Expte. Nº  3.473/09.

VISTO:

La Ordenanza N º 1.807/08 .

La Ordenanza N º 1.415/99 (Código Tributario Municipal) y Ordenanzas complementarias.

La Ley 2756, y


Publicado en 2009

Expte. Nº  3.547/09.

VISTO:

La Ordenanza Nº 1.807/08 y la prórroga establecida mediante Ordenanza Nº 1.827/09 .

La Ordenanza Nº 1.415/99 (Código Tributario Municipal ) y Ordenanzas complementarias.

La Ley 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo informa que los contribuyentes se han acercado masivamente al municipio formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios.

 

Que ante tan masiva respuesta y por los numerosos pedidos efectuados por quienes todavía no han podido regularizar su situación tributaria, manifestando su real intención de acogerse a los beneficios de la normativa vigente, mencionada en los Vistos, se torna imprescindible una nueva prórroga de la Ordenanza N º 1.807/08 .

 

Que la actual situación económica  del país justifica esta necesidad de prórroga, otorgándole posibilidades a los contribuyentes de revertir su situación tributaria ante el municipio

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1.839/2009

 

ART. 1º) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y facilidades para el  pago de la Tasa General de Inmuebles (Ordenanza Nº 1.807/08 ), desde el día  30 de mayo hasta el 31 de julio de 2.009.

 ART. 2º) Dese amplia difusión a lo establecido en la presente para conocimiento de los contribuyentes.

 

 ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de mayo de 2.009.

 

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

 

Publicado en 2009

Expte. Nº  3.362/08.

VISTO:

            La Ordenanza N º 1.415/99 y demás complementarias.

            La Ley 2756 , la Ordenanza N º 1.786/08 , y

 

Publicado en 2008