VISTO:

Las  instrucciones  emanadas de la Secretaría  de  Acción Comunal mediante Circular 024/84 de fecha 04/10/84 y  las disposiciones que en materia presupuestaria prevee la Ley 2756 Orgánica de Municipalidades, y

 

CONSIDERANDO:

 

 Que  es necesario dotar a la Administración Municipal  del correspondiente  Presupuesto General de Gastos y  Cálculos de Recursos para 1.984.

 

Que a tal efecto se han finalizado los estudios  pertinentes  en un todo de acuerdo con los lineamientos legales  y normas en vigencia.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 102/84

 

ART.1º) Fíjase  en  la suma de $a 259.767.710  (Pesos  Argentinos Doscientos Cincuenta y Nueve Millones Setecientos  Sesenta y  Siete  Mil Setecientos Diez con 00/100),  el  total  de erogaciones  del Presupuesto General de la  Administración Municipal  para el año 1.984, conforme el siguiente  resumen:

 

                                R.G.       R.E.         TOTAL

EROGACIONES CORRIENTES      248.972.710     --       248.972.710

Operación                   233.775.855     --       233.775.855

-Personal                   170.745.000     --       170.745.000

-Bs. y Serv. no Person.      63.030.855     --        63.030.855

Intereses de la deuda            --         --            --

Transferencias                4.366.855     --         4.366.855

A clasificar                    100.000     --           100.000

Concejo Deliberante          10.730.000     --        10.730.000

EROGACIONES DE CAPITAL       10.795.000     --        10.795.000

Inversión real               10.765.000     --        10.765.000

Bienes de capital             1.966.000     --         1.966.000

Trabajos Públicos             8.799.000     --         8.799.000

BIENES PRE EXISTENTES            30.000     --            30.000

Inversión Financiera               --       --            --

Aportes de Capital                 --       --            --

Préstamos                          --       --            --

TOTALES                     259.767.710     --       259.767.710

 

ART.2º) Estímase  en la suma de $a 106.260.109 (Pesos  Argentinos Ciento  Seis Millones Doscientos Sesenta Mil Ciento  Nueve con  00/100) el Cálculo de Recursos destinados  a  atender las erogaciones a que se refiere el Art. 1º de acuerdo con la distribución resultante que se indica a continuación:

                             R.G.         R.E.          TOTAL

RECURSOS CORRIENTES      106.259.109      --        106.259.109

DE JURISDICCION PROPIA    57.630.000      --         57.630.000

Tributarios del Ejerc.    44.481.000      --         44.841.000

-Tasas y Derechos         41.438.000      --         41.438.000

-Contrib. de mejoras       3.403.000      --          3.403.000

No Trib. del Ejerc.        8.889.000      --          8.889.000

Trib. de Ejerc. Ant.       3.665.000      --          3.665.000

No Trib. Ejerc. Ant.         235.000      --            235.000

DE OTRAS JURISDICCIONES   48.629.109      --         48.629.109

Copartic. del Ejerc.      47.283.134      --         47.283.134

Copartic. Ejerc. Ant.      1.345.975      --          1.345.975

RECURSOS DE CAPITAL            1.000      --              1.000

Reembolso de Préstamos         1.000      --              1.000

Venta Activo Fijo                --       --                --

Otros Rec. de Capital            --       --                --

TOTALES                  106.260.109      --        106.260.109

 

ART.3º) Como  consecuencia de lo establecido en los Arts.  precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo:

I Total de Erogaciones s/art. 1º                 259.767.710

II Total de Recursos s/art. 2º                   106.260.109

III Necesidad de Financiamiento                  153.507.601

 

ART.4º) Estímase en la suma de %a 153.507.601.- (Pesos Argentinos Ciento  Cincuenta  y Tres Millones  Quinientos  Siete  Mil Seiscientos  Uno  con  00/100), el  financiamiento  de  la Administración  Municipal, de acuerdo con la  distribución que se indica a continuación:

 

                              R.G.           R.E.        TOTAL

FINANCIAMIENTO

1.- Aportes no reint.     153.507.601         --      153.507.601

(de convenio c/Org. Oficial)

2.- Uso del crédito            --             --           --

3.- Adel. a proveedores

y contratistas en ejerc. ant.

4.- Remanente Ej. Ant.         --             --           --

TOTAL FINANCIAMIENTO      153.507.601         --      153.507.601

 

I Necesidad de Financiamiento                 153.507.601

II Total Financiamiento                       153.507.601

Resultado                                Presupuesto Equilibrado

 

ART.5º) Fíjase en 369 (Trescientos Setenta y Nueve) el número  de cargos de la planta personal permanente, en 40  (cuarenta) el número de cargos de personal temporario y en 7  (siete) el número de cargos del Departamento Ejecutivo Municipal.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 21 de  noviembre de 1.984. 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que los emolumentos del Area de la Dirección de la  Municipalidad, son superiores a los Secretarios Ejecutivos, y que  siempre  asistió, una  diferencia  porcentual  entre estos y los Directores de Areas.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 103/84

 

 
ART.1º) Se  determina mantener la diferencia del salario  básico, de  aplicación  porcentual entre el personal del  Area  de Dirección  (Categoría 23) y el Sr. Intendente Municipal  y los Señores Concejales.

 

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 29 de  noviembre de 1.984. 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 

VISTO Y CONSIDERANDO:

 La petición realizada por la Empresa Martín Fierro  S.R.L. donde  se  solicita incremento del precio del  boleto  del pasaje  automotor  de pasajeros y considerando  que  dicha petición  se  ajusta  al aumento de los  insumos  como  de sueldos del personal.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 104/84

 

ART.1º) Autorizar  el  aumento del precio del boleto  del  pasaje automotor  a  la Empresa Martín fierro S.R.L. en  $a  19.- (Pesos Argentinos Diecinueve), que presta servicio  urbano en nuestra Ciudad.

 

 

ART.2º) El  aumento rige par alas líneas Verde, Roja y  Negra,  a partir  de la promulgación de la presente ordenanza  según Art.42º, Inc. 15 de la Ley 2756.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala del Honorable Concejo Deliberante, 6 de diciembre de 1.984. 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

VISTO:

La Ordenanza Nº 471/82 y la Ley Provincial Nº 9107, y

CONSIDERANDO:

 Que se mantiene los motivos que dieron lugar a la  sanción de la Ordenanza y Ley Provincial enunciadas.

Que  es  de importancia y necesidad para el  Municipio  de Villa  Gobernador  el obtener el dominio  de  los  predios pertenecientes  a  la Biblioteca Constancio  c.  Vigil  en razón de su importancia como centro de recreo y de  salida para los habitantes del Municipio al Río Paraná.

Que  estas  necesidades están encuadradas  dentro  de  los motivos que hacen a la expropiación de bienes,  ya que con ello  se  dará una amplia satisfacción a  las  necesidades Recreativas, Culturales y Deportivas de la Ciudad.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 105/84

 

 

ART.1º) Aféctase  para fines de utilidad pública los  predios  de propiedad de la Biblioteca Constancio C. Vigil con todo en ellos  edificado, clavado y plantado, y las mejoras  existentes que se deslindan en el Art. siguiente, declarándose sujeto  a expropiación, a cuyo fin esta  Ordenanza  deberá ser  elevada al Superior Gobierno de la Provincia para  su tramitación y aprobación, con la solicitud expresa de  que sea  dictada la pertinente ley de declaración de  utilidad pública  y  expropiación  ratificándose  la  Ordenanza  Nº 417/82.

 

ART.2º) Los bienes inmuebles que se afectan son los siguientes:

1) Lote 3;  Parcela  4 s/d 2; Sección 4ta.; Catastro  Nº  15.688; Dominio 319B; Folio 1089 Nº 103.786.

2) Lote 2 y 1; parcela 4 s/d 1; Sección 4ta.; Catastro Nº  7.661; Dominio Tomo 305; Folio 415 Nº 64.893.

3) Lote 8  y  9; Parcela 8 s/d 4 y 5; sección 4ta.;  Catastro  Nº 14.096;  Dominio  327  B; Folio 1492 y  1472  Nº  122.616, 148.487.

4) Lote 11  A; Parcela 8 s/d 8; Sección 4ta. Catastro Nº  15.689; Dominio Tomo 325 A; Folio 587 Nº 175.925.

 

ART.3º) Elévese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa  Fe para su cumplimiento y tramitación.

 

ART.4º) comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 14 de  diciembre de 1.984. 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 

VISTO:

Las  instrucciones emanadas del Superior Gobierno  de  la Provincia  de  Santa  Fe, a través de  la  Secretaría  de Acción Comunal, por circular Nº 070/82 del 20 de julio de 1.982, por la que se comunica los procedimientos a seguir para  realizar  la inscripción dominial de  inmuebles  de propietarios desconocidos, en favor de la  Municipalidad, y

CONSIDERANDO:

 Que  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez  ha  dado cumplimiento al Art. 60º de la Ley 2996/3123 y al  Decreto 10.881/60.

que  los  Arts. 2342 y 2344 del  Código  Civil   Argentino disponen sobre los bienes privados del Estado.

Que  el Art. 5º de la Ley 2756 , Orgánica de  Municipalidades, de igual manera legisla sobre bienes de  propietarios desconocidos.

Que existen inmuebles en legal posesión municipal atento a que se han cumplimentado las normas anteriormente  citadas de lo que da cuenta el acta de toma de posesión agregado a fojas 12 de expediente respectivo.

Que según informa la Dirección Provincial de Catastro  los inmuebles se inscribieron a nombre de "propietarios desconocidos"  y  por acta de toma de posesión de fecha  15  de mayo  de 1.974 se inscribió  a nombre de la  Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que  según informa la Policía de Santa Fe, a través de  la Comisaría 26 de Villa Gobernador Gálvez los inmuebles  son todos  baldíos,  vale  decir,  no  afectados  a  ocupación  actual, fechado el 9 de noviembre  de 1.984.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 106/84

 

 

ART.1º) Incorpórase al patrimonio privado de la Municipalidad  de Villa  Gobernador Gálvez los inmuebles que a  continuación se describen: Cuatro lotes de terreno situados en la  Sección  11, Manzana 49 de esta Ciudad, Distrito  de  V.G.G., Departamento  Rosario, Provincia de Santa Fe, los  que  de acuerdo al plano de mensura suscripto por el Ing. Geógrafo Ernesto E. mares y registrado en el Departamento  topográfico  de  la  Dirección General  de  Catastro,  delegación Rosario, como duplicado 1359-r, año 1.978 se los  describe de la siguiente forma:

 

PRIMERO: el designado con la característica 17 "A" y se ubica  en la esquina formada por la calle 9 de Julio y Pasaje Nº  4, mide once metros de frente al Oeste por treinta metros  de frente y fondo al Norte, encierra una superficie de  trescientos treinta metro cuadrados y linda al Oeste con calle 9 de Julio, al Norte con Pasaje Nº 4, al Este con  Alberto O. Martino y al Sud con el lote 18 "A" del mismo plano.

 

SEGUNDO:  el  designado con la característica 18 "A" y  se  ubica sobre  calle  9  de Julio entre el Pasaje Nº 4  y  la  Av. Juárez  Celman,  a los veintiséis metros  de  esta  última hacia  el Norte, mide trece metros de frene al  Oeste  por treinta  metros  de  fondo,  encierra  una  superficie  de trescientos noventa metros cuadrados y linda al Oeste  con la  calle 9 de Julio, al Este con Alberto L.  Martino,  al Norte  con  el lote 17 "A" y al Sur con el  lote  19  "A", todos del mismo plano.

 

TERCERO: el designado con la característica 19 "A" y se ubica  en la  calle  9 de Julio entre Pasaje Nº 4 y  Av.  Presidente Juárez Celman, a los trece metros de esta última hacia  el Norte,  mide trece metros de frente al oeste, por  treinta metros  de fondo, encierra una superficie  de  trescientos noventa  metros cuadrados y linda al Oeste con calle 9  de Julio,  al  Este con Alberto O. Martino, al Norte  con  el lote  18 "A" y al Sur con el lote 20 "A", ambos del  mismo plano.

 

CUARTO: El  designado con la característica 20 "A" y se ubica  en la esquina formada por las calles 9 de Julio y Av.  Presidente Juárez Celman, mide trece metros de frente al  Oeste por treinta metros de frente y fondo al Sur, encierra  una superficie de trescientos noventa metros cuadrados y linda al Oeste con la calle 9 de Julio, al Sur con la Av. Presidente  Juárez Celman, al Este con Alberto O. Martino y  al Norte con el lote 19 "A" del mismo plano. 

 

ART.2º) Tramítase la inscripción dominial ante el registro de  la Propiedad de la Segunda Circunscripción de la Provincia de Santa Fe.

 

ART.3º) Tramítase  ante  la Dirección provincial de  Catastro  la inscripción del plano de mensura correspondiente.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 14 de  diciembre de 1.984. 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

VISTO:

Las  instrucciones emanadas del Superior Gobierno  de  la Provincia  de  Santa  Fe, a través de  la  Secretaría  de Acción Comunal, por circular Nº 070/82 del 20 de julio de 1.982, por la que se comunica los procedimientos a seguir para  realizar  la inscripción dominial de  inmuebles  de propietarios desconocidos en favor de la Municipalidad, y

CONSIDERANDO:

 Que  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez  ha  dado cumplimiento  a  lo dispuesto por el Art. 60º  de  la  Ley 2996/3123 y por el Decreto Nº 10.881/60.

Que  los Arts. 2342 y 2344 del Código Civi l de  la  Nación preveen sobre los bienes privados del Estado.

Que  el  Art. 5º de la Ley 2756 , de igual  manera  legisla sobre bienes de propietarios desconocidos.

Que  existen bienes inmuebles en legal posesión  municipal atentos  a que se ha dado cumplimiento a las normas  anteriormente  citadas de lo que dan cuenta las actas de  toma de  posesión  agregadas a fojas 6, 8 y 10  del  expediente respectivo.

Que según informa la Dirección Provincial de Catastro  los inmuebles carecen de inscripción dominial y se  encuentran registrados  en  esa repartición inscriptos  a  nombre  de propietarios desconocidos y por actas de tomas de posesión del  20 de febrero de 1.974 en cumplimiento de  las  leyes 2996, 3123 T.O. Art. 60º Decreto 10.881/60 a nombre de  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que según informe policial de la Seccional 26a. de fecha 9 de  noviembre  de 1.984 los inmuebles son  todos  baldíos, vale decir, no afectados por ocupantes actualmente.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 107/84

 

ART.1º) Incorpórase al Patrimonio Privado de la Municipalidad  de Villa  Gobernador Gálvez los inmuebles que a  continuación se  describen:  tres (3) lotes de terreno situados  en  la Sección Catastral 11, Manzana 12 de esta Ciudad,  Distrito del mismo nombre, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, los que de acuerdo a los planos de mensura  suscriptos por  el Ing. Geógrafo Ernesto Eduardo Mares (I.C.I.  3323)  y registrados en el Departamento Topográfico de la  Dirección General de Catastro, Delegación Rosario, como  duplicados 1470-R, 1472-R y 1468 -R, año 1.979, se los describe de la siguiente manera:

 

PRIMERO:  el designado con la característica 7 " A ", y se  ubica en  la Av. marcos Paz, entre las calles Balcarce  y  Santa María de Oro (hoy Pasaje Fray Justo Santa María de Oro), a los diez metros cincuenta centímetros de la nueva línea de edificación municipal de esta última calle hacia el Sur, y a  los  doce metros cincuenta centímetros  de  la  antigua línea de edificación municipal de esta última calle  hacia el  Sur, mide doce metros cincuenta centímetros de  frente al Este, por treinta metros de fondo, encierra una  superficie  de trescientos setenta y cinco metros  cuadrados  y linda  por su frete al Este con la calle (hoy Av.)  Marcos Paz,  al  Norte  con  propietario  desconocido  (Poseedora Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez), al Oeste y  al Sur con Alejando Varela y otros.

 

SEGUNDO: el designado con la característica 8 " A " y se ubica en la  esquina formada por las calles Marcos Paz (hoy Av.)  y la calle Santa María de Oro (hoy pje.) y mide diez  metros cincuenta  centímetros  de  frente al  Este,  por  treinta metros de fondo y frente al Norte, encierra una superficie de  trescientos setenta y cinco metros cuadrados  y  linda por su frente al Este con la Av. Marcos Paz, al Norte  con el  Pje. Fray Justo Santa María de Oro, al Oeste con  Alejandro Varela y otros y al Sur con el lote 7 " A ".

 

TERCERO: el lote designado con la característica 22 " A " y  está ubicado  en  la calle Santa María de Oro  (hoy  pje.  Fray Justo  Santa María de Oro) entre las calles 9 de  Julio  y Marcos Paz (hoy Av.), a los cuarenta y dos metros cincuenta  centímetros de esta última hacia el Oeste,  mide  doce metros  cincuenta centímetros de frente al Norte por  cuarenta  y tres metros de fondo, encierra una superficie  de quinientos  treinta  y siete metros  cuadrados,  cincuenta decímetros  cuadrados y linda por su frente con  el  Paje. Fray  Justo  santa  María de Oro al Norte,  al  Oeste  con Gregorio  Torres, al Sur con Anita Flores de Basteri y  al Este con Alejandro Varela y otros.

 

ART.2º) Tramítese la inscripción dominial ante el Registro  General  de la Propiedad de la Segunda Circunscripción  de  la Provincia de Santa Fe.

 

ART.3º) Tramítese  ante  la Dirección Provincial de  Catastro  la inscripción del plano de mensura correspondiente.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 20 de  diciembre de 1.984.

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

VISTO:

Las  instrucciones emanadas del Superior Gobierno  de  la Provincia  de  Santa  Fe, a través de  la  Secretaría  de Acción Comunal, por circular Nº 070/82 del 20 de julio de 1.982,  por  la  que se comunican  los  procedimientos  a seguir para realizar la inscripción dominial de inmuebles de  propietarios desconocidos en favor de la  Municipalidad, y

CONSIDERANDO:

 Que  la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez  ha  dado cumplimiento al Art. 60º de la Ley 2996/3123 y al  Decreto Nº 10.881/60.

Que  los Arts. 2342 y 2344 del Código Civil de  la  Nación disponen sobre los bienes privados del Estado.

Que  el  Art. 5º de la Ley 2756 , de igual  manera  legisla sobre bienes de propietarios desconocidos.

Que existe un inmuebles en legal posesión municipal atento a que se han cumplido las normas anteriormente citadas  de lo  que dan cuenta el acta de toma de posesión agregado  a fojas 3 del expediente respectivo.

Que  según informa la Dirección Provincial de Catastro  el inmueble se inscribió a nombre de "propietario  desconocido" y por acta de toma de posesión de fecha 20 de  febrero de  1.974  se inscribió a nombre de  la  Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez.

Que según informa la policía local, Seccional 26a. el lote es baldío, vale decir,  no afectados a ocupación alguna, y fechado el 9 de noviembre de 1.984.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 108/84

 

 

ART.1º) Incorpórase al Patrimonio Privado de la Municipalidad  de Villa Gobernador Gálvez el inmueble que a continuación  se describe:  un  (1) lote de terreno ubicado en  la  Sección Catastral  11,  Manzana 35 de esta  Ciudad,  Distrito  del mismo nombre, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, el  que de acuerdo al plano de mensura suscriptos  por  el Ing.  Geógrafo  Ernesto  Eduardo Mares  (I.C.I.  3323)   y registrados en el Departamento Topográfico de la Dirección General  de Catastro, Delegación Rosario,  como  duplicado 1367-R  de  1.978, y que se lo  describe de  la  siguiente manera:

 

              Un lote designado con el número 1 " A ", y se ubica en  la  esquina formada por calle Rosario  y  Av.  Nicolás Levalle,  mide trece metros de frente al Este por  treinta metros  de frente y fondo al Sur, encierra una  superficie de trescientos noventa metros cuadrados, y linda: al  Este con  calle Rosario, al Sur con Av. Gral. Nicolás  Levalle, al Oeste con fondos del lote 24 y al Norte con el Lote  2; ambos del mismo plano.

 

ART.2º) Tramítese la inscripción dominial ante el Registro  General  de la Propiedad de la Segunda Circunscripción  de  la Provincia de Santa Fe.

 

ART.3º) Tramítese  ante  la Dirección Provincial de  Catastro  la inscripción del plano de mensura correspondiente.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 20 de  diciembre de 1.984. 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

VISTO:

Las peticiones recibidas por las Comisiones Vecinales  en representación de los contribuyentes respecto a una  prórroga  en el vencimiento de la fecha de pago de  la  Tasa General    de   Inmuebles   correspondiente    al    4to. Trimestre/84, y

 

CONSIDERANDO:

 

 Que existen razones reales que justifican el hecho que  un considerable sector de la población no haya podido cumplir con la obligación fiscal.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

ORDENANZA Nº 109/84

 

 

ART.1º) Prorrogar hasta el día 15/01/85 el pago de la Tasa  General de Inmuebles correspondiente el 4to. trimestre/84.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 27 de  diciembre de 1.984.

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

 

 

VISTO:

Que no se han recibido hasta la fecha, desde el  Gobierno Provincial las pautas y datos de coparticipación  imprescindibles para la elaboración del Presupuesto General  de Gastos y Cálculo de Recursos para 1.985, y

 

CONSIDERANDO:

 

 Que  es impostergable dotar a la actividad  municipal  del correspondiente  presupuesto  legal a los  efectos  de  no detener el normal desenvolvimiento administrativo.

 

Que  hasta tanto se cuente con el Presupuesto de Gastos  y Cálculo de Recursos definitivo, elaborado sobre  guarismos ciertos, es posible reconducir para 1.985, en consecuencia el  Presupuesto  General de Gastos y Cálculo  de  recursos par5a 1.984.

 

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

 

ORDENANZA Nº 110/84

 

 

ART.1º) Fíjase  en la suma de $a 259.767.710.- (Pesos  Argentinos Doscientos Cincuenta y Nueve Millones Setecientos  Sesenta y  Siete Mil  Setecientos Diez), el total  de  erogaciones del  Presupuesto  General de la  Administración  Municipal para  1.985, reconducido de 1.984, conforme  el  siguiente resumen:

 

                            R.G.           R.E.         TOTAL

EROGAC. CORRIENTES      248.972.710         --       248.972.710

OPERACION               170.745.000         --       170.745.000

-Personal               170.745.000         --       170.745.000

-Bs. y Serv. no Pers.    63.030.855         --        63.030.855

INTERESES DE LA DEUDA        --             --            --

TRANSFERENCIAS            4.366.855         --         4.366.855

A CLASIFICAR                100.000         --           100.000

CONCEJO DELIBERANTE      10.730.000         --        10.730.000

EROGACIONES DE CAPITAL   10.795.000         --        10.795.000

INVERSION REAL           10.765.000         --        10.765.000

-Bienes de capital        1.966.000         --         1.966.000

-Trabajos Públicos        8.799.000         --         8.799.000

BIENES PREEXISTENTES         30.000         --            30.000

INVERSION FINANCIERA           --           --              --

Aportes de Capital             --           --              --

Préstamos                      --           --              --

TOTALES                 159.767.710         --       259.767.710

 

ART.2º) Estímase en la suma de $a 106.260.109.- (Pesos Argentinos Ciento Seis Millones Doscientos Sesenta Mil Ciento  Nueve) el Cálculo de Recursos destinados a atender las  erogaciones a que se refiere el Art. 1º de acuerdo con la  distribución resumen que se indica a continuación:

                                 R.G.          R.E.      TOTAL

RECURSOS CORRIENTES         106.259.109         --    106.259.109

DE JURISDICCION PROPIA       57.630.000         --     57.630.000

Tributarios del Ejerc.       44.841.000         --     44.841.000

-Tasas y Derechos            41.438.000         --     41.438.000

-Contrib. de Mejoras          3.403.000         --      3.403.000

No Trib. del Ejerc.           8.889.000         --      8.889.000

Trib. Ejerc. Ant.             3.665.000         --      3.665.000

No Trib. Ejerc. Ant.            235.000         --        235.000

DE OTRAS JURISDICCIONES      48.629.109         --     48.629.109

Copartic. del Ejerc.         47.283.134         --     47.283.134

Copartic. Ejerc. Ant.         1.345.975         --      1.345.975

RECURSOS DE CAPITAL               1.000         --          1.000

Reembolso de préstamos            1.000         --          1.000

Venta Activo Fijo                   --          --           --

Otros Recursos de Capital           --          --           --

TOTALES                     106.260.109         --    106.260.109

 

ART.3º) Como  consecuencia de lo establecido en los Arts.  precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo:

 

I Total Erogaciones s/Art. 1º                259.767.710

II Total Recursos s/Art. 2º                  106.260.109

III Necesidad de Financiamiento              153.507.601

 

ART.4º) Estímase en la suma de $a 153.507.601.- (Pesos Argentinos Ciento  Cincuenta  y Tres Millones  Quinientos  Siete  Mil Seiscientos  Uno), el financiamiento de la  Administración Municipal, de acuerdo con la distribución que se indica  a continuación:

 

                                 R.G.        R.E.        TOTAL

EROGAC. CORRIENTES           248.972.710      --      248.972.710

OPERACION                    233.775.855      --      233.775.855

- Personal                   170.745.000      --      170.745.000

- Bs. y Serv. no Pers.        63.030.855      --       63.030.855

INTERESES DE LA DEUDA             --          --           --

TRANSFERENCIAS                 4.366.855      --        4.366.855

A CLASIFICAR                     100.000      --          100.000

CONCEJO DELIBERANTE            10.730.00      --       10.730.000

EROGACIONES DE CAPITAL        10.795.000      --       10.795.000

INVERSION REAL                10.765.000      --       10.765.000

-Bienes de Capital             1.966.000      --        1.966.000

-Trabajos Públicos             8.799.000      --        8.799.000

BIENES PRE EXIST.                 30.000      --           30.000

INVERSION FINANCIERA                --        --            --

1.- Aportes no reint.        153.507.601      --      153.507.601

2.- Uso del Crédito                 --        --            --

3.- Adel. a Proveedores

y Contrat. Ejerc. Ant.              --        --            --

4.- Remanente Ejerc. Ant.           --        --            --

Total Financiamiento         153.507.601      --      153.507.601

 

I Necesidad financiamiento                  153.507.601

II Total de Financiamiento                 153.507.601

Resultado                          PRESUPUESTO EQUILIBRADO

 

ART.5º) Fíjase  en 409 (cuatrocientos nueve) el número de  cargos de  la  planta de personal permanente y en  7  (siete)  el número de cargos del Departamento Ejecutivo Municipal.

 

ART.6º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 27 de  diciembre de 1.984. 

 

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone

 

 

 

VISTO:

Las  instrucciones emanadas del Superior Gobierno  de  la Provincia  de  Santa  Fe, a través de  la  Secretaría  de Acción Comunal, por circular Nº 070/82 del 20 de julio de 1.982, por la que se comunica los procedimientos a seguir para  realizar  la inscripción dominial de  inmuebles  de propietarios desconocidos, y

CONSIDERANDO:

 Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez ha cumplimentado  el Art. 60º de la Ley 2996/3123 y el  Decreto  Nº 10.881/60.

Que el Código Civil en los Arts. 2342 y 2344 dispone sobre bienes privados del Estado.

Que  Ley 2756 en su Art. 5º , legisla sobre bienes de  propietarios desconocidos.

Que  existen bienes inmuebles en legal posesión  municipal atentos  a que se ha dado cumplimiento a las normas  anteriormente citadas de lo que da cuenta el acta de  fojas  7 del expediente respectivo.

Que según informa la Dirección Provincial de Catastro  los inmuebles se inscribieron a nombre de propietarios  desconocidos  y  por acta de toma de posesión de  fecha  20  de febrero de 1.974 se inscribió a nombre de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

Que según informe policial de la Seccional 26a. de fecha 9 de  noviembre  de 1.984 los inmuebles son  todos  baldíos, vale decir, no afectados por ocupantes actualmente.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

 

 

ORDENANZA Nº 111/84

 

 

 

ART.1º) Incorpórase al Patrimonio Privado de la Municipalidad  de Villa  Gobernador Gálvez los inmuebles que a  continuación se describen, a saber: 

 

PRIMERO: un lote de terreno, situado en la Sección Catastral  11, Manzana  13,  de esta Ciudad de Villa  Gobernador  Gálvez, Distrito del mismo nombre, Departamento Rosario, Provincia de  Santa Fe, el que de acuerdo al plano de  mensura  suscripto   por  el  Ingeniero Geógrafo Ernesto  E.  Mares  y registrado en el Departamento Topográfico de la  Dirección Provincial de Catastro, Delegación Rosario, como duplicado 1453 R, año 1.979, se lo designa con la característica " A ", está ubicado en la calle San Lorenzo, entre las  calles Balcarce  y Santa María de Oro (hoy pje. Fray Justo  Santa María  de Oro) a los treinta metros cincuenta  centímetros de la nueva línea de edificación municipal, de esta última calle, hacia el Sur y a los treinta y dos metros cincuenta centímetros  de la antigua línea de edificación  municipal de  esta última calle hacia el Sur, mide doce metros  cincuenta  centímetros de frente al Este, por treinta  metros de fondo, encierra una superficie de trescientos setenta y cinco metros cuadrados y linda, por su frente al Este  con calle  San Lorenzo, al Norte con propietario  desconocido, lote Nº 6 " A ", al Oeste con Narciso Hernández, y al  Sur con Antonio Moreiro.

 

SEGUNDO: un lote de terreo, situado en la Sección 11º, Manzana 13 de  la  Ciudad de Villa Gobernador  Gálvez,  Distrito  del mismo nombre, Departamento Rosario, Provincia de Santa Fe, el  que  de acuerdo al plano de mensura suscripto  por  el Ing. Geógrafo Ernesto E. Mares y registrado en el Departamento Topográfico de la Dirección Provincial de  Catastro, Delegación Rosario, como duplicado 1455-R año 1.979, se lo designa con la característica 6 " A ", está ubicado en  la calle San Lorenzo entre las calles Balcarce y Santa  María de  Oro (hoy pasaje Fray Justo Santa María de Oro), a  los dieciocho metros de la nueva línea de edificación  municipal  de  esta  última calle hacia el Sur y  a  los  veinte metros  de  la antigua línea de edificación  municipal  de esta última calle hacia el Sur, mide doce metros cincuenta centímetros de frente al Este por treinta metros de fondo, encierra  una  superficie de trescientos setenta  y  cinco metros cuadrados, y linda: por su frente al Este con calle San  Lorenzo,  al Norte con lote 7 " A  "  de  propietario desconocido,  al Oeste con Narciso Hernández y al Sur  con lote 5 " A ".

 

TERCERO: un lote de terreno situado en la Sección 11º Manzana 13, de  Villa  Gobernador Gálvez, Distrito del  mismo  nombre, Departamento  Rosario,  Provincia de Santa Fe, el  que  de acuerdo al plano de mensura suscripto por el Ing. Geógrafo Ernesto E. Mares y registrado en el Departamento  Topográfico  de  la Dirección Provincia de  Catastro,  Delegación Rosario,  como duplicado 1463-R año 1.979, se  lo  designa con  la característica 7 " A ", está ubicado en  la  calle San  Lorenzo, entre las calles Balcarce y Santa  María  de Oro (hoy Pasaje Fray Justo Santa María de Oro), a los ocho metros de la nueva línea de edificación municipal de  esta última calle hacia el Sur y a los diez metros de la  antigua  línea  de edificación municipal de esta  última  cale hacia  el  Sur,  mide diez metros de frente  al  Este  por treinta metros de fondo, encierra una superficie de  trescientos  metros cuadrados y linda: por su frente  al  Este con calle San Lorenzo, al Norte con lote 8 " A ", al Oeste con Narciso Hernández y al Sur con lote 6 " A ".

 

CUARTO: un  lote de terreno, situado en la Sección  11º.  Manzana 13, de esta Ciudad, Distrito del mismo nombre, Departamento  Rosario, Provincia de Santa Fe, el que de  acuerdo  al plano de mensura suscripto por el Ing. Geógrafo Ernesto E. Mares  y registrado en el Departamento Topográfico  de  la Dirección Provincial de catastro, Delegación Rosario, como duplicado 1461-R año 1.979, se lo designa con la  característica  8 " A ", está ubicado en la esquina Sur Oeste  de las calles San Lorenzo y Santa María de Oro (hoy Pje. Fray Justo Santa María de Oro), sobre la nueva línea de  edificación municipal de esta última calle, mide ocho metros de frente  al Este, por treinta metros de frente y  fondo  al Norte,  encierra  una superficie  de  doscientos  cuarenta metros cuadrados y linda al Este con calle San Lorenzo, al Norte  con calle Santa maría de Oro (hoy Pje.  Fray  Justo Santa  María de Oro), al Oeste con narciso Hernández y  al Sur con lote 7 " A ".

 

ART.2º) Tramítese la inscripción dominial ante el Registro  General  de la Propiedad de la Segunda Circunscripción  de  la Provincia de Santa Fe.

 

ART.3º) Tramítese  ante  la Dirección Provincial de  Catastro  la inscripción del plano de mensura correspondiente.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

 

 

Dado en Sala  del Honorable Concejo Deliberante, 20 de  diciembre de 1.984.

 

 

Presidente: Nicolas Oliva

Secretaria: Victor Mautone