Ord. 0559/89 Establece Adicional para Seguridad Municipio (derogada)
VISTO:
Que debido a gestiones oportunamente realizadas por el Intendente Municipal, este Concejo Deliberante y una Comisión Especial creada al efecto, se logró por parte del Gobierno de la Provincia la instalación y puesta en servicio del Comando Radioeléctrico en esta Ciudad, el cuál prestará el servicio ambicionado de seguridad para toda nuestra Comunicada, y
CONSIDERANDO:
Que para el mantenimiento de los móviles y equipos afectados al servicio se requieren fondos que no siempre podrá aportar la Provincia. Que por tal razón y a los fines de no interrumpir la continuidad de ésto muy necesario servicio la Asociación de Comercio e Industria de Villa Gobernador Gálvez, sugirió la creación de un adicional del 5 % sobre los importes a tributar e concepto de Derecho de Registro e Inspección de esta Ciudad.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 559/89
ART.1º) Establécese un adicional para Seguridad en el Municipio, que se fija en el 5 % sobre el importe mensual que se liquide, cualquiera fuera su monto, en el concepto de Derecho de Registro e Inspección, a partir del período fiscal correspondiente al mes de septiembre de 1.989.
ART.2º) Este fondo se destina en forma total para el mantenimiento del Servicio del Comando Radioeléctrico Policial de esta Ciudad.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 28 de septiembre de 1.989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
Derogada por Ordenanza 1185/96
Ord. 0576/89 Adicional al Cuerpo Bomberos Vol. Del 2% Del Der. Regist. E Inspección (derogada)
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que los Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez, tiene en forma permanente necesidades financieras, para atender sus gastos, por cuánto las cuotas societarias no son autofinanciables.
Que la misma ha requerido a todos los sectores de la Población, la ayuda para poder mantener en vigencia la marcha indispensable de la Institución.
Que es sabido que el comercio y la industria han colaborado, pero la insignificancia de sus aportes, hace que de dichos recursos no se pueda contar como apoyo financiero para marcha normal de la Institución.
Que es necesario, de una vez por todas, otorgar a éste Cuerpo de Servicio partidas mensuales para su mantenimiento y subsistencia, pués dicha Institución se encuentra al borde de su disolución.
Que la propuesta Empresaria, de no aceptar un distributivo, sobre el 5 % que afecta al Comando Radioeléctrico en la Ordenanza 559/89 , como fue propuesta como proyecto de Ordenanza y en reuniones mantenidas con representantes Empresarios y la Comisión de Seguridad.
Por todo ello, y a los efectos de aplicar una lógica alternativa, se considera que se debe adicionar sobre lo recaudado en los Derechos de Registro e Inspección un 2 % a los efectos que dicho porcentual se adicione al existente destinado este último exclusivamente al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de ésta Ciudad.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 576/89
ART.1º) Adicionar a partir del mes de diciembre del cte. año, al 5 % fijado por Ordenanza 559/89, un 2 % destinado exclusivamente al Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Villa Gobernador Gálvez.
ART.2º) Esta Ordenanza tendrá vigencia a partir de la liquidación del Derecho correspondiente al mes de diciembre/89, que efectúen el comercio y la industria debiendo, el Departamento Ejecutivo entregar en forma mensual dentro de los 15 días de su vencimiento en las recaudaciones pertinentes.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, Diciembre 21 de 1989.
Presidente: Nicolas Oliva
Secretaria: Victor Mautone
DEROGADA POR ORDENANZA Nº 604/90