario del lote privado tiene toda la voluntad de solucionar el conflicto y lo ha manifestado en distintas reuniones con el ejecutivo local.

Que las familias ya están instaladas en dicho lugar apostando lo poco que tienen a construir su techo o vivienda digna.

Que no obstante lo expuesto, no se puede desconocer la realidad de déficit habitacional de gran parte de nuestra población.

Que nuestra Ciudad se caracteriza por tener altos porcentajes de irregularidad en el dominio del suelo, y esto requiere que se tomen medidas urgentes a fin de regularizar esta situación.

Que ante la creciente demanda de lotes y viviendas en nuestra Ciudad, no se cuenta con la cantidad de tierra suficiente para satisfacer la misma, y de esta manera, contribuir al déficit existente.

Que, teniendo en cuenta la emergencia habitacional en la que se encuentra nuestro país y las dificultades-que poseen amplios sectores de la población de Villa Gobernador Gálvez, para el acceso a un crédito bancario que le permita alcanzar una vivienda digna, resulta imperioso tomar medidas urgentes, dotando al municipio de herramientas y medios efectivo y eficaces que posibiliten modificar la actual emergencia habitacional.

Que el presente proyecto parte del presupuesto básico de un derecho amparado por la Constitución Nacional como lo es el acceso a una vivienda digna y que la posibilidad de acceder a un terreno propio es el primer paso hacia la concreción del mencionado derecho. Dado que la posibilidad real de acceder a la vivienda propia requiere de esfuerzos cada vez más importantes, volviéndose para amplios sectores de nuestra población extremadamente dificultosa, es que el estado debe comprometerse para facilitarlo.

Que el Estado tiene la responsabilidad ineludible de materializar los derechos inherentes a hombres y mujeres, para construir una civilización humanitaria desde la solidaridad, traduciéndose en asistencia concreta personal e institucional.

Que asimismo tiene el deber insoslayable de crear las condiciones necesarias para lograr una mayor igualdad entre los ciudadanos, asumiendo la obligación de garantizar los derechos reconocidos coñstitucionalmente, con políticas de acción tendientes a nivelar los desequilibrios producidos por el sistema económico imperante y promover el desarrollo de los individuos dentro del núcleo familiar y social.

Que en este sentido la adquisición de tierra es requisito y recurso ineludible para la concreción de los objetivos propuestos, siendo necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a la compra de tierras, donde se asentarán en condiciones dignas, parte de la población que se encuentra en emergencia habitacional.

Que la adquisición de tierra es indispensable y necesaria para satisfacer el interés público, evitando entre otras situaciones, la ocupación irregular de bienes pertenecientes al patrimonio público o privado.

Por todo ello, el concejal abajo firmante:

 

Decreto

ART.1º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a prescindir de las formalidades de la licitación pública, privada y concurso de precios en virtud de la excepción expresamente contemplada por el Art. 11 de la Ley 2756 y a utilizar el sistema de compra directa para la adquisición de una fracción ubicada en barrio LA ESPERANZA lindada por las calles camino La Esperanza, Santa Rosa y Pje. Picasso . La fracción adquirida tendrán como destino exclusivo un plan de loteo social, a las familias asentadas en dicha fracción, debiendo el Departamento Ejecutivo Municipal elevar el plano correspondiente para su aprobación por parte del Concejo Deliberante en un plazo no mayor a 7 (siete) días a partir de la suscripción del correspondiente boleto de compra venta.

ART.2º) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal en forma excepcional, a afectar los ingresos del Fondo Especial de Aliviadores y Emisarios, para ser aplicados a la compra de la fracción referidos en el Art. 1o de la presente.